El Consejo y el Parlamento Europeo acuerdan normas para confiscar el dinero de origen delictivo

12 de Diciembre de 2023
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Las organizaciones criminales acumulan ingresos que se estiman en al menos 139.000 millones de euros cada año, según los datos que maneja Europol.

A pesar de la existencia de una serie de leyes de la UE sobre rastreo y confiscación de activos ilegales, en 2020 el Consejo pidió a la Comisión que fortaleciera el marco legal. El Parlamento Europeo también pidió normas más estrictas para la recuperación de activos. El proyecto de directiva se propuso el 25 de mayo de 2022.

Ahora, los negociadores de la presidencia española y el Parlamento Europeo han llegado a un acuerdo político sobre una ley de la UE sobre recuperación y confiscación de activos. La nueva directiva establece normas mínimas a nivel de la UE sobre rastreo, identificación, embargo, confiscación y gestión de bienes delictivos. Impulsará las capacidades de los Estados miembros para luchar contra el crimen organizado.

"Los beneficios de las actividades delictivas son asombrosos. Sólo si los gobiernos tienen los medios para recuperar estas ganancias tendrán posibilidades de luchar contra el crimen organizado" ha afirmado, el ministro de Justicia, Félix Bolaños.

La directiva se aplicará a una amplia gama de delitos, como el crimen organizado, el terrorismo, la trata de seres humanos y el tráfico de drogas. También implica la obligación de los Estados miembros de garantizar que las autoridades involucradas en el rastreo, la congelación y la gestión del dinero delictivo cuenten con personal cualificado y recursos financieros, técnicos y tecnológicos adecuados.

Violación de medidas restrictivas

Las normas propuestas también se aplicarán a la violación de sanciones una vez que se haya adoptado una directiva aún pendiente sobre la definición de delitos penales y sanciones por la violación de medidas restrictivas de la UE. Como resultado, las personas y empresas que se benefician de eludir las sanciones verán sus ganancias confiscadas de la misma manera que las de los traficantes de seres humanos o los cárteles de la droga.

Oficinas de recuperación de activos más potentes

Los Estados miembros deberán reforzar las oficinas de recuperación de activos, cuya función será facilitar la cooperación transfronteriza en relación con las investigaciones de rastreo de activos.

Las oficinas de recuperación de activos también tendrán la tarea de rastrear e identificar el dinero de origen delictivo, en apoyo de las investigaciones de rastreo de activos llevadas a cabo por las autoridades nacionales y la Fiscalía Europea. También llevarán a cabo tareas de rastreo y decomiso de los productos que sean objeto de una orden de embargo o decomiso emitida por un organismo de otro Estado miembro.

Para que las oficinas de recuperación de activos puedan realizar sus tareas, los gobiernos de los Estados miembros deberán asegurarse de darles acceso a las bases de datos y registros nacionales pertinentes. En algunos casos, el acceso debe ser inmediato y directo.

Congelamiento y confiscación

Según el texto acordado, los Estados miembros deben tomar medidas que permitan congelar los bienes con el fin de garantizar un eventual decomiso y garantizar, en caso de condena firme, el decomiso de los instrumentos y del producto resultante de una infracción penal. Sin embargo, los Estados miembros no sólo estarán obligados a garantizar la confiscación del dinero criminal. También deberán adoptar normas que les permitan confiscar bienes por un valor correspondiente al rendimiento delictivo.

Cuando se transfieran activos delictivos o bienes de igual valor a un tercero, también debe ser posible confiscarlos, pero sólo si el tercero sabía o debería haber sabido que el propósito de la transferencia o adquisición era evitar el confiscación.

En algunos casos, la confiscación de beneficios delictivos también será posible cuando se hayan iniciado procedimientos penales pero no puedan continuar.

Confiscación de riqueza inexplicable

Por primera vez para muchos Estados miembros, una nueva norma sobre la confiscación de riquezas inexplicables permitirá, bajo ciertas condiciones, la confiscación de bienes identificados en el contexto de una investigación en relación con delitos penales, siempre que un tribunal nacional esté satisfecho de que los bienes identificados se derivan de actividades delictivas cometidas en el marco de una organización criminal y que esas actividades generan un beneficio económico sustancial. El acuerdo presta especial atención a las garantías procesales.

Gestión de activos

Los Estados miembros deberán designar autoridades (oficinas de gestión de activos) para gestionar los bienes congelados o confiscados, ya sea mediante gestión directa o mediante la prestación de apoyo y experiencia a otros organismos responsables de la gestión de los bienes congelados y confiscados. Los Estados miembros también deberán permitir la venta de bienes congelados, incluso antes de la confiscación definitiva, bajo ciertas condiciones (por ejemplo, si los bienes son perecederos).

El acuerdo deberá ser respaldado por los representantes de los Estados miembros en el Consejo (Coreper). Si se aprueba, el texto tendrá que pasar por el proceso de adopción formal tanto en el Consejo como en el Parlamento Europeo.

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