Protección de Datos impone a Google una multa de 10 millones por no respetar el derecho al olvido

24 de Mayo de 2022
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a Google con 10 millones de euros, la más alta hasta la fecha en nuestro país, por no respetar la voluntad del derecho al olvido. En concreto, por ceder datos a terceros sin legitimación para ello y obstaculizar el derecho de supresión de los ciudadanos.

Además de la sanción por estas infracciones consideradas “muy graves” se condena a la compañía a modificar el proceso por el que los ciudadanos pueden ejercer ese derecho.

La mayor sanción en España

La Agencia ha constatado que Google enviaba  la información de las solicitudes de derecho al olvido, incluida la dirección de correo electrónico, los motivos alegados y la URL reclamada al Proyecto Lumen, puesto en marcha en 2002 por la Universidad de Harvard para recoger este tipo de solicitudes. Algo que, según la resolución,  supone en la práctica frustrar la finalidad del ejercicio del derecho de supresión.

A partir de ahora, las empresas tecnológicas deberán facilitar el proceso a los ciudadanos que no quieran figurar en sus bases de datos. 

La agencia resuelve asimismo que la tecnológica deberá suprimir todos los datos personales que hayan sido objeto de una solicitud del derecho de supresión comunicada al Proyecto Lumen. Y recoge que está obligada a instar al proyecto de la Universidad de Harvard a que cese en la utilización de los datos personales que le haya transferido.

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