Conde-Pumpido llama la atención a Pedro Sánchez

En el Supremo están convencidos de que un TC de mayoría progresista, impondrá la amnistía de todos los delitos del procés

16 de Agosto de 2024
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Sánchez con su esposa en una imagen de archivo.
Sánchez con su esposa en una imagen de archivo.

Al ministro Óscar Puente no le caracteriza su prudencia verbal. Estamos acostumbrados a sus excesos verbales, pero, en esta ocasión, su jefe, Pedro Sánchez, ha tenido que escuchar la llamada de atención del presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, a propósito de unas declaraciones en las cuales desliza que la corte de garantías rectificará la negativa del Supremo a amnistiar la malversación. “Hay tribunales en España que se pronunciarán sobre esto. ”, dijo Puente. La interpretación que ha hecho la derecha es obvia. El TC se encargará de despejar los obstáculos que han puesto los jueces por su proximidad al gobierno progresista. Y después de la controversia suscitada en torno a Espero que lo haga el Tribunal Constitucionallas sentencias de los recursos de amparo de los ERES de Andalucía, el equipo de Conde-Pumpido quiere dar una imagen de rigor jurídico separándose todo lo más que se pueda del mundo político. Y manifestaciones como las del ministro de Transportes no ayudan. En el Supremo están convencidos de que un TC de mayoría progresista, impondrá la amnistía de todos los delitos del procés. Existe preocupación de que se mande un mensaje a la ciudadanía de que se hará justicia al corregir la interpretación de la corte suprema.

Los jueces de la sala de Lo Penal están convencidos de que sus colegas del Constitucional les enmendarán la plana en lo que se refiere a su interpretación del delito de malversación cometido por los líderes independentistas catalanes. Y dicen desconocer cuales pueden ser sus argumentos, pero están seguros de que harán valer la mayoría progresista tal y como ha sucedido en otros pronunciamientos. Es por ello por lo que se han puesto a trabajar para darle la vuelta a sus fundamentos que han sido calificados por expertos juristas de políticos y carentes de justificaciones de tipo técnico.

Los jueces de la corte suprema rechazan tal calificativo. El ministro Puente llegó a decir que se habían “extralimitado” a la hora de interpretar porque “se ahorraron de su peculio el dinero que les hubiera costado la campaña de la independencia o el referéndum ilegal”. Los magistrados son conscientes de que tal argumento no tiene mucho sentido para un ciudadano medio poco o nada experto en jurisprudencia. Es imposible que un acto de la naturaleza del que pretendían los líderes catalanes, un referéndum de autodeterminación se financiase con su patrimonio personal por una lógica aplastante: no cuentan con suficientes medios para ello. Siendo los responsables políticos del órgano de gobierno autonómico lo lógico es que utilizasen los fondos públicos. Y es que, además, se ha repetido hasta la saciedad que gestionaron a la perfección dichos fondos. No se tocó la partida presupuestaria correspondiente al capítulo 1, el de los gastos corrientes, y se acudió a las inversiones. Se utilizó dinero destinado a la acción exterior, aprobado por el Parlament, y se acudió a las partidas destinadas a financiar mejoras en materia de enseñanza, deportes y asuntos sociales, algo muy corriente en las administraciones públicas.

Todas estas acciones son amnistiables, según la ley, que sólo rechaza el perdón en el caso de la malversación a las cantidades que sirvieron para “un enriquecimiento personal” o que procedían de los fondos europeos. Los jueces del Supremo creen que se dieron esas dos circunstancias. Y apuntan más lejos. Creen que no existe exceso alguno de interpretación y que la polémica tiene raíces diferentes, como por ejemplo la redacción de la ley orgánica. Exponen que el texto es deficiente en su contenido, lo cual impide que el delito de malversación quede bajo el paraguas del articulado. Por ello, entienden que no hay extralimitación en sus juicios de valor o numerosos rechazos a aplicarla en el caso de Carles Puigdemont, sino que ocurre como “sucedió con la ley del sólo sí es sí”.

Los magistrados dicen que, con esta ley aprobada en la anterior legislatura, se pretendió acotar las penas por delitos de agresión sexual y su efecto fue el contrario: que muchos condenados las vieron reducidas por una deficiente redacción de la norma que dio lugar a múltiples interpretaciones. Los jueces que han utilizado este ejemplo se han metido en un verdadero lodazal ya que un amplio sector de la sociedad vio en las reducciones de las condenas un intento por parte de la derecha judicial de sabotear al gobierno progresista. Es verdad que, al final, se modificó la redacción de la normativa para evitar este efecto que llegó a generar alarma social. Pero no se puede argumentar que una mala redacción legislativa da pie a una interpretación tan torticera como la utilizada por los jueces de la corte suprema.

Tanto la sala de Lo Penal como la dependencia del instructor, Pablo Llarena, están convencidos de que con esta redacción es imposible amnistiar la malversación. Y señalan que, en lugar de perdonar el delito en su totalidad, quisieron evitar una más que probable reprimenda de la justicia europea. Con todo, creen que lo que ocurrió es que la fórmula empleada exiliaba a los enjuiciados del procés, pues “para lograr el propósito de la independencia recurrieron a un dinero público que debería haber emanado de su bolsillo”.

Y de ahí no se salen. De ese guión preestablecido de que eran ellos los que debieron financiar el procès nadie les saca. El caso es que están dando argumentos suficientes para que el Constitucional les diga que la financiación de un referéndum, por muy ilegal que sea es un “acto político”, aprobado por un parlamento donde reside la soberanía popular. Y necesariamente hay que establecer cierto paralelismo de esta tesis con la que se ha manejado en el caso de los ERES andaluces.

Otra cosa es lo que digan los jueces europeos, pero se insiste, una vez más, en que es bastante difícil, por una cuestión de soberanía jurídica, que se atrevan a contradecir al máximo interprete de la carta magna española. En Europa ya sucedió algo parecido con la constitución de Polonia, y, al final, y aunque se dijo que la legislación europea prevalece sobre la nacional, en Bruselas callaron y dejaron hacer. Porque todavía entre los 27 no está muy madura la idea de que son las autoridades de la UE las que dictan las normas de comportamiento de los ciudadanos. Y si no, que miren las elecciones al europarlamento donde cada vez hay más euroescépticos.

 

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