Los bancos judicializan asuntos ya resueltos en favor del consumidor

El caso del juzgado 72 de Madrid, no por anecdótico menos relevante, es una muestra de lo que está sucediendo. Su titular ni siquiera se molesta en comunicar a las partes sus resoluciones

25 de Febrero de 2025
Actualizado a las 7:56h
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Blanqueo Corrupción bancos

El juzgado 104 de Madrid, especializado en contratos bancarios, productos financieros, y de inversión, ha enviado un escrito al Banco de España y al ministerio de Consumo denunciando a las entidades que, existiendo resoluciones judiciales en materia de tarjetas revolving y cláusulas abusivas, obligan a los clientes a acudir a los tribunales de justicia. El juez considera que esta obligación se puede calificar de “mala praxis” y pide que se estudie la posibilidad de imponer sanciones administrativas. Y no le falta razón. Tanto el Tribunal de Justicia de la Unión Europea como el Supremo han dictado sentencias favorables a los consumidores por las llamadas prácticas abusivas tanto en los contratos de préstamos como en las llamadas tarjetas revolving, unas resoluciones con carácter de firmeza y obligación ejecutiva. Aun así, algunas entidades obligan a los reclamantes a presentar la demanda judicial con el único propósito, tal y como señala el magistrado, de dilatar el proceso y retrasar el pago que necesariamente tendrán que hacer. El juez está dispuesto a remitir a las autoridades administrativas el listado de las entidades que llevan a cabo esta práctica.

No es la primera vez que Diario 16+ denuncia la existencia de este tipo de actuaciones en la banca. En los contratos de préstamos hipotecarios es obligatorio que el prestatario se haga cargo de los gastos de gestión para la constitución de ese préstamo. Y las resoluciones judiciales han dejado clara la inexistencia de la prescripción para las reclamaciones de las cantidades indebidamente cobradas. Cuando el cliente presenta la reclamación se encuentra con que la desestiman por haber caducado ese derecho a reclamar lo que obliga a tener que acudir a los tribunales de justicia. Algo parecido ocurre con la falta de transparencia en las llamadas tarjetas revolving sobre la que el Supremo acaba de dictaminar una nueva sentencia, o el IRPH, una referencia de los préstamos a interés variable considerada ilegal pero que se sigue manteniendo en muchas hipotecas.

El juzgado 104 de Madrid, hasta la fecha de la comunicación al Banco de España y al ministerio de Consumo había dictado 3.399 sentencias relacionadas con el crédito revolving de las cuales el 95% fueron favorables al cliente, ya sea por usura o por falta de transparencia. “Se pone en conocimiento de la autoridad pública de consumo y financiera dicha circunstancia en aplicación del principio de eficacia de la legislación de consumo de la Unión Europea y del efecto disuasorio de prácticas abusivas, por si pudiera derivarse algún tipo de infracción administrativa. En tal caso, este letrado facilitaría al organismo competente, si así se requiere, un listado de entidades, procedimientos y fallos judiciales sobre el particular”, indica la comunicación que lleva la firma del Letrado de la Administración de Justicia adscrito al juzgado. Y eso que en ella solo se habla de un producto financiero concreto. Pero es cierto que existen muchos más casos en otras instancias.

Lo que ocurre es que hay juzgados de primera instancia que están actuando de manera contraria para evitar el colapso con actuaciones en las que se sitúan del lado del banco. El caso del juzgado 72 de Madrid, no por anecdótico menos relevante, es una muestra de lo que está sucediendo. Su titular ni siquiera se molesta en comunicar a las partes sus resoluciones.  El juez Álvaro Rueda Tortuero ha puesto una nota informativa en la puerta de su despacho en la que dice que “en aquellos procedimientos en solicitud de nulidad, el allanamiento efectuado por las entidades financiera, bancaria o de crédito no conllevará imposición de costas”. El magistrado está prejuzgando, adelantando el resultado de la demanda, en un pasquín a la entrada de la dependencia lo que disuade a los demandantes. Rueda Tortuero generaliza el resultado sin estudiar caso por caso como es su obligación.

Los juzgados de primera instancia se encuentran al borde del colapso debido a estas demandas. Si los jueces adelantan que no van a imponer condenas en costas están dando por supuesto que van a fallar a favor del demandado. Es verdad que, de esta forma, se intenta agilizar las actuaciones judiciales en la materia. Pero hay que tener en cuenta que, según los datos del Banco de España, a finales de 2024 había 10.916 millones de euros de saldo vivo entre las tarjetas de crédito con el sistema de pago aplazado mediante “revolving”. Se trata de una cifra que se mantiene inalterable desde 2020 a pesar del ruido que han desatado este tipo de productos. Muchas de esas contrataciones han sido impugnadas en los tribunales y a esos contratos hay que sumar las reclamaciones por otro tipo de productos, sobre todo las referencias de los tipos de interés variables de los préstamos, los gastos y comisiones cobrados indebidamente e, incluso, todavía quedan por resolver algunos contenciosos de las escandalosas clausulas suelo.

La solución a este colapso pasaría por desjudicializar este tipo de demandas mediante la creación de una autoridad administrativa independiente que mediase en los conflictos por la comercialización de los productos financieros. Hay quien podrá decir que ya existe el servicio de reclamaciones del Banco de España, pero la autoridad monetaria se ve incapaz de mediar sobre todo porque las entidades financieras se niegan a aceptar todo tipo de arbitraje que no sea el judicial.

Es la fórmula que utilizan para dilatar los procedimientos ya que aunque saben que, al final, los juzgados van a fallar en su contra debido a la doctrina del Supremo que deja las cosas muy claras, la tardanza en resolver este tipo de asuntos puede llegar a al año, incluso a los dos años. Y el tiempo siempre juega a favor de los poderosos y en contra del humilde consumidor que verá como pasa