Multa histórica a cuatro aerolíneas: prohibido cobrar por el equipaje de cabina

31 de Mayo de 2024
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Ryanair

En una decisión sin precedentes, el Ministerio de Consumo ha impuesto una histórica multa de 150 millones de euros a cuatro aerolíneas de bajo coste: Ryanair, Volotea, Vueling y EasyJet. La sanción se ha aplicado por diversas prácticas abusivas que incluyen el cobro por llevar equipaje de mano a bordo y otras tácticas que perjudican a los consumidores. Esta medida marca un punto de inflexión en la protección de los derechos de los pasajeros y establece nuevas normativas para las aerolíneas low-cost.

Prácticas de las aerolíneas sancionadas

La multa histórica sanciona cuatro prácticas consideradas abusivas por parte de las aerolíneas:

1. Cobro por equipaje de mano: Muchas de estas aerolíneas cobraban a los pasajeros por llevar equipaje de mano, como bolsos o mochilas, a bordo. Esta práctica, calificada como "abusiva", es la principal infracción y constituye la mayor parte de la sanción.

2. Cobro por selección de asiento para personas dependientes: Las aerolíneas cobraban un recargo para que padres e hijos pequeños, o personas con dependencias, pudieran sentarse juntos. Esta práctica ha sido sancionada por causar "perjuicio a personas vulnerables" y dejarlas en una "situación de desamparo".

3. Falta de transparencia en la información contractual: Se sanciona la falta de claridad en la información de precios durante el proceso de compra de billetes. El precio inicial puede incrementarse considerablemente en pasos posteriores, dificultando comparar ofertas y la toma de decisiones por parte de los consumidores.

4. Prohibición del pago en metálico: Algunas aerolíneas no permitían el pago en metálico en la compra de billetes en los aeropuertos, lo que también ha sido sancionado.

Esta decisión de sancionar a las aerolíneas surge tras un exhaustivo análisis de la Dirección General de Consumo, iniciado en 2023, en respuesta a las quejas de asociaciones de usuarios como FACUA-Consumidores en Acción. FACUA ha estado luchando contra estas prácticas desde 2018 y celebra esta decisión como un gran logro en la defensa de los derechos de los consumidores.

Impacto en las aerolíneas

El Ministerio de Consumo ha confirmado la sanción, aunque las aerolíneas afectadas aún pueden recurrir la decisión ante los tribunales. Sin embargo, la multa de 150 millones de euros es significativamente disuasoria, aunque representa solo un pequeño porcentaje de los beneficios anuales de estas compañías.

Pese a la magnitud de la multa, los beneficios de las aerolíneas de bajo coste este año han sido tan elevados que la sanción apenas representa el 5% de sus ganancias. Por ejemplo, Ryanair reportó un beneficio neto récord de 1.920 millones de euros, mientras que EasyJet y Vueling también lograron beneficios significativos. Volotea, que llevaba varios años en pérdidas, espera un resultado positivo este año.

Lucha por los derechos de los consumidores

FACUA, la asociación que ha estado en el frente de esta batalla, anima a los usuarios afectados a reclamar la devolución de los cargos indebidos. Rubén Sánchez, secretario general de FACUA, ha destacado que esta victoria es el resultado de años de lucha para que las autoridades actuaran contra estas prácticas abusivas. FACUA continuará tramitando casos en defensa de los consumidores y recomienda a los afectados que interpongan denuncias ante las autoridades de consumo de sus comunidades autónomas y acudan a los tribunales si es necesario.

Historial de multas a las aerolíneas

La multa más alta se ha impuesto a Ryanair, la primera aerolínea en comenzar a cobrar por el equipaje de mano en noviembre de 2018. Le siguen Vueling, EasyJet y Volotea, aunque en menor medida. Esta sanción es la más alta que ha aplicado una autoridad de protección de los consumidores en la historia de España.

FACUA había interpuesto la primera denuncia contra Vueling en 2021 y previamente había denunciado a Ryanair y Wizzair por estas prácticas. Estas denuncias fueron finalmente atendidas por el Ministerio de Consumo, que asumió la potestad sancionadora en mayo de 2022, a raíz de modificaciones en la ley general para la defensa de los consumidores.

Marco Legal

El cobro por el equipaje de mano y otras prácticas sancionadas incumplen la legislación del sector aéreo y la de defensa de los consumidores. La Ley de Navegación Aérea establece que el transportista debe transportar de forma gratuita en cabina los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, salvo por razones de seguridad vinculadas al peso o al tamaño del objeto.

Marco jurídico

Además, el Real Decreto Legislativo 1/2007 considera abusivas todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que causen un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes del contrato. Esto incluye limitaciones a los derechos del consumidor, falta de reciprocidad en el contrato y condiciones desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato.

La sanción de 150 millones de euros a Ryanair, Volotea, Vueling y EasyJet marca un hito en la protección de los derechos de los consumidores en España. Aunque las aerolíneas pueden recurrir la sanción, la decisión envía un claro mensaje sobre la intolerancia hacia prácticas abusivas en la industria de la aviación. FACUA y otras organizaciones de consumidores continuarán vigilando y luchando contra cualquier intento de estas compañías de evadir sus responsabilidades y seguir explotando a los pasajeros. La esperanza es que esta sanción sirva como un precedente y una advertencia para todas las aerolíneas, promoviendo prácticas más justas y transparentes en el futuro.

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