Las defensas esperan que sea el Tribunal del ‘procés’ quien pida el suplicatorio

04 de Mayo de 2019
Actualizado el 02 de julio de 2024
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procés juicio
Los artículos 752 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) lo dicen bien claro:Si un Senador o Diputado a Cortes fuese procesado durante un interregno parlamentario, deberá el Juez o Tribunal que conozca de la causa ponerlo inmediatamente en conocimiento del respectivo Cuerpo Colegislador.Lo mismo se observará cuando haya sido procesado un Senador o Diputado a Cortes electo antes de reunirse éstas.En todo caso, se suspenderán por el Secretario judicial los procedimientos desde el día en que se dé conocimiento a las Cortes, estén o no abiertas, permaneciendo las cosas en el estado en que entonces se hallen, hasta que el Cuerpo Colegislador respectivo resuelva lo que tenga por conveniente.La autorización se pedirá en forma de suplicatorio.El suplicatorio se remitirá por conducto del Ministro de Gracia y Justicia.Todo esto demuestra que es el propio Tribunal quien debe llevar la iniciativa y solicitar de oficio el suplicatorio para seguir las actuaciones contra los diputados y senadores electos imputados en la causa del ‘proces’ (Oriol Junqueras, Jordi Turull, Jordi Sànchez y Josep Rull, conseguirán el acta de diputados del Congreso y otro más, Raül Romeva, lo hará para el Senado), todo ello poniendo las actuaciones en conocimiento del respectivo Cuerpo Colegislador a partir del momento de laproclamación de diputados y senadores electos, prevista para el lunes 13 de mayo, sin que se lo tengan que pedir las defensas de los encausados y sin tener que esperar al otorgamiento del acta de parlamentarios prevista para el 21 de mayo siguiente.Será a partir de laproclamación de diputados y senadores electos, prevista para el lunes 13 de mayo, cuando deba suspenderse sine díe la causa del procés.
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