En julio de 2020, España notificó a la Comisión Europea un régimen de ayudas por el que se creó un Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas españolas que atraviesen dificultades temporales a raíz de la pandemia de Covid-19.
Dicho Fondo de apoyo está habilitado para adoptar diferentes medidas de recapitalización a favor de las empresas no financieras que estén domiciliadas y tengan sus principales centros de trabajo en España y que se consideren sistémicas o estratégicas para la economía española.El presupuesto del citado régimen de ayudas, financiado con cargo a los presupuestos del Estado, se fijó en 10 000 millones de euros hasta el 30 de junio de 2021.
El Tribunal General de la Unión Europea sentenció este miércoles que el Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas español que financió el rescate de 475 millones de euros a la aerolínea Air Europea es legal, en respuesta a un recurso presentado por la compañía Ryanair contra esta ayuda pública.
La compañía aérea Ryanair interpuso un recurso por el que solicitaba la anulación de dicha decisión, el cual ha sido no obstante desestimado por la Sala Décima ampliada del Tribunal General. En este contexto, la referida Sala examina la compatibilidad con el mercado interior del régimen de ayudas de Estado adoptado en respuesta a las consecuencias de la pandemia de Covid-19 a la luz del artículo 107 TFUE.
El Tribunal General aclara asimismo el modo en que se combinan las normas relativas a las ayudas de Estado con el principio de no discriminación por razón de la nacionalidad.