Los beneficios récord del Santander también "se alimentan" desde la Justicia

09 de Febrero de 2024
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Cajero Santander Juzgado

Tal y como publicamos en Diario16, Banco Santander gana mucho dinero con la Justicia española gracias al contrato para la gestión de las cuentas de consignación judicial. La entidad presidida por Ana Patricia Botín gestiona todos los días miles de millones de euros de los juzgados españoles.

Por ejemplo, durante la huelga de Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) del año pasado esas cuentas estuvieron paralizadas. No obstante, ese dinero no estuvo quieto, sino que, a buen seguro, la entidad presidida por Ana Patricia Botín presuntamente lo pudo estar moviendo en el circuito interbancario, lo que le generaría unos intereses que en marzo de 2023 estaban situados por encima del 3,6%.

En consecuencia, si tomamos como referencia la estimación mínima de dinero paralizado durante la huelga de los LAJ, es decir, 1.280 millones de euros, y el tipo de interés interbancario, el Santander habría podido ganar durante los dos meses que duró el conflicto más de 1.000 millones en concepto de intereses.

En una situación normal, nadie sabe la metodología por la que los juzgados manejan ese dinero de consignación. El despacho Arriaga Asociados ha reclamado una investigación sobre unos hechos que podrían haber revelado un verdadero escándalo que afecta negativamente a abogados, procuradores y, sobre todo, a los consumidores que han ganado causas judiciales contra grandes empresas: la retención del dinero de indemnizaciones y costas.

En concreto, el bufete ha señalado que ha tenido conocimiento de que el Juzgado de Primera Instancia 101 bis de Madrid, especializado en cláusulas abusivas, está reteniendo de manera presuntamente indebida más de 40 millones de euros que ya han sido consignados a ciudadanos que previamente ganaron sus juicios.

A pesar de la consignación, denuncia Arriaga, los Letrados de la Administración de Justicia no están gestionando el pago correspondiente a los beneficiarios de las sentencias. El Juzgado 101 bis de Madrid acumula un retraso de más de cinco años, acentuado por el bloqueo de la cuenta de consignaciones.

Fuentes jurídicas consultadas por Diario16 han señalado a este medio que el responsable de esta situación no es el juzgado en sí, sino que son los propios bancos los que, en su estrategia de litigación hasta la última instancia, provocan que ese dinero consignado quede paralizado hasta que la sentencia es firme.

Sin embargo, el bloqueo de ese dinero genera beneficios a Banco Santander, puesto que, al igual que sucedió durante la huelga de LAJ, las cantidades de la cuenta de consignación no están quietas y, seguramente, se han estado moviendo a través del circuito interbancario.

Tal y como publicamos en estas páginas, una parte importante de las grandes entidades financieras mantienen la estrategia de litigar hasta el final o de no buscar acuerdos extrajudiciales con las víctimas de las cláusulas abusivas.

Banco Santander es especialista en este tipo de estrategias de litigación irresponsable. Abogados especialistas en cláusulas abusivas han confirmado a Diario16 que el Santander siempre va a juicio, independientemente de si la cantidad reclamada por los clientes es grande, mediana, pequeña o ínfima. «Nos llevan a juicio hasta por reclamaciones de comisiones de apertura que no llegan ni a los 500 euros», señala a este medio una letrada.

Si el Santander pierde en primera instancia, recurre a la Audiencia Provincial correspondiente y aquí se produce una verdadera crueldad: cuando la sentencia es favorable a los clientes, les obliga a reclamar la ejecución de la sentencia, por lo que se demora el tiempo para recuperar el dinero.

«Es todo lo contrario de lo que ocurre con el BBVA», sentencian las mismas fuentes consultadas.

El banco presidido por Ana Patricia Botín ya ha sido condenado en reiteradas ocasiones por juzgados de distintas instancias. En una sentencia se señalaba claramente que «la postura mantenida por la demandada [Banco Santander] merece que sea declarada su expresa temeridad. En efecto, i) la demandada mantiene una postura de oposición frontal sin estar debidamente justificada; ii) se verifica y mantiene tanto en la previa reclamación como en vía judicial abocando a la prestataria consumidora a acudir al Juzgado, con el colapso que supone; iii) y teniendo muy presente que la STS de fecha 23/12/2015 declara la nulidad de cláusula semejante y por lo tanto la demandada ya debería haberla suprimido y devuelto cantidades conforme jurisprudencia imperante; y iv) es más, conforme a la STS de fecha 23/1/2019 la cuestión relativa a la nulidad de gastos y restitución de cantidades ha quedado plenamente zanjada, y pese a ello la entidad sigue mostrando oposición».

Más recientemente, en 2022, fue la Audiencia Provincial de Barcelona la que condenó en costas por temeridad, ya que «el consumidor formuló reclamación con más de un año de antelación a la interposición de la demanda y no obtuvo respuesta alguna del banco».

Esta estrategia de recurrir, recurrir y volver a recurrir es la que, según las fuentes consultadas, es la que provoca que las cantidades consignadas queden retenidas, siendo el único perjudicado el consumidor víctima de cláusulas abusivas.

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