La justicia, abocada a una desescalada caótica

09 de Mayo de 2020
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Abogados con togas

Lajusticia, la gran olvidada histórica de los tres poderes fundamentales decualquier estado democrático de derecho, vuelve a ponerse a prueba, una vez más.Esta vez la causante es una crisis sanitaria sin precedentes en lahistoria reciente. Ni jueces, ni Ministerio Público, ni procuradores ni abogadasy abogados, y tampoco el resto de funcionarios judiciales saben qué se van aencontrar el próximo lunes 11 de mayo cuando se inicie en muchasprovincias del país la fase 1 de la desescalada por la pandemia delcoronavirus y la justicia comience de nuevo a rodar tras estar prácticamente paralizadacasi dos meses. El caos está asegurado, advierten a Diario16diversas fuentes del sector.

No sólo los juicios serán muy difíciles de llevarlos a la práctica de forma completamente telemática, como pretende el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), órgano de gobierno de los jueces, a instancias del Real Decreto aprobado a finales de abril por el Gobierno. También las vistas y otros procesos judiciales corren serio peligro de no celebrarse con todas las garantías procesales debido a la intervención necesaria de numerosas personas en el proceso.

El incremento de la litigiosidad prevista tras el confinamiento colapsará el sistema si el poder judicial se empeña en celebrar juicios telemáticos sin medios, avisan los expertos

Ademásde los funcionarios de la Administración de Justicia, se requiere laparticipación de investigados, testigos e incontables documentos legales, queahora deberán ser verificados supuestamente de forma telemática sin que desdeninguna instancia judicial se sepa a ciencia cierta cómo llevar a cabo todosestos requisitos.

El incrementode la litigiosidad prevista tras el confinamiento colapsará el sistema siel poder judicial se empeña en celebrar a toda costa juicios telemáticos sinmedios, avisan los expertos consultados por este diario.

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Lasbuenas intenciones a priori del Real Decreto 16/2020 del 28 de abril demedidas procesales y organizativas de la Administración de justicia para hacerfrente al Covid-19 chocarán con una realidad dura e incuestionable: elsistema judicial español no está preparado para la realidad virtual nila agilización de los procesos judiciales vía telemática. Por muchos y variadosfactores. Y todo ello pese a la avalancha de nuevos casos judiciales quela crisis sanitaria provocará por el parón económico de la actividad productivaa todos los niveles.

Eldocumento aprobado a finales del pasado abril por el Gobierno reconoce que “la Administración de Justicia ha sufrido una ralentización significativa como consecuencia de la crisis delCovid-19”, que obliga al ejecutivo a “adoptar el presente real decreto-ley” para,además de otras medidas más concretas, “procurar una salida ágil a laacumulación de los procedimientos suspendidos por la declaración del estadode alarma cuando se produzca el levantamiento de la suspensión”.

Desdeel mismo instante de la aprobación del Real Decreto Ley, una de las patasfundamentales que sustentan la Administración de justicia, la de la abogacía yla procura, montó en cólera por las condiciones impuestas a priori conel único respaldo del Poder Judicial. Tanto es el descontento que las críticashan llegado desde todos los colegios profesionales del país. Así, por ejemplo,el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, ha emitido un comunicado exigiendola “inmediata y expresa derogación” del Real Decreto Ley aprobado en Consejo deMinistros, e incluso está dispuesto a llegar a un “paro consensuado, conla única observancia de los derechos de los justiciables que resulteninaplazables”.

Juiciostelemáticos improbables

Conel inicio del desconfinamiento se dará prioridad a actos procesales de formatelemática y en turnos de mañana o tarde para todo el personal de laAdministración de justicia. También se incluyen otras medidas como la dispensaen la utilización de togas o la atención telefónica y por correo electrónicoal público en sedes judiciales.

Respectoa la celebración de actos procesales de forma telemática, se realizarán preferentemente deeste modo siempre que se tengan los medios técnicos necesarios paraello, algo excepcional, debido a los diversos actores que intervienen encualquier proceso judicial. La excepción se produce en el orden jurisdiccionalpenal, en el que será necesaria la presencia física del acusado en los juiciospor delito grave. Asimismo, las deliberaciones de los tribunales se desarrollaránde forma telemática cuando se cuente con los medios técnicos necesarios paraello.

Laabogacía cree que este Real Decreto Ley puede “resultar gravemente perjudicialpara la salvaguarda del derecho de defensa de los justiciables”, tanto en el ámbitodel derecho de familiacomo por la habilitación de los días 11 a 31del mes de agosto próximo, un mes siempre inhábil en la justicia española.Los abogados consideran que es una medida claramente ineficaz ycontraproducente, que, lejos de contribuir a solucionar el atraso acumuladoen la tramitación de los procedimientos, impedirá el pleno rendimiento delsistema judicial durante varios meses consecutivos, contribuyendo enconsecuencia a agravar la situación actual.

Esprecisamente este el aspecto sobre el que más alertan juristas consultados poreste diario, ya que la imposibilidad de celebrar juicios de forma telemáticapor falta de medios y de otros requisitos indispensables provocará un mayoratasco al ya de por sí saturado sistema judicial. Por ello, aconsejanagilizar otros procedimientos judiciales previos mientras se mantenga el estadode alarma y no se vuelva al normal funcionamiento de la justicia.

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