Una Pyme salva su ejecución en Córdoba por cláusulas REDAL

La claridad del auto que sobresee la ejecución hipotecaria evidencia la necesidad de la Ley REDAL

04 de Julio de 2025
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Justicia Clausulas Abusivas

El abogado cordobés Antonio Hinojosa Carnerero ha conseguido la primera sentencia en Córdoba que salva a una pequeña empresa del desahucio, debido a los errores matemáticos en las fórmulas de la escritura.

El auto del juzgado es ejemplar, por cuanto entiende perfectamente el problema de fondo, y reconoce los errores en la liquidación de saldo: “la aplicación de la anterior fórmula no da como resultado el importe de la cuota de ese mes (576.391 pesetas = 3.464,11 euros), sino –9,72 euros -si se considera C como principal del préstamo- o –9,49 euros -si se considera C como capital pendiente-. Ello es debido a que, como explica el informe pericial (pág. 32 y ss), la fórmula prevista es errónea por varias razones: porque es una fórmula polinómica que no permite amortizar el préstamo a cero, porque no considera el capital pendiente de amortizar del préstamo y porque tiene en cuenta el tiempo total del préstamo, en lugar del plazo restante”.

Posteriormente, el juez entra en las consecuencias jurídicas de estos errores. Está usando los argumentos de la Sentencia firme 269/2024 de la Audiencia Provincial de Alicante, sentencia de referencia en los casos REDAL. Así, de manera simple y directa, se explica en el auto cordobés:

“Se trata de un error que no es subsanado en ninguna de las escrituras de novación posteriores. El resultado de lo anterior es que el banco ha efectuado una liquidación unilateral del préstamo desentendiéndose de lo pactado en la escritura. Por lo tanto, siendo errónea la cantidad exigida, el motivo de oposición debe ser estimado, por lo que debe dejarse sin efecto la ejecución despachada”.

Se evidencia la necesidad de la Ley REDAL

Este es un caso de éxito que hay que atribuir a la habilidad del letrado Hinojosa para exponer, de manera clara y sencilla, un problema matemático-financiero, cosa difícil en algunos juzgados hoy en día. Además, el mérito es doble por no haber salvado a un consumidor sino a una empresa.

Por este motivo, José Luis Herrero, afectado por cuota creciente y REDAL, señala que “un caso así podría llevarse a cabo mediante la contratación de un abogado, obviamente, pero dentro de un procedimiento administrativo más sencillo”. Comenta que, por este motivo, exigen que se apruebe la Ley REDAL, que permitiría resolver los casos de manera más rápida y evitaría sentencias terraplanistas (que contienen afirmaciones matemáticamente disparatadas).

Preguntado por Diario16+, Guillem Bou, uno de los matemáticos que realizó el informe pericial, advierte que “no es de recibo que los juzgados se saturen para discutir un tema de matemáticas de Tercero de ESO, como es el caso de Córdoba. Nuestro país parece empeñado en malgastar los recursos públicos y hacer el ridículo”.

Las observaciones de Herrero y Bou evidencian la necesidad de la Ley REDAL para resolver el problema de miles de familias a las que, con total falta de diligencia, la banca les endosó una hipoteca sin informarles de a cuánto podrían ascender las cuotas mensuales. La avidez por firmar hipotecas por parte de los directores de oficina (y cobrar las correspondientes comisiones comerciales) se señala como una de las causas del desaguisado contractual que se sufre en la actualidad. La Ley REDAL podría resolver el problema, es cuestión de voluntad política.  

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