IRPH: Diario16+ publica en exclusiva el informe financiero que conlleva la nulidad automática del índice

El Congreso de los Diputados pedirá al Banco de España que se pronuncie sobre la doble retribución

16 de Diciembre de 2024
Actualizado el 17 de diciembre
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IRPH: Euribor Santander

Félix Alonso Cantorné presentará hoy lunes una petición particular, como diputado e impulsor de los informes, al Banco de España y, a su vez, tramitará la correspondiente consulta mediante la Comisión de Derechos Sociales y Consumo del Congreso de los Diputados.

La petición nace a raíz de la intervención del matemático  Guillem Bou el pasado mes de abril en el Congreso de los Diputados, donde señaló que la ausencia de diferencial negativo provocaba, automáticamente, que los bancos cobraran más de una vez la comisión de apertura. Es decir, que realizaran un servicio pero lo cobraran como si lo hubieran realizado dos veces.

La validación del informe por parte del Banco de España conllevaría la nulidad directa del índice IRPH puesto que, no ya la reciente Sentencia del TJUE del pasado jueves, sino la anterior, la Sentencia del Tribunal de Luxemburgo del mes de junio, establece que no puede haber doble retribución.

Diario16+ ha tenido acceso exclusivo al informe, que publicamos íntegramente para su consulta y descarga.

IRPH y Doble retribución: La mirada puesta en Barcelona y Granada

El próximo 17 de diciembre el Colegio de Abogados de Barcelona organiza una conferencia sobre la reciente Sentencia del TJUE (12/12/2024) en relación al IRPH. Acudirá el Magistrado de la Sección 15 de la Audiencia de Barcelona, Luis Rodríguez Vega, y el Profesor de ESADE, Ernesto Alejandro Suárez Puga.

Al respecto, Sandra Fernández Moles, coordinadora de los afectados por cuota creciente, pide a los abogados asistentes que interpelen a los conferenciantes sobre la doble retribución. “Lo que echamos a faltar es una mejor formación financiera de los jueces para que sepan realmente qué están juzgando. Ya está bien de sofisticadas interpretaciones de las sentencias del TJUE que, encima, no son interpretables sino que se deben aplicar”, declara a Diario16+. Añade que gran parte de afectados de cuota creciente lo son, además, de IRPH, y que ambos abusos discurren por caminos semejantes: “Tanto a los IRPH como a los crecientes se nos ofrecía un tipo de contrato presentado como la solución a nuestros problemas cuando, en realidad, era más caro que los demás”, señala Fernández.

En estos momentos no han certeza de si los conferenciantes van a admitir preguntas de los asistentes o si, por el contrario, va a ser una declaración donde el compareciente dice la suya y se va, sin que se pueda aclarar nada.

Sin embargo, por su parte, un día antes, es decir hoy lunes, Félix Alonso y Guillem Bou participarán en la mesa redonda sobre Nuevos desafíos en reclamaciones bancarias: las hipotecas REDAL y la STJUE sobre el IRPH, organizado por el Ilustre Colegio de Abogados de Granada, donde también ha sido invitado el letrado de Abogados Res, José María Eurasquin.

Aunque Guillem Bou ha sido solicitado para aclarar los aspectos relativos a las hipotecas REDAL, se espera que detalle, si se le pide, los aspectos relativos a la doble retribución. El doctor Bou puntualiza a este medio que “yo no soy jurista y, por tanto, mi opinión vale tanto como la de ustedes cuando discuten las tácticas de Ancelotti o Guardiola” pero, preguntado sobre sus informes, manifiesta “Ahora bien, como matemático me parece un insulto a la inteligencia que se abran discusiones jurídicas sobre temas científicos. La doble retribución está allí de la misma manera que los errores en las fórmulas están allí, en los contratos. Es todo tan absurdo como llevar a reparar el móvil estropeado al juzgado, en vez de la tienda donde lo compraste”.

Félix Alonso Cantorné, que ha sido el gran impulsor de la defensa de los afectados hipotecarios desde la administración de consumo, señala que ahora es el turno de los abogados: “Ya saben que soy un firme defensor de la participación política y he mostrado con mi ejemplo que, cuando quiere, la administración puede. Les hemos dado las herramientas, desde la administración, para que defienda a los afectados. Por favor, úsenlas”.

En realidad, si el Banco de España valida este último informe de Guillem Bou, sería muy difícil que cualquier juez negara la abusividad del IRPH (sin diferencial negativo). Y llama la atención como la Sentencia TJUE repara en ello, mientras que no tenemos conocimiento de ninguna Sentencia del Tribunal Supremo que se haya dado cuenta de dicha anomalía en los contratos IRPH.

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