Sin quitarle méritos a la contratación de vehículos con conductor sin saber si están realmente desempeñando ese servicio por más de un millón y medio de euros, a la renovación de contrato para la seguridad del Zendal a una empresa que no vigila realmente por más de un millón de euros, a otro millón de euros pagado a una empresa de cáterin que sus comidas en el Zendal llevan moho de guarnición, a la falta cámaras mortuorias, laboratorio de análisis clínicos o quirófanos en algo que Ayuso llama hospital después de pagar a 750 € el banco para asentar las posaderas, ahora vamos con lo que realmente pienso es lo más sangrante sin duda, algo que por desgracia no creo que finalice aquí, el alquiler de camas UCI a la sanidad privada.
2.084 euros al día es lo que paga la Comunidad de Madrid, en concepto de alquiler, por cada UCI a las entidades privadas, nada de eso de intervenir la sanidad privada tal y como anuncia a bombo y platillo la trilera de la presidenta de la Comunidad de Madrid, se está pagando por ese servicio, como si de caviar de beluga se tratase.
16 camas UCI se encuentran cerradas actualmente en el Hospital Infanta Sofia, y 9 camas UCI cerradas actualmente en el Hospital Infanta Leonor, haciendo el cálculo solo sobre esas 25 camas en el que caso de que hiciesen falta, cosa que está demostrado que sí, sacamos la friolera de 1.563.000 € tan solo en el primer mes. Mas de un millón y medio de pavos teniendo camas UCI disponibles que, en teoría, no pueden ponerse en funcionamiento por falta de profesionales de la sanidad. Así que ahora mostraré de cuantos profesionales podríamos disponer si se gestionase decentemente el dinero público.
No sería justo por mi parte hacer referencia en exclusiva a la nómina denigrante de una estudiante de enfermería que ha realizado apoyos en UVI, 6 días a la semana durante un mes, su sueldo en el pasado mes de mayo, en plena crisis sanitaria no llegaba a los 900 euros. Así que pondré dos ejemplos más, para que no me tache nadie de demagogo. Un contrato Covid firmado con una enfermera de críticos en la Comunidad de Madrid es de, redondeando, de 1.700 euros. Y un Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería (TCAE), en Unidad Hospitalaria, Quirófanos, Urgencias, UCI, UVI, percibe una nómina de 1.364,36€, según datos extraídos del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Nº50 de viernes 28 de febrero de 2020.
Sacando números redondos y en relación a 3 ejemplos distintos tanto de especialidad como de nóminas recibidas, con el millón y medio de euros pagado a la privada en un mes, podríamos contratar a 555 estudiantes de enfermería, 294 enfermeras de críticos y 357 TCAE,s, que digo yo, que lo mismo son más que suficientes para cubrir los servicios necesarios para abrir la dichosa Torre 4 del Infanta Sofia, las 9 UCI del Infanta Leonor y reforzar a todos los centros de atención primaria que se han dejado tiritando, al trasladar forzosamente personal sanitario al Zendal de los cojones. Y ya que lo nombro hay que anotar que, de las 1.000 camas anunciadas por Ayuso, a fecha 22 de enero de 2021, tan solo tenía operativas 415, 405 de ellas eran de ingresos en planta por PCR y 10 en cuidados críticos. 10 pacientes en cuidados críticos por el módico precio de 150 millones de euros, el triple de lo inicialmente presupuestado, frente a los 46 críticos el mismo día en Hospital Gregorio Marañón, o los 39 del Ramón y Cajal.
He procurado hacer números redondos para que se hagan una idea aproximada, ya que presentar una cifra fija es imposible, teniendo en cuenta que las camas de reanimación también se están utilizando como camas UCI cuando estas están ocupadas en su totalidad.
¿Qué supone que las camas de reanimación se utilicen como camas UCI, en lugar de para su cometido principal?
Las camas de reanimación son las utilizadas para el postoperatorio, es decir y resumiendo bastante, tras haber sido operado es donde te reanimas de los efectos de la anestesia utilizada para la operación. Al estar esas camas ocupadas en otros menesteres, y siendo justos, más urgentes a corto plazo, dichas operaciones están siendo retrasadas en el tiempo, lo cual desemboca en alargar, más aun, el tiempo en las listas de espera de operaciones “menos urgentes”, como puedan ser de traumatología, oncología o cualquier otra patología.
Estas esperas, y casi con toda certeza, pueden llegar a ocasionar empeoramientos en los pacientes, lo cual es obvio, si estas jodido de un menisco y tienes que seguir acudiendo a tu puesto de trabajo, mientras tu espera para ser operado se eterniza, tu menisco es el que sufre las consecuencias, si eso lo llevamos a un paciente oncológico, esa espera puede suponer la aparición de una metástasis, este último caso, tiene todas las papeletas de terminar en muerte. En el año 2019 fueron diagnosticados 543 casos oncológicos nuevos por cada 100.000 habitantes en Madrid, sumados estos a los ya diagnosticados, y teniendo en cuenta que 2 de cada 10 pacientes fallecen antes incluso de su diagnóstico, el genocidio que se está cometiendo en el foro, sobrepasa ya unos limites como para que Gabilondo y el PSOE de Madrid den señales de vida, o para que directamente el gobierno central intervenga la capital, las urnas de plástico en Cataluña no originaron muertes.
734 euros por paciente al día, es lo que se paga la Comunidad de Madrid en concepto de alquiler a las entidades privadas por acoger a un paciente de la sanidad pública. Vamos con datos oficiales, 271 camas en la torre 4 del Hospital Infanta Sofia según nota de prensa de la propia comunidad de Madrid en 2018, son las que se tienen sin usar desde la apertura de dicho Hospital, 271 camas que podían ser atendidas perfectamente por parte de los 1.206 estudiantes de enfermería, enfermeras de críticos o TCAE,s antes citados.
Artículo 432 del Código Penal:
- 1. La autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 252 sobre el patrimonio público, será castigado con una pena de prisión de dos a seis años, inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años.
- 2. Se impondrá la misma pena a la autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 253 sobre el patrimonio público.
Artículo 252 del Código Penal:
- 1. Serán punibles con las penas del artículo 249 o, en su caso, con las del artículo 250, los que, teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado.
Ojo que no soy sanitario, no soy jurista y no soy economista, y lo que tengo claro que no soy es gilipollas, pero a esto lo llamo yo marcarse una malversación de fondos públicos de manual.