La libertad y la independencia de los medios de comunicación está gravemente amenazada, no sólo por las presiones políticas, sino por la autocensura provocada por la situación económica en que vive el sector tras la irrupción de la información digital.
Además, las redes sociales se han convertido en una amenaza en la que la falta de controles hace que la ciudadanía se informe más a través de las publicaciones en estas aplicaciones que en los medios que llevan a cabo una labor deontológica a la hora de publicar o emitir la información.
La pandemia y la guerra de Ucrania han provocado, precisamente, una ola de bulos, propaganda y desinformación que ha hecho que los gobiernos de la Unión Europea, a través de la Comisión, se pongan a legislar sobre la situación de los medios.
Sin embargo, nuevamente, la burocracia europea ha caído en los errores que la llevan a proteger a las clases empresariales dominantes echando la responsabilidad en los gobiernos y la clase política.
Actualmente se está desarrollando y debatiendo en Europa un Proyecto de Ley Europea de Libertad de los Medios de Comunicación que tiene como objetivo la protección del pluralismo y la independencia de los medios de comunicación en el mercado único de la UE, de tal modo que estos puedan trabajar más fácilmente a través de las fronteras sin injerencias indebidas.
Esta Ley, según indican desde las instituciones europeas, «completará las medidas vigentes en el mercado audiovisual estableciendo normas y salvaguardias claras con miras a reforzar la independencia, transparencia y cooperación entre los operadores del mercado de los medios de comunicación y, de este modo, promover su desarrollo económico a través de las fronteras».
El proyecto, en principio, señala que la Ley dedica especial atención a los medios que prestan un servicio público y a los retos a los que se enfrentan. El Reglamento propone que la financiación proporcionada a los medios de comunicación de servicio público sea adecuada y estable y, de este modo, garantice la independencia editorial.
También establece que estos medios deberán facilitar información y opiniones plurales de manera imparcial. Por último, «para asegurar una mayor independencia frente a influencias políticas partidistas, los órganos directivos y el consejo de administración de los medios de comunicación de servicio público deberán ser nombrados de manera transparente, abierta y no discriminatoria y solo podrán ser destituidos en circunstancias muy específicas», señala la Comisión Europea.
Publicidad
En la actualidad, la publicidad, tanto pública como privada, supone la base de la financiación de los medios de comunicación en España. En nuestro país no funcionan las suscripciones o el pago por ver contenidos. Esta es una de las debilidades que sufren las empresas editoras y las cabeceras, puesto que dejan su independencia y su libertad al albur de determinados intereses.
Sin embargo, la nueva Ley sólo pone el foco en la publicidad institucional, no valora ni pone el foco en la que viene de empresas privadas.
«Respecto a la publicidad por parte de las autoridades públicas (a escala nacional o regional, o local en el caso de los municipios con más de un millón de habitantes) y las empresas estatales, la Ley Europea de Libertad de los Medios de Comunicación exige que la asignación de dicha publicidad estatal a los medios de comunicación sea transparente, objetiva, proporcionada y no discriminatoria. El objetivo es minimizar el riesgo de que los fondos públicos y otros recursos estatales se utilicen en beneficio de intereses partidistas, así como promover la competencia leal en el mercado interior de los medios de comunicación. Las autoridades públicas y las empresas estatales tendrán que publicar anualmente información sobre los gastos publicitarios que asignen a los prestadores de servicios de comunicación, en particular la identidad de aquellos a los que hayan encomendado servicios de publicidad y los importes desembolsados (importe anual e importe por prestador)», afirma la Comisión.
Sin embargo, no entra en auditar el comportamiento de determinados intereses privados. Es cierto que hay grandes empresas que no ponen en cuestión la publicidad en los medios realmente libres e independientes, pero no es lo habitual. No hay más que recordar cómo Banco Santander, en el año 2019, gastó en publicidad 600 millones de euros, aproximadamente un 10% de sus beneficios. Esta cantidad suponía casi el doble de lo que invierten su principal competidor, el BBVA, que tenía un gasto medio anual de poco más de 300 millones de euros.
Financiación de los medios
El proyecto europeo de Ley de Medios tampoco hace hincapié en los sistemas de financiación que tienen actualmente algunos medios de comunicación. En Diario16 llevamos años reclamando que desde el gobierno español se haga una auditoría a todas las empresas editoras porque no se puede permitir el disloque que supone que determinados medios tengan ingresos paralelos a la publicidad y no se declaren. De esto, la Comisión Europea no dice una palabra.
La censura del «editor invisible»
Los medios digitales no podrán ser jamás libres e independientes, tal y como pretende el proyecto de ley europeo, porque siempre tendrán sobre sus cabezas la espada de Damocles del llamado «editor invisible». Es decir, de los algoritmos de las grandes empresas en los buscadores de internet.
El posicionamiento, sobre todo en Google, es fundamental para la difusión de los contenidos de los medios de comunicación. Si un medio libre e independiente publica noticias que van en contra del discurso oficial, investigaciones contrarias a los intereses de las grandes empresas, de los partidos políticos, de los bancos, de los jueces o de los gobiernos, entonces actúa el «editor invisible», dejando a ese medio de comunicación en las páginas posteriores a la segunda, por lo cual, es como si no existiera.
Según la Comisión Europea, «la propuesta ofrece protección adicional frente a la eliminación injustificada, por parte de las plataformas en línea de muy gran tamaño (más de 45 millones de usuarios en la UE), de contenidos producidos de conformidad con los estándares profesionales. Esas plataformas tendrán que adoptar todas las medidas posibles para comunicar a los prestadores de servicios de comunicación las razones de la suspensión de contenidos antes de que esta surta efecto. El procedimiento incluye un conjunto de salvaguardias destinadas a garantizar que este procedimiento de alerta temprana se ajuste a otras prioridades de la Comisión, tales como la lucha contra la desinformación. Asimismo, deberán tramitar con carácter prioritario todas las reclamaciones presentadas por los prestadores de servicios de comunicación. La propuesta prevé un diálogo constructivo y eficaz entre las partes para evitar la eliminación injustificada de contenidos, así como la obligación de que las plataformas en línea de muy gran tamaño presenten informes anuales».
Como se puede comprobar, se habla de eliminación de contenidos de las plataformas online, es decir, buscadores y redes sociales. Sin embargo, ni una palabra del control de los algoritmos y, en consecuencia, del control absoluto de los contenidos. Esto, evidentemente, no garantiza la libertad y la independencia de los medios de comunicación, por muy incómodos que sean para el poder.
Medición de audiencias
Todo lo anterior también tiene un impacto en las audiencias de los medios de comunicación digitales. Algunas de esas plataformas online que manejan los algoritmos de búsqueda y condicionan el posicionamiento también controla los sistemas de medición de audiencias. Esto supone que esas cifras que dan están absolutamente condicionadas por el tráfico que permiten que se genere.
Por tanto, los medios dejan de ser libres e independientes para convertirse en lacayos de los diferentes poderes. Es decir, asumen una función informativa contraria a su función de control del poder.
La medición de la audiencia es de vital importancia para los medios de comunicación y los ecosistemas publicitarios, ya que ayuda al cálculo de los precios publicitarios y, por tanto, a la consiguiente asignación de los ingresos publicitarios y a la planificación, producción o distribución de contenidos por parte de los prestadores de servicios de comunicación.
«Sobre la base de la Ley de Mercados Digitales, el Reglamento exige que los proveedores de herramientas de medición de la audiencia proporcionen a los prestadores de servicios de comunicación y a los anunciantes información detallada sobre la metodología utilizada. La Ley de Libertad de los Medios de Comunicación también obligará a las autoridades reguladoras a fomentar la elaboración de códigos de conducta entre los proveedores de herramientas de medición de la audiencia para impulsar la transparencia, la inclusión y la no discriminación», afirma la Comisión Europea.
El objetivo es, por tanto, que las empresas de medios de comunicación puedan beneficiarse de una competencia leal y de una mayor rentabilidad de las inversiones en el entorno digital.
Sin embargo, mientras no se ejecute un control exhaustivo de los algoritmos que condicionan el posicionamiento, las audiencias siempre beneficiarán a los grandes medios de comunicación y a los intereses de los poderosos que, además, están presentes en sus consejos de administración, como ocurre en España con Banco Santander y el Grupo Prisa.
En consecuencia, buenas intenciones pero la ley europea se queda muy corta porque, como suele suceder en Europa, los lobbies de los diferentes sectores empresariales y financieros se acaban imponiendo a los intereses de la ciudadanía.