CCOO y UGT han desconvocado los cinco días de huelga en la hostelería de la Comunidad de Madrid (25 y 31 de diciembre y 1, 5 y 6 de enero) tras alcanzar un acuerdo con la patronal de la Hostelería de Madrid, representada por Hostelería Madrid, Noche Madrid y la Asociación Madrileña de Empresas de Restauración (AMER) en el Instituto Regional de Mediación y Arbitraje (IRMA)en torno a la negociación del Convenio Colectivo de Hostelería y Actividades Turísticas de la Comunidad de Madrid,
Fin a la huelga de hostelería en Madrid
Según han informado fuentes sindicales de CCOO y UGT, el convenio de hostelería incluye una subida salarial del 15% en tres años. En concreto, una subida del 6% para 2023, con carácter retroactivo desde el 1 de julio, el 5% para 2024 y el 4% para 2025 para más de 150.000 trabajadoras y trabajadoras de la hostelería madrileña.
Asimismo, habrá una reducción de diez a cuatro años en la promoción salarial a la categoría salarial superior de auxiliares y ayudantes. También habrá mejoras del seguro de invalidez/fallecimiento, bajando de diez a cuatro años la antigüedad para tener derecho.
Por otro lado, habrá regulación del contrato fijo discontinuo a tiempo parcial y el compromiso de revisar las condiciones en 2025. "Entendemos que la mejora salarial ayuda a dar un impulso a nuestras reivindicaciones. Por ello, se desconvoca la huelga", han detallado las mismas fuentes.
Puntos del acuerdo en hostelería
Incremento salarial del 15% en 3 años
- 2023: 6% en tablas desde el 1 de enero. Atrasos desde el 1 de julio de 2023.
- 2024: 5%
- 2025: 4%.
Fijación de horarios
Conocimiento del personal de horarios y libranzas con una ANTELACIÓN MÍNIMA DE 7 DÍAS. Punto novedoso propuesto por CCOO que facilitará la conciliación de la vida laboral y personal.
- Contrato Fijo discontinuo (el punto más polémico de la negociación):
- Preaviso con 7 días de antelación o 3 para servicios extraordinarios.
- Criterios y forma de llamamiento definidos.
Para FFDD a tiempo parcial
Jornada mínima diaria 4 horas.
Servicios Extras y campaña de navidad: garantía mínima de jornada anual del 60% sobre año anterior. Posibilidad de rechazo de 3 llamamientos sin pérdida de contrato.
Resto de servicios: garantía mínima de jornada anual del 60% sobre año anterior, que no podrá ser inferior a 60 jornadas al año.
Jornada
En centros de trabajo de 50 personas o más la jornada semanal no podrá ser superior a 44 horas.
Horas extra
Compensación en metálico con un recargo del 100% sobre la hora ordinaria, salvo pacto de compensación en tiempo libre a razón de 1,5 horas por cada hora extraordinaria.
Ascensos
reducción de 10 años a 4 para la promoción salarial de los ayudantes y auxiliares.
Incapacidad permanente y fallecimiento
reducción de 10 años a 4 de antigüedad en la empresa para seguro de 18.000 euros por estas contingencias, antes establecido en 14.000 euros.
Plus compensatorio de formación
formación obligatoria que, en caso de no ser impartida, penalizará a las empresas que no realicen planes de formación mediante pago de 20 euros mensuales a las personas afectadas.