“Basar una defensa en el estereotipo pornográfico del placer que pudo haber sentido la víctima de la manada es inmoral”
04
de Julio
de
2018
Actualizado
el
02
de julio
de
2024
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La sentencia de La Manada no solo ha revuelto el estómago de todo un país. También ha puesto de manifiesto que este fallo ha sido fruto de una justicia que sostiene dos balanzas en las que no hay ni una pizca de perspectiva de género. Por eso, al clamor feminista de las calles, se ha unido el de la multitud de voces expertas que buscan el ejercicio del Derecho aderezado con el ingrediente básico de la igualdad.Una de las personalidades que ha expresado la necesidad de ejercer con gafas moradas para evitar veredictos como este es León Fernando del Canto, abogado en España y Barrister en el Reino Unido en Del Canto Chambers. Para este miembro del primer programa de Harvard University sobre monetización de Propiedad Intelectual la frontera que no se debe cruzar en situaciones como esta es la de hacer una defensa como la del abogado de los cinco acusados. “Como defensor de la incorporación de la perspectiva de género en la justicia, y como abogado, y entendiendo que el derecho a la defensa es imperativo y no puede negársele a nadie, creo que en una defensa no vale todo. La línea roja nos la marca el respeto a los Derechos Humanos y el derecho a la igualdad de género es un derecho humano. Un derecho que tiene una configuración compleja y que si no se ha estudiado, no nos permite entender o ver su vulneración en las propias normas jurídicas, en su interpretación y en su defensa. Al defender un caso tendríamos que asegurarnos que entendemos los posibles problemas de desigualdad o discriminación de género en el tipo penal y su interpretación jurisprudencial. Para ello es preciso formación con perspectiva de género en la abogacía, mientras quienes legislan o juzgan no la tengan”, explica. Puñetas sexistasAdemás este especialista en Derecho Internacional y Fiscalidad en todo lo relativo a Media, Sport & Entertainment considera que “en ningún momento de la defensa se deberían avanzar argumentos, descripciones o proponer pruebas tendentes a seguir insistiendo en estereotipos sexistas o que alienten la violencia machista y que perpetúen la desigualdad de género en nuestro Derecho; y ello incluso en delitos intencionalmente ambiguos o frente a líneas jurisprudenciales establecidas. No vale todo. Así pues, plantear una defensa, cuando era imposible desmontar la autoría, en base al estereotipo pornográfico del “placer” que pudo haber sentido la víctima en la agresión sexual o abusoes inmoral, falto de ética y de escrúpulos”.Asimismo del Canto considera que en esta sentencia se cruzó doblemente una línea que nunca se debería haber pasado: “la de tratar de culpar a la víctima al promover en los medios dichos argumentos y creando un juicio paralelo que ha eliminado del debate público intencionalmente la autoría y la agresión sexual que en todo momento ha quedado probada. Ninguna mujer quiere que la maten, hieran o hagan daño; y el Derecho ha de proteger dicho derecho a la integridad de la persona; que en delitos de naturaleza sexual parece ignorarse como en este caso. El Derecho no puede aceptarlo y frente a su ambigüedad en estos delitos la abogacía no puede defender, ni la Justicia aceptarlo, favoreciendo tesis que permitan justificar delitos de agresión en base a la autorización o consentimiento de la víctima”, añade este abogado a caballo entre Madrid, Reino Unido y Qatar.En cuanto a la actuación de los medios del Canto cree que no han hecho un ejercicio correcto de su función y en su lugar han blanqueado a los autoresde una agresión. “En este caso, la pelota está en el tejado de los medios y sus periodistas, que igualmente requieren formación para poder incorporar la perspectiva de género. Por otra parte, tendríamos que alejarnos del paradigma del periodismo de sucesos cuando estemos reportando sobre casos judiciales. Hace tiempo existía un periodismo especializado en temas judiciales, y creo que es uno de esos verticales donde se requiere tanto una formación técnico jurídica como una deontología más estricta para evitar que el cuarto poder desbanque al tercer poder, el judicial, con sus juicios paralelos”, remarca del Canto.Por último dicho profesional habla de las similitudes con otros casos sucedidos en países como Reino Unido. “Allí no hay mucha diferencia a nivel judicial o desde la abogacía y desafortunadamente aunque tanto en España como en el Reino Unido se hayan ratificado los mismos tratados para evitar la violencia sistémica contra mujeres y niñas, la implementación de leyes y regulaciones para ejecutarlas se queda muy corta. El machismo es universal y si cabe, en España se está haciendo un esfuerzo político por una igualdad de género efectiva que se ve en muy pocos países en la actualidad. Pero nos queda mucho, mucho trabajo por hacer y a nivel jurídico penal, como estamos viendo; mucho más”, finaliza del Canto.
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