El Tribunal Supremo acaba de hacer público su informe sobre los indultos a los presos políticos catalanes. Ya se sabía su postura, que lógicamente es negativa. Y lo de lógicamente deviene, obviamente, porque sería extraño que el propio tribunal que ha sentenciado a los líderes independentistas, fuera a dar el visto bueno ahora a unos indultos que cuestionarían precisamente su condena.
¿Qué dicen los magistrados?
Los magistrados consideran que no se ha vulnerado el principio de proporcionalidad de las penas a las que fueron condenados, que no hay prueba o indicio de arrepentimiento por parte de ellos y que los argumentos en los que se basan las diversas peticiones de indultos realizadas por terceros desenfocan el sentido del indulto porque dibujan una responsabilidad penal colectiva y, además, pretenden que el gobierno corrija la sentencia dictada por el Tribunal Supremo.
Así, literalmente, se resume el comunicado que acaba de hacer público el Tribunal Supremo mediante la página del Consejo General del Poder Judicial, que puede consultar directamente aquí.
La Sala Segunda considera que las razones invocadas pierden cualquier justificación "cuando se presentan como presos políticos quienes han sido autores de una movilización encaminada a subvertir unilateralmente el orden constitucional, a voltear el funcionamiento ordinario de las instituciones y, en fin, a imponer la propia conciencia frente a las convicciones del resto de sus conciudadanos".
"...un nuevo Estado que sólo existe en la imaginación de sus promotores"
Manuel Marchena
El informe ha sido elaborado por el presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, y concluye señalando que la pena establecida sólo deja de ser necesaria "cuando ha cumplido con la finalidad que legitima su imposición". O sea, que los presos no consideran haber roto las bases de la convivencia, fruto de una decisión unilateral, "apoyada en la engañosa movilización de una ciudadanía a la que irresponsablemente se empuja a construir un nuevo Estado que sólo existe en la imaginación de sus promotores".
Los puntos esenciales: arrepentimiento, solicitud de terceros, administración penitenciaria, penas proporcionadas, el enfoque de Cuixart
En primer lugar, subraya el Supremo la falta de arrepentimiento de los condenados. Y señala que no han contribuido a justificar las razones de justicia, equidad o utilidad pública que legitimarían en el ejercicio del derecho de gracia y que no puede hacer constar en su informe "la más mínima prueba o el más débil indicio de arrepentimiento".
De hecho, señala que, "ni siquiera flexibilizando ese requerimiento legal y liberando su exigencia de la necesidad de un sentimiento de contrición por el hecho ejecutado, podríamos atisbar una voluntad de reencuentro con el orden jurídico menoscabado por el delito". O sea, la evidencia: que los independentistas catalanes no se arrepienten de haber organizado el referéndum del 1 de octubre, ni muy probablemente lo vayan a hacer. Entre otras cosas, porque según consideran incluso algunos magistrados del Constitucional, como así lo han expresado mediante sus votos particulares, lo que se ha ejercido ha sido el derecho de manifestación y de libertad de expresión. Y como mucho, habrá delito de desobediencia, pero no de sedición, y por lo tanto, cómo pedir arrepentimiento a alguien de algo que podría considerarse muy lejano a un delito, más bien todo lo contrario: el ejercicio de un derecho fundamental.
A Marchena le ha debido escocer especialmente la postura de Jordi Cuixart, pues lo cita expresamente en su informe. Y señalan que "esas palabras son la mejor expresión de las razones por las que el indulto se presenta como una solución inaceptable para la anticipada extinción de la responsabilidad penal. De hecho, expresan una actitud antidemocrática, en la que la propia conciencia y el compromiso social que cada ciudadano suscribe le autorizaría a pulverizar las bases de la convivencia, a convertir en ineficaces las resoluciones dictadas por los Jueces y Tribunales de un determinado territorio, a sortear las vías legales de reforma de un sistema jurídico, y en fin, a vulnerar los derechos fundamentales de aquellos otros ciudadanos que con comulguen con esos principios o esa conciencia individual". Así se refieren a las palabras en las que Cuixart dijo abiertamente que no sólo no se arrepentía, sino que lo volvería a hacer. El mismo Cuixart al que el ministro Iceta abrazaba hace un par de días en la formación de Govern en Cataluña. Tan "malo" no debe ser el tal Jordi, ¿no le parece?
"La locura de la República Catalana"
O sí, porque lo que pone nerviosos a los que condenan una manifestación o poner urnas, es el cuestionamiento al sistema, a la unidad de España, a plantear una posible creación de un Estado independiente. No encaja bien eso de que solamente esté en la mente de algunos, mientras se condena a los que han preguntando en la mente de cuántas personas está. No sé si me explico: si lo de la República catalana es una "gilipollez" como quiere dar Marchena a entender, una "paranoia" en la cabeza de cuatro pirados, ¿por qué les condenan entonces?. Da la sensación de que lo que no se puede consentir es que esa "gilipollez" pueda tener el apoyo necesario de tantísima gente que lo convierta en una posibilidad real por vía democrática. O sea, el derecho de autodeterminación, considerado como un delirio es lo que a Marchena le hace meter en la cárcel a quienes considera que están más o menos pirados, y que son peligrosos porque consiguen arrastrar a millones de personas "tan piradas como ellos".
