El decreto de ayudas al pago del alquiler finalmente será aprobado en el Consejo de Ministros de hoy. El Gobierno aprobará una línea de microcréditos sin intereses que se podrán devolver en seis años y, en el caso de los alquileres de grandes tenedores yfondos de inversión, los inquilinos se beneficiarían o bien de una quita de la deuda del 50%, o bien de una reestructuración de dicha deuda en un plazo de dos/tres años.
El estado se hace cargo del impago
Se permitirá que todos los inquilinos que entren en zona de vulnerabilidad se acojan a microcréditos, sin coste de intereses ni comisiones, que se podrán devolver en 6 años. Si pasados esos 6 años no se han devuelto, se habilitará un plazo adicional de 4 años más y, si finalmente no se paga, el estado se hará cargo de la deuda.Será el Instituto de Crédito oficial (ICO) quien financie los microcréditos. También se amplían las condiciones de acceso de inquilinos a los programas de microcréditos, siendo menos restrictivas que en el resto de los casos en los que se usa el concepto de “hogar vulnerable”.En este caso se permite que se acojan todas las personas paradas, ERTEs, reducciones de jornada, y autónomos que no lleguen al límite de tres veces el IPREM (incrementado por hijos y dependientes a cargo).
Grandes tenedores y fondos de inversión
Para los inquilinos de grandes tenedores y fondos de inversión, estos se beneficiarán o bien de una quita de la deuda del 50%, o bien de una reestructuración de dicha deuda en dos/tres años. En todo caso, estos inquilinos siempre podrán acogerse a las líneas de crédito del ICO.Aquellos hogares que no puedan afrontar el pago de los microcréditos dispondrán de ayudas directas del Estado para saldar su deuda con el ICO. La cuantía de la ayuda podría llegar hasta un importe máximo de 900 euros al mes y hasta el 100% del principal e intereses del préstamo suscrito, y de 200 euros al mes para atender los gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos con el límite del 100% de los mismos.También se aprobará la suspensión de lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional (hasta el día en que hayan transcurrido seis meses desde la finalización del estado de alarma).Y por último, una prórroga extraordinaria de seis meses de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.