sábado, 29junio, 2024
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El Constitucional amparará a Martínez Aguayo y a Griñán por los delitos de malversación en los ERE

La estimación del recurso será parcial porque habrá que valorar las actuaciones posteriores en las cuales se modificaron los procedimientos para agilizar la entrega de las subvenciones saltándose los controles estipulados

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análisis

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El pleno del Tribunal Constitucional examinará, la semana que viene, el recurso de amparo presentado por la exconsejera de Hacienda de la Junta de Andalucía, Carmen Martínez Aguayo, contra la sentencia del Tribunal Supremo que la condenó a seis años de prisión por malversación y prevaricación. Martínez Aguayo ha estado en la cárcel un año y medio y ahora se encuentra en régimen de semilibertad. Y, según se ha podido saber, la ponencia que se está elaborando señala que no pudo haber malversación en los responsables políticos de la Junta de Andalucía que no trabajaban directamente en el área de empleo. Es la tesis que expusieron los dos votos particulares que discreparon de la sentencia de la sala de Lo Penal que sostuvieron que la condena es “un salto al vacío” basado en datos no concluyentes. Si se confirma este amparo, al expresidente, José Antonio Griñán, habrá que aplicarle el mismo criterio cuando haya que examinar su recurso por lo que, si a ello unimos la sentencia en materia de prevaricación, es casi seguro que Griñán será exculpado y ya no hará falta su ingreso en prisión, suspendido por su cáncer de próstata en tratamiento extracarcelario. Si eso ocurre, al final, el varapalo que se llevarán tanto la Audiencia Provincial de Sevilla, la autora de la sentencia, como el Tribunal Supremo, que la confirmó, no tiene antecedentes en la historia de la jurisprudencia española.

El TC ya ha dejado claro que no se puede calificar de prevaricación administrativa un acto parlamentario como es la aprobación de la ley de Presupuestos. Ha ordenado a la Audiencia Provincial que repita la sentencia teniendo en cuenta este principio. Y ahora va a ocurrir lo mismo. La ponencia tiene en cuenta los argumentos de los votos particulares de las magistradas del TS, Ana María Ferrer y Susana Polo, que consideran que no hubo «dolo» en la actuación de José Antonio Griñán porque al situarse fuera de la Consejería de Empleo no participó en la ejecución de la fase final de los presupuestos. Al mismo tiempo dicen que el comportamiento del expresidente de la Junta de Andalucía «no cubre la tipicidad subjetiva que el mismo requiere, es decir, el dolo, ni aun en la modalidad de dolo eventual que fue apreciada por la Audiencia de Sevilla». A su juicio, tanto Griñán como Miguel Ángel Serrano, Jesús María Rodríguez, Francisco Vallejo y Carmen Martínez Aguayo tendrían que haber sido absueltos por el delito continuado de malversación de caudales públicos, lo que habría implicado estimar parcialmente su recurso. Argumentan que la condena no se ajusta a derecho porque del delito de malversación se deben hacer responsables a los funcionarios de la consejería de Empleo en la fase final de la ejecución de los presupuestos cuando se distribuyeron los fondos a personas y empresas que no tenían derecho a ello.

Ahora bien, lo que sí parece que va a ocurrir es lo mismo que sucedió con Magdalena Álvarez. La estimación del recurso será parcial porque habrá que valorar las actuaciones posteriores en las cuales se modificaron los procedimientos para agilizar la entrega de las subvenciones saltándose los controles estipulados. De ello, la ponencia del TC considera que sí se pueden derivar responsabilidades de los altos cargos. Y es por eso por lo que exigen una nueva redacción de la sentencia.

Por supuesto, la derecha judicial, nada más conocer la filtración de la ponencia, ha puesto el grito en el cielo. Recuerdan que las magistradas del Supremo que presentaron el voto particular, Ana Ferrer y Susana Polo, pertenecen a Juezas y Jueces para la Democracia, de carácter progresista “y cercana al PSOE” ·. Y ahora señalan la “mano invisible” del presidente, Cándido Conde Pumpido, del que también recuerdan que fue el “fundador de la asociación progresista”.

Si se toma en consideración este argumento, habría que decir que, Manuel Marchena, el presidente de la sala de Lo Penal del TS que fue el que dio el visto bueno de esta sentencia, pertenece a la Asociación Profesional de la Magistratura, conservadora, y que su nombre figuraba como el candidato a  presidente del CGPJ que “controlará por la puerta de atrás la judicatura” en palabras del entonces portavoz del grupo parlamentario popular, Ignacio Coisidó, en unos mensajes enviados a sus compañeros que provocaron el que este juez tuviera que renunciar a ser designado para el cargo “para no generar controversia política”

Que la derecha mediática vuelva a acusar a los magistrados progresistas del Tribunal Constitucional de dictar sentencias para “satisfacer los deseos de Moncloa” no tiene sentido. Es más, en privado Pedro Sánchez se mostró incómodo por este asunto. Hay que recordar que Sánchez se hizo con la secretaría general del PSOE derrotando a la lideresa del PSOE andaluz, entonces Susana Díaz. Es más, el tan traído y llevado indulto a Griñán y al resto de los condenados no deja de ser un problema para el gobierno que sabe el coste político que puede suponer una decisión de este tipo.

Volver a dudar de la independencia del Tribunal Constitucional forma parte de la estrategia de la derecha conservadora. Ocurrió cuando la corte de garantías declaró conforme a los principios de la Carta Magna el derecho de las mujeres de 16 y 17 años a abortar sin permiso paterno. Dicen que el pleno empieza a aplicar el rodillo progresista, “el siete a cuatro” que señalan en público y en privado. Y habría que volver a repetir que esta mayoría es así porque ellos quieren. El PP tiene la posibilidad de designar un magistrado que equilibraría el juego de mayorías y minorías sobre todo cuando haya que discutir la constitucionalidad de la ley que se ha convertido en su caballo de batalla, la amnistía. Porque hay magistrados que pueden decidir abstenerse por haber tenido que ver en su confección, entre otros el exministro de Justicia, Juan Carlos Campo.

Ya se dijo que la sentencia de los ERES de Andalucía de la Audiencia de Sevilla tenia ciertas lagunas. Pero la sociedad consideró necesario un castigo ejemplar a los políticos de entonces. Y todo porque hubo un alto cargo, un director general, que quedó probado que se lucró con esos fondos. Ahora, el Constitucional trata de poner las cosas en su sitio.

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