Medio centenar de encausados por el procès no se pueden acoger a la amnistía hasta que el TC y el TJUE se pronuncien

Es poco probable que tanto la constitucionalidad como la compatibilización con la normativa europea de la Ley de Amnistía se conozca el año que viene

11 de Septiembre de 2024
Actualizado a las 11:45h
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medio centenar jueces
Foto de Sasun Bughdaryan en Unsplash

Según la Fiscalía General del Estado, la ley de amnistía afecta a 486 personas encausadas en los procedimientos penales que se encuentran actualmente en tramitación. De todas ellas, algo más de 50 deberán esperar a que dicten sentencia el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Constitucional para saber si se pueden beneficiar de la medida de gracia. Una instancia que no figura en la nómina del poder judicial, el Tribunal de Cuentas, así como el Tribunal Supremo, el Partido Popular y casi todas las comunidades autónomas se han dirigido a estas instituciones cuyas sentencias tardarán, por lo menos, de uno a dos años. Mientras tanto, estos ciudadanos se encuentran en un “limbo judicial”. Y entre ellos, Carles Puigdemont y Oriol Junqueras a los que se consideran los líderes del independentismo en Catalunya. Los expertos dicen, con mucha razón, que mientras no se cierre el capítulo judicial de estas personas no se podrá hablar de normalización en Catalunya.

El Tribunal de Cuentas es un organismo que no pertenece al poder judicial. Fiscaliza las cuentas públicas y tenía abierto un procedimiento contra 35 dirigentes independentistas catalanes acusados de haber utilizado dinero de la Generalitat en varias fases del proceso separatista. La instructora del procedimiento fue la consejera Elena Hernández Salguero, designada a propuesta del Partido Popular. Después de un extraño procedimiento muy parecido al que se lleva a cabo en los tribunales de justicia, Hernández Salguero decidió ser la alumna aventajada de la clase y presentar ante el TJUE una cuestión prejudicial  consistente en preguntar a la instancia europea si la ley de amnistía es compatible con la normativa europea especialmente en lo que respecta a la protección de los fondos públicos y los principios de lucha contra el fraude y la cooperación leal entre Estados miembros.

De esa manera la consejera propuesta por el PP paralizaba la posibilidad de que los 35 encausados en el procedimiento pudiesen acogerse a la amnistía. Entre ellos, los ya mencionados Puigdemont, y Junqueras, y también el expresident Artur Mas, la exconsejera de Trabajo, Dolors Bassa, Jordi Turull, exconsejero de la Presidencia, Antoni Comín, exconsejero de Salud, Clara Ponsatí, exconsejera de Educación, Francesc Homs, exconsejero de Presidencia y portavoz del Gobierno autonómico, Neus Munté, exconsejera de la Presidencia de la Generalitat y Lluìs Puig. exconsejero de Cultura. A todos ellos se les exige la devolución de 1.219.838,63 euros por los gastos en el referéndum del 1-O de 2017, según la fiscalía, y 2.884.865,61 euros según los cálculos de la acusación particular representada por la entidad Sociètat Civil Catalana. Y ahí habría que sumar los gastos de la “acción exterior” de la Generalitat que SCC estima en 2.424.941,41 euros mientras que el ministerio público calcula  2.209.503,80 euros. No estamos hablando de un proceso penal pero ya se sabe lo sensibles que son en Catalunya a todo lo que afecte al bolsillo de sus dirigentes quienes tendrán que devolver esas cantidades en el supuesto de que no les beneficie la amnistía.

La Audiencia Nacional ha decidido plantear una cuestión de inconstitucionalidad en Bruselas antes de abrir juicio oral contra los doce miembros de los Comités de Defensa de la República acusados de terrorismo. Y ese es uno de los puntos sobre el que debe pronunciarse el TJUE: si hubo delito de terrorismo en las acciones que se llevaron a cabo para protestar contra la condena dictada por el Supremo. Si no hubiese sido por la anulación de las diligencias llevadas a cabo por el juez García Castellón, muy probablemente el caso que estaba investigando el exmagistrado de la Audiencia Nacional, en el que se imputaba de terrorismo a la plataforma Tsunami Democràtic, habría acabado en el tribunal europeo. Pero los jueces siempre tienen recursos. Y a falta del sumario de Tsunami ahí tienen la acusación contra los 12 miembros de los CDR que también tendrán que esperar para saber si se pueden acoger a la ley.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha presentado una cuestión de inconstitucionalidad en los casos del expresident Quim Torra, los exdiputados Pau Juvillà, de la CUP, y Bernat Soléde Esquerra Republicana de Catalunya, al secretario de la vicepresidencia de la Generalitat, Josep María Jové, el secretario general de Hacienda, Lluìs Salvadó, y la exconsejera de Cultura Natàlia Garriga. A Todos ellos se les acusa de malversación de caudales por su participación en el referéndum del 1-O.

Las cuestiones de inconstitucionalidad que han presentado el TSJ de Catalunya y algunos juzgados, entre otros el número 1 de Barcelona del inefable juez Joaquín Aguirre, están pendientes del fondo de la ley orgánica que debe discutir la corte de garantías. La cuestión de prejudicialidad presentada por la sala de Lo Penal del Supremo será la clave para decidir sobre todas estas otras cuestiones. Y la demanda de la corte suprema ha sido admitida a trámite. A partir de ahí empiezan a correr los plazos: designación del ponente, elaboración del dictamen y discusión en pleno.

Aunque algunos medios han advertido que uno de los ponentes de los recursos que se van a presentar en el TC, concretamente el del PP, va a ser el “halcón”, José María Macías, hay que recordar que, si el plenario no se muestra conforme con el informe que se elabore, podrá encargar a otro magistrado la elaboración de una ponencia alternativa. Ya ha sucedido en otras ocasiones. Si se producen esas discrepancias, habrá que empezar de nuevo y eso supondrá más retraso.

Y luego habrá que ver cómo se resuelven las recusaciones que se presenten. Uno de los miembros del TC, el exministro Juan Carlos Campo, ya se ha apartado voluntariamente, y el PP quiere que también lo haga Laura Díez por su vinculación con el gobierno de Pedro Sánchez. Si eso ocurre, no cabe la menor duda de que también habrá que debatir otras recusaciones, esta vez entre los conservadores. Concepción Espejel y Enrique Arnaldo están cuestionados por su proximidad a Génova y el propio Macías participó activamente en el informe del CGPJ en contra de la medida de gracia cuando todavía no se había presentado la proposición de ley en el Congreso.

Todos estos trámites van a llevar su tiempo por lo que es poco probable que tanto la constitucionalidad como la compatibilización con la normativa europea de la ley orgánica 1/2024 se conozca el año que viene. Lo más probable es que sea en 2026 cuando se produzca el desenlace de la medida de gracia. Mientras tanto, la cuarta parte de los activistas a los que fue dirigida la ley seguirán manteniendo su condición de imputados y condenados. Incluso algunos, como Carles Puigdemont, prófugos de la justicia. La derecha judicial se ha salido con la suya. Pero eso es algo con lo que ya contaban los que promotores de la iniciativa.

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