El fútbol como espectáculo pasa de los campos a los juzgados

29 de Septiembre de 2023
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Es mucho más divertido y mucho más barato, tal y como se les ha subido el pavo a los directivos. El forofo ya no mira los resultados y resúmenes de los partidos. Hay mucho mas morbo en saber lo que resuelven los jueces sobre el “Caso Negreira”, o acerca del “Beso no consentido a Jenifer Hermoso”, un asunto que está salpicando hasta al ex entrenador de la selección española femenina, Jorge Vilda, ese que no ha sido premiado con un marquesado como sí lo hicieron con el otro entrenador que ha conseguido un escudo de esos que te señalan como campeón del mundo. Vicente del Bosque sí lo logró. Vilda está a un paso de ser condenado por un delito de coacciones y veremos si no acaba en la cárcel.

Y en el asunto de la presunta corrupción arbitral la cosa es todavía mas morbosa. El que se libró en su tiempo por delitos fiscales y apropiaciones indebidas en el llamado Caso Neymar, Sandro Rosell, el que tenía la mano tan rota que acabó arruinando a la entidad blaugrana, Josep María Bartomeu, y la mismísima institución van a ser procesados por cohecho. Y aunque salvando distancias, el asunto recuerda a lo que le sucedió al PP, que fue condenado en una de las piezas del Caso Gürtel con las consecuencias de todos conocidas. El morbo está servido.

El “caso Negreira” es más relevante bajo el punto de vista jurídico que el de la presunta agresión sexual de Luis Rubiales aunque éste se está juzgando en una instancia superior, la Audiencia Nacional, pero por una razón concreta: los hechos tuvieron lugar en el extranjero por lo cual la instrucción y calificación de los mismos corresponde a la AN mientras que la presunta corrupción en el seno de una de las instituciones más representativas del país, el Futbol Club Barcelona, se instruye en un juzgado penal de Barcelona.

La relevancia jurídica reside en la complicación del asunto que salpica al club blaugrana y al hecho de que, una vez más desde que entrara en vigor la reforma del Código Penal, una persona jurídica vuelve a ser imputada. Hasta hace bien poco sólo las personas físicas eran las responsables de una acción delictiva. Ahora ya no. Y el caso más sonado fue el de la condena al Partido Popular en la pieza separada de su financiación irregular, una condena, por cierto, que le costó a Mariano Rajoy la presidencia del Gobierno y al Partido Popular la derrota electoral.

Ahora nadie sabe las consecuencias que puede tener la implicación judicial del Futbol Club Barcelona en un delito de cohecho. El asunto puede acabar siendo desestimado porque el juez considera que la Real Federación Española de Futbol, a la que pertenecía José María Enríquez Negreira en calidad de vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros, es una entidad pública por lo que se puede considerar al ex dirigente arbitral con el mismo rango que un funcionario y, por lo tanto, cabe aplicarle la figura delictiva de cohecho por haber cobrado del club catalán casi ocho millones de euros en quince años.

No obstante, hay juristas que creen que el juez de instrucción nº 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, se equivoca en el planteamiento, que no es posible aplicar en este caso la figura delictiva de cohecho y que hay que volver a la anterior imputación de delito de corrupción entre particulares. La diferencia es muy importante porque las penas contempladas en el Código Penal son mucho mas altas por cohecho que la de corrupción. Esta, es de seis meses a cuatro años de cárcel. La primera, contemplada en los artículos 419 y 427 del C.P., tiene diversos castigos según se califique como cohecho activo o pasivo. Si el imputado es el receptor del dinero, la pena será de 1 a 3 años de prisión además de inhabilitación correspondiente. Si es el pagador, la pena asciende a cinco años y si es una persona jurídica, como sería en este caso, una multa de dos a cinco años, o del triple al quíntuple del beneficio obtenido cuando la cantidad resultante fuese más elevada, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión de más de cinco años. Haciendo “la cuenta de la vieja”, al Barça le puede costar “la broma” unos cuarenta millones de euros. No está nada mal para una empresa agobiada por la deuda milmillonaria que tiene.

De ahí la trascendencia jurídica de este caso, mucho mayor que el del “beso no consentido” a la jugadora de futbol Jennifer Hermoso. Aquí la calificación jurídica de los hechos está tan clara que es muy probable que la instrucción de este asunto no se demore más allá de los seis meses. A José Luis Rubiales le van a acusar de agresión sexual y coacciones. El primero de los delitos está claro, según la ley del sólo sí. Las coacciones son las que ocupa al juez instructor, el penal nº 1 de la Audiencia Nacional, Francisco de Jorge, ya que hay que probarlas. Según el testimonio del hermano y una amiga de la futbolista, los hostigamientos se produjeron durante el viaje de regreso de Sídney a Madrid y en ellos participaron activamente el exseleccionador, Jorge Vilda, el director de la selección masculina de futbol de la RFEF, Albert Luque, y el responsable de marketing de la entidad, Rubén Rivera.

Los tres pasarán por la Audiencia Nacional en calidad de investigados. También lo harán varios testigos como las jugadoras Alexia Putellas, Irene Paredes y Misa Rodríguez. Se las llama para que confirmen si, efectivamente, hubo presiones a Hermoso. Si es así, los imputados se enfrentan a delitos de coacciones en su tipo agravado, que recogen los artículos 172, 172 bis, 172 tres, y 172 cuatro del C.P. con penas de cárcel que pueden oscilar entre 1 año y 9 meses a 3 años, y multa de 18 a 24 meses.

Eso en cuanto a la vertiente jurídica de los casos que han deteriorado la imagen del futbol español que, después de esto, ha entrado en crisis. Hasta tal punto que la UEFA ha trasladado su congreso que iba a celebrar en Madrid a principios del año que viene, y peligra seriamente la candidatura ibérica como sede del mundial de 2030. Y es que no da muy buena imagen la entrada de la Guardia Civil en las oficinas de la RFEF para llevar a cabo un registro en el cual, al parecer, se han encontrado importantes documentos probatorios del “Caso Negreira “.  

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