Un juzgado de Madrid ha condenado a Luis Pérez Fernández, conocido como Alvise Pérez, a pagar 60.000 euros al exministro José Luis Ábalos en concepto de indemnización por difamación y por publicar fotos en redes sociales que considera que han causado al demandante “graves daños morales”.
La sentencia de la jueza, publicada por RTVE, asegura que ha habido “intromisión ilegítima” en sus derechos a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen por la divulgación de fotos en su cuenta de la red social X, antes Twitter, y en su derecho al honor por el texto que las acompaña.
La magistrada María Ángeles Martín explica que Ábalos presentó la demanda solicitando tutela del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen después de que Alvise Pérez difundiera en su cuenta en enero de 2021 dos fotografías suyas en las que se le podía ver en su terraza.
Las imágenes iban acompañadas de un texto que rezaba: “¿Qué opinarías de la salud mental de un ministro que se pasa toda la tarde mirando fijamente un par de pájaros enjaulados?”. Estas imágenes, según la sentencia, estuvieron dos días en la red social y, según Ábalos, en la actualidad pueden seguir siendo observadas aun cuando han sido borradas de la cuenta del demandado.
También lo condena a realizar cuantas actuaciones sean necesarias para que se supriman de Twitter y de los buscadores de internet las fotos y texto objeto de la demanda y a que en un futuro se abstengan de realizar actos semejantes referidos a Ábalos.
En la sentencia, la jueza incide en que Alvise no tiene “patente de corso para insultar o menospreciar a su rival político”. La jueza destaca que esas fotos se hicieron “dentro del ámbito privado” de Ábalos y eran “ajenas totalmente a su función pública”. Señala además que no consta que el entonces ministro consintiera las fotos, pues “en todo momento aparece ajeno a la posibilidad de que pudiera ser fotografiado”. Las imágenes, añade, carecen de “ningún interés ni relevancia pública”, con lo que suponen una “intromisión ilegítima en la intimidad del demandante injustificable al estar tomadas en el ámbito estrictamente privado”, informa La Sexta.