Una de dos: si es cosa de locos, que se les atienda donde corresponde. Y si no lo es, aborden esta cuestión con madurez democrática y no con castigos. Porque entre otras cosas, el delito del referéndum salió del Código Penal precisamente para no condenar las consultas populares, aunque fueran ilegales. Si algo se quita del Código Penal, o sea, se despenaliza, no es para aplicar una pena mayor por otro delito mucho más grave, sino precisamente para quitarle hierro al asunto de un referéndum.
Se señala también que Cuixart no acepta el indulto pero sí la amnistía. Y lo hace argumentando que su prioridad no es salir de la cárcel, sino la resolución del conflicto entre Cataluña y España. Y ¿cuál es el enfoque de Marchena sobre la amnistía? Que es una herramienta utilizada para limpiar los delitos gravísimos contra las personas y sus derechos fundamentales durante los regímenes dictatoriales. O sea, que la amnistía, que sí valió para eso mismo sobre los delitos del franquismo, no sirve para hacer un borrón y cuentan nueva por convocar manifestaciones y poner urnas.
Viene a decir Marchena que eso de la amnistía es una cosa fea, y que no entiende por qué a Cuixart le parece tan chula. Que eso se usa para crímenes despreciables que después tienen que venir a ajustar los tribunales.
Proporcionalidad de las penas
Al Supremo le parece que las condenas impuestas son proporcionadas. Porque el delito de sedición es "algo más que un delito contra el orden público", supone "un ataque a la paz pública y a la observancia de las leyes y resoluciones como fundamento de convivencia en el marco constitucional".
Así lo explica Marchena, dando la sensación de que está usando un delito de sedición cuando en realidad de lo que habla es de un delito de desobediencia. Gordo, sí. Pero de desobediencia al fin y al cabo.
Dice Marchena que ha echado un vistazo a otros ordenamientos jurídicos extranjeros, sin especificar cuáles, y que también son contundentes cuando se atacan los pilares fundamentales que constituyen un Estado. La cuestión es que quizás lo que no sea tan claro es que una manifestación, las urnas, o incluso una declaración política supongan un ataque tan brutal a los pilares del Estado. A la vista está que en cuanto se aplicó el 155 en Cataluña, lo recibieron, lo asumieron, y tragaron, rechistando, pero tragaron. No se les vio muy golpistas, la verdad. Vuelvo a lo de antes: hablamos de un acto de desobediencia masivo, sí. Brutal. Pero no de un golpe de Estado ni de un intento de sedición. Hablamos de política, que se ve que asusta.
Se agarra también en la malversación, por la que dice que esos otros ordenamientos jurídicos extranjeros imponen duras penas. El caso es que a quienes seguimos el juicio con atención, no nos quedó demostrado (aunque al tribunal sí), que hubiera malversación. Lo explicó Jordi Turull a la perfección con aquella "factura proforma" o sea, un presupuesto, que nunca llegó a concretarse. No hay evidencia de que se hayan destinado fondos públicos, a no ser que se quiera considerar que usar un colegio, es cuantificable económicamente, una interpretación que se ha querido usar en este juicio.
Sobre la Administración Penitenciaria también tiene opinión el informe de Marchena. Y es que, considera que se les ha tratado con "visible distanciamiento de los requerimientos legales y que ha tenido que ser corregido una y otra vez por esta Sala". Y entiende Marchena que las autoridades de la administración penitenciaria "han entorpecido de forma notable el cumplimiento de los fines de la pena, alimentando la ficción de un sujeto colectivo, que sería titular del derecho a la progresión en grado y, ahora, del derecho al indulto". O sea, que permitiendo los permisos y el tercer grado por parte de las juntas de tratamiento y los jueces de vigilancia penitenciaria, han venido a dejar en evidencia al Supremo, que les ha tenido que corregir una y otra vez.
Conclusión
El texto de Marchena suena a justificación, lógicamente. Porque tiene que mantener su criterio, a pesar de que poco a poco se vayan descolgando figuras como los magistrados del Constitucional que votaron en contra de la decisión mayoritaria, haciendo referencia a los derechos fundamentales y al delito de desobediencia.
Un informe que no es vinculante y del que ahora Casado, del PP, hace bandera. Muy probablemente el Gobierno siga hacia delante con los indultos. Pero no lo tendrá fácil, pues como bien apunta Marchanea, los propios presos no quieren ser indultados, quieren esa "maléfica" amnistía que sólo parece ser aplicable para los asesinos, torturadores, golpistas y genocidas. Como si no pudiera aplicarse para estos "locuelos" indepes, que al fin y al cabo "sólamente se han creído" el cuento de la República Catalana (según Marchena), arrastrando a millones de ingenuos que, pobres de ellos, se han creído eso de que aquí se puede hablar de todo, que ya no es delito hacer un referéndum sin que esté pactado (como así lo hizo el gobierno de Zapatero).
Será posiblemente en el Tribunal de Justicia de la UE donde se lo expliquen detalladamente. O al menos, en ello confiamos los que entendemos que lo de Cataluña no fue un golpe de Estado, sino un ejercicio de democracia. Y a la vista está que de eso todavía no se entiende mucho aquí.
*Para leer el informe completo, pulse aquí.