El Tribunal Supremo ha dado un golpe de realidad a quienes intentan utilizar las leyes para ocultar los derechos del colectivo LGTBI. En una decisión histórica, el alto tribunal ha avalado que la bandera arcoíris ondee en edificios públicos durante el Día del Orgullo, desestimando las denuncias de la ultraconservadoraAsociación de Abogados Cristianos. La resolución considera que esta enseña no es un símbolo partidista, sino un emblema de igualdad que se inscribe en los valores constitucionales y europeos.
Una sentencia que pone límites a la manipulación judicial
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo zanjó este lunes dos casos presentados por Abogados Cristianos contra la Diputación de Valladolid y el Ayuntamiento de Zaragoza. En ambos, la asociación sostenía que la exhibición de la bandera arcoíris vulneraba la ley de 1981 sobre el uso de enseñas en edificios públicos. Sin embargo, el tribunal fue contundente: esta ley no aplica a símbolos que no sean partidistas ni promuevan enfrentamientos.
“El Tribunal Supremo no aprecia impedimento para que, con ocasión de la celebración del 28 de junio, se exhibiera la bandera arcoíris, porque ni se colocó para sustituir o subordinar a las banderas oficiales, ni es un signo o símbolo de significación partidista. Al contrario, se proyecta a favor de la igualdad entre las personas, valor reconocido por la Constitución y por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea”, señala la sentencia.
El trasfondo de las denuncias: política y homofobia
Las denuncias de Abogados Cristianos no son nuevos intentos de judicializar los derechos del colectivo LGTBI. En 2020, el Ayuntamiento de Zaragoza, liderado entonces por el PP, colgó la bandera arcoíris en el balcón municipal durante el Orgullo. La asociación ultra interpuso un recurso que acabó en el Supremo tras pasar por varias instancias judiciales. En Valladolid, la Diputación Provincial, también gobernada por el PP, se enfrentó a un caso similar en 2021. Paradójicamente, en ambos casos los mismos líderes que permitieron estas acciones luego adoptaron discursos contrarios, en clara sintonía con sus socios de Vox.
El actual alcalde de Valladolid, Jesús Julio Carnero (PP), aseguró que bajo su mandato nunca se colocará una bandera arcoíris en edificios municipales, mientras su predecesor socialista, Óscar Puente, calificó esta postura de “homófoba” y recordó que Carnero permitió exhibir esta enseña cuando presidía la Diputación.
¿Un símbolo de igualdad o una ideología de género?
Uno de los aspectos más controvertidos de la sentencia es el voto particular del magistrado José Luis Requero, conocido por sus posturas ultraconservadoras. Requero argumenta que la bandera arcoíris representa la “ideología de género” y que “no es pacífica ni aceptada por toda la sociedad”. Sin embargo, su opinión quedó relegada frente a la mayoría del tribunal, que reafirmó que la bandera LGTBI promueve valores universales como la igualdad y la no discriminación.
La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, ha calificado la decisión como una “prueba de la politización del sistema judicial” y anunció que recurrirán al Tribunal Constitucional y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Estas declaraciones evidencian cómo sectores de la derecha y extrema derecha buscan socavar cualquier avance en derechos sociales mediante estrategias judiciales.
La neutralidad institucional como excusa
El fallo del Supremo desmonta uno de los argumentos más utilizados por quienes se oponen a la exhibición de la bandera arcoíris: la supuesta vulneración de la neutralidad institucional. El tribunal dejó claro que colgar esta bandera no solo no contradice la exigencia de objetividad de las administraciones públicas, sino que se alinea con su deber de promover la igualdad.
En este sentido, la sentencia marcó un importante precedente al diferenciar entre símbolos ideológicos y aquellos que representan valores constitucionales. Equiparó la colocación de la bandera LGTBI con otras acciones simbólicas que buscan visibilizar causas como el cáncer o el cambio climático, rechazando la idea de que estas prácticas sean partidistas.
Una victoria jurídica con implicaciones sociales
El aval del Supremo tiene un impacto que va más allá del ámbito judicial. Envía un mensaje claro a los movimientos ultraconservadores que intentan revertir los avances en derechos humanos: los valores de igualdad y diversidad son principios fundamentales de la democracia española y europea.
Sin embargo, esta decisión también pone de manifiesto la creciente polarización política en torno a los derechos del colectivo LGTBI. Mientras sectores progresistas celebran la sentencia como una victoria histórica, la derecha y la extrema derecha continúan utilizando el discurso de la neutralidad para limitar la visibilidad de este colectivo.
El papel de los tribunales en la defensa de los derechos
El fallo del Supremo no solo refuerza la legalidad de la bandera arcoíris en edificios públicos, sino que también subraya el papel de los tribunales en la defensa de los derechos fundamentales. Frente a intentos de manipulación judicial por parte de sectores reaccionarios, el tribunal ha establecido una línea clara: los símbolos que promueven valores constitucionales no pueden ser considerados partidistas.
Esta resolución sienta jurisprudencia y servirá de base para futuros casos relacionados con la visibilidad del colectivo LGTBI en el espacio público. Además, refuerza la importancia de las leyes de igualdad y no discriminación, como la Ley Trans y otras normativas europeas, en la construcción de una sociedad más inclusiva.