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Tratos inhumanos

14 de Marzo de 2018
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Le introdujeron la cabeza en el agua. Repitieron dos o tres veces la sumersión mientras le preguntaban si era de E.TA. y le referían si tenía bien la apnea. Levantándole de los tobillos, le hicieron tragar agua (…) mientras le iban diciendo ‘que estos eran los primeros veinte minutos y que tenían cinco días para hacer con él lo que quisieran’”. Sentencia AP Guipúzcoa, Fundamento Jurídico Segundo.Al día siguiente de aquello, el por entonces ministro Rubalcaba, hizo suya la versión de la Guardia Civil, que no era otra que la de que los etarras siempre alegan haber sido torturados y que las lesiones, que enviaron al etarra en cuestión a la UCI, se debían a que éste opuso resistencia a ser detenido. Diez años después, España ha sido condenada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por haber vulnerado el art. 5 de la Declaración de Derechos Humanos y el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de 1950, esto es por considerar probado que en la detención de Igor Portu y Mattin Sarasola se cometieron hechos calificados como trato inhumano y degradante, prohibidos por una legislación internacional que España asume como propia.Por el camino ha quedado la condena a cuatro Guardias Civiles y una sensación de permanente sonrojo y regresión a tiempos pasados en los que el respeto a los derechos humanos y la exigencia de plenas garantías en el derecho de defensa no formaban parte del proceso penal. Desde que los etarras que perpetraron el asesinato de dos ciudadanos al volar la T4 del Aeropuerto de Barajas fueran detenidos, vejados y maltratados, los diferentes ministros han transitado desde el silencio y la ausencia de explicación pública hasta el sacar pecho, como el ministro Catalá, por el hecho de que la unanimidad de los magistrados del TEDH hayan constatado “sólo” la existencia de tratos inhumanos y degradantes, y no la existencia de torturas.Llama la atención que ante un hecho tan grave, hasta ahora sin precedentes de semejante contundencia, el ministro se felicite y apele a la normalidad democrática con la que se acatará la Sentencia (faltaría más), equiparándola casi a un procedimiento de mera Responsabilidad Patrimonial del Estado -como si a los agentes de la Guardia Civil “se les hubieran lesionado” los detenidos-, alegrándose de que, además, la cantidad económica a la que ha sido condenado el Estado no se vaya a hacer efectiva sino mediante compensación de la deuda que los terroristas tienen contraída por mor del terrible atentado cometido en Barajas.Todo ello nos lo cuenta Catalá sin sonrojo. Obvia el ministro de Justicia que, más allá de la unanimidad del fallo, tres de los siete magistrados del TEDH han considerado acreditado también que tras los tratos degradantes se encubre lo que asociaciones internacionales como Amnistía Internacional han denunciado en varias ocasiones: en España se tortura.Que Igor Portu -el etarra gravemente torturado- sea el autor de atrocidades como volar la T-4 de Barajas en modo alguno justifica el abuso policial, la vejación o la venganza. Los malos tratos (ora inhumanos, ora torturas) son considerados como uno de los ataques más graves contra la dignidad humana. Su comisión (probada en Sentencia firme por el TEDH) deslegitima al Estado y denigra todos y cada uno de los principios en que se sustenta un sistema penal democrático y garantista.Cada vez que la sombra de la tortura planea sobre una actuación policial, se pone en jaque al Estado de Derecho, se genera inseguridad y, sobre todo, nos hace pensar que lejos de servir de atajo contra ETA, bien pudiera haber contribuido a mantener en la lucha a una organización terrorista que –a la fecha de los hechos probados- hacía tiempo que le faltaba aliento para poder actuar.Procede analizar con rigor crítico cinco elementos: Primero, tras la detención y los malos tratos, el entonces ministro de Interior, Pérez Rubalcaba, justificó una actuación policial ensombrecida por la hospitalización en la UCI de uno de los detenidos. Si en ese momento el ministro creyó necesario despejar cualquier atisbo de duda sobre la legalidad de la actuación de la Guardia Civil, no se entiende que hoy, diez años después, no haya salido públicamente a retractarse. En otros países, el ministro hubiese dimitido al conocerse la Sentencia de primera instancia. En España rige el sostenella y no enmendalla.Segundo, si ya es demoledora la constatación de que en España se denigra y niega la condición humana (eso es un trato inhumano) a los detenidos por hechos gravísimos, que semejantes hechos se enjuicien, esclarezcan y condenen es algo positivo. Ahora bien, ha tenido que ser el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el que ha corregido a la Sala Segunda del Tribunal Supremo que –en esta materia- queda profundamente deslegitimada. Hasta en ocho ocasiones España había sido condenada por no investigar los malos tratos/torturas. Y tanto va el cántaro a Estrasburgo, que al final ha terminado por llegar una condena por tratos inhumanos probados. Entonces, ¿por qué todo este escándalo tan repetido en el tiempo no ha tenido hasta ahora relevancia mediática? ¿Tal vez por falta de madurez democrática?Tercero, en consonancia con lo anterior, parece obligado preguntarnos si este caso de torturas representa un hecho aislado o si se ha tratado de una práctica habitual en la lucha antiterrorista. En todo caso, las hemerotecas ya nos recuerdan que destacados miembros del cuartel de Intxaurrondo han sido indultados por condenas de delito de tortura. Esa realidad es paralela a la otra, la de los grandes éxitos policiales y el ahogo de la Guardia Civil a la banda terrorista, pero una democracia madura no debería negar la primera, sino criticar que aquella deslegitima a ésta.Cuarto, Igor Portu tuvo la suerte de ser atendido por personal sanitario independiente, que rápidamente se percató de la violencia extrema con que había sido detenido (y bañado en un río). Lo lamentable es que hayan tenido que intervenir personas ajenas a la investigación y el mundo policial para que este escándalo vea la luz.Y quinto, regresemos al principio: “estos son sólo los primeros veinte minutos. Tenemos cinco días para hacer contigo lo que queramos”. Cinco días sin la presencia de un Juez es un periodo inadmisible en democracia, se mire por donde se mire; sea el detenido Portu, el asesino de Diana Quer o Al Capone.
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