Accidente de Angrois: condenado el maquinista y el ex jefe de seguridad de Adif a 2 años y medio de prisión

Contestar una llamada y la desconexión del sistema de seguridad resultaron fatales para la jueza

26 de Julio de 2024
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El juzgado de lo Penal número 2 de Santiago de Compostela acaba de dar a conocer su sentencia sobre la responsabilidad en el accidente del tren Alvia en Angrois de 2013: dos años y medio de prisión para el maquinista, Francisco Garzón, y dos años y medio de prisión para el que fuera jefe de Seguridad en la Circulación de Adif, Andrés Cortabitarte. 

Cuando se cumplen 11 años del terrible accidente, la jueza Elena Fernández Currás ha sentenciado como hechos probables que los dos señalados son las personas responsables de 79 delitos de homicidio y de 143 delitos de lesiones, por imprudencia grave. 

 

Además de la pena privativa de libertad, ambos quedan inhabilitados para ejercer sus profesiones durante cuatro años y medio y deberán indemnizar a las víctimas con más de 25 millones de euros. Las aseguradoras QBE y Allianz Global, deberán respaldar la responsabilidad civil directa de Renfe y Adif. 

La sentencia no es firme, y contra ella cabe presentar recurso ante la Audiencia de A Coruña. 

En la sentencia se considera que dos fueron los hechos determinantes para que se produjera el accidente: una llamada telefónica que recibió el maquinista, de algo menos de dos minutos, y la eliminación del sistema de seguridad de frenado. 

La jueza considera que la llamada telefónica, que no era para atender nada urgente, según ella, hizo que el maquinista no se percatase de la velocidad a la que iba, es decir, 191 kilómetros por hora, en un tramo que no debería rebasar los 176 km/hora. Por esta razón, considera la jueza que el maquinista no estaba prestando atención en ese preciso instante y le condena como culpable. 

Sistema de Protección Automático (ERTMS)

Respecto al que fuera responsable de seguridad, la juez le ha condenado aunque la fiscalía retirase la acusación contra él en el último momento, porque considera que fue quien certificó que la línea y el subsistema de control, mando y señalización (CMS) reunían las condiciones de seguridad necesarias para la circulación. Por eso, el Ministerio de Fomento dio el visto bueno a la puesta en marca del servicio en diciembre de 2011, según considera la sentencia. Sin embargo, no se tuvo en cuenta el análisis realizado por la unión temporal de empresas (UTE), que sí había advertido del riesgo de descarrilamiento. De hecho, UTE recomendó que se instalase el Sistema de Protección Automático (ERTMS) para asegurarse de una protección ante un posible riesgo de accidente. Fue precisamente este sistema el que Cortabitarte autorizó a desconectar. 

Esa decisión hizo que en el tramo donde descariló el tren solamente estuviese funcionando el sistema de seguridad ASFA, lo que hace que la responsabilidad de la conducción recaiga en el conductor. 

Adif no llevó a cabo ningún tipo de evaluación del riesgo que suponía cambiar el sistema ERTMS (que aparecía en el proyecto original para todo el recorrido del tren en esa línea). 

Conducta "gravemente negligente del maquinista"

Según la jueza, el riesgo del accidente también es responsabilidad del maquinista, que tuvo una actitud "gravemente negligente", puesto que atendió a una llamada "carente de urgencia", según la sentencia. Una llamada que realizaba el interventor, es decir, de ámbito laboral, y que hizo que el maquinista perdiera su ubicación en la vía y no viese algunas de las señales que le hubieran permitido percatarse de que se estaba aproximando ala curva de Angrois. 

Según la jueza, la circunstancia se debió a la "omisión de la más elemental de las precauciones de un profesional", que, para ella, consiste en "cerciorarse, antes de contestar la llamada, del lugar en el que estaba, o incluso, de hacerlo durante la conversación". 

Recoge Europapress, que "debido a esa comunicación de un minuto y cuarenta segundos, el maquinista desatendió a la información de los documentos del tren, a las señales laterales y a un sonido acústico previo. Todo ello pese a que conocía la línea y específicamente la reducción tan importante de velocidad que imponía la curva y su brusquedad". 

Los peritos del juicio han coincidido en considerar que haber suprimido el sistema ERTMS suponía un incremento del riesgo. En este punto, fundamental, la juez dice no comprender que se haya concebido una línea de alta velocidad, a la que se le dota de uno de los sistemas de protección del tren más seguro que existía, para después, modificar el proyecto original, dejando que unos kilómetros del recorrido queden sin protección. 

En diciembre de 2020 realizamos esta entrevista al presidente de la Asociación de Víctimas del accidente de Angrois. Por el interés de sus palabras, recuperamos el contenido de la misma para nuestros lectores

 

 

 

 

 

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