Hoy entra en vigor el nuevo Reglamento de Adopción internacional, que establece nuevas pautas de coordinación entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas. La norma refuerza la seguridad jurídica de los procedimientos de adopción yreduce los tiempos de tramitación.Una de las novedades es que a partir de ahora el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través de la Dirección General de Servicios para las Familias y la Infancia, establecerá el número de expedientes nuevos que podrán tramitarse con cada país. Para ello, previamente habrá consultado a las comunidades autónomas.El objetivo es racionalizar el sistema, evitando la acumulación de expedientes en los países de origen y adecuando los ofrecimientos de las personas que quieren adoptar a las necesidades reales de los menores. Esta adecuación cuantitativa y cualitativa de los ofrecimientos generará una disminución en los tiempos de tramitación.Otro de los cambios que supone el nuevo reglamento es que establece que será el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social quien acredite a las entidades colaboradoras de adopción internacional, que deberán presentar un informe de las comunidades autónomas sobre su actuación y garantizar el cumplimiento de los requisitos establecidos en dicho texto legal.Cuando el Ministerio acredite a un organismo, en su resolución especificará el país de origen para el cual se le acredita, y, en su caso, la región o estado del mismo en el que podrá intermediar. Del mismo modo, indicará los costes autorizados de la tramitación de un ofrecimiento de adopción dirigido a ese país, aprobados previamente por las comunidades autónomas.Una vez acreditadas, estas entidades tendrán la obligación de remitir periódicamente información sobre sus actividades.Los organismos de intermediación en adopción internacional podrán solicitar a partir de hoy su acreditación al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. Deberán realizar todos sus trámites a través de medios electrónicos. Para ello, se han implementado las funcionalidades necesarias en el Registro Electrónico ubicado en la Sede Electrónica de la página web del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
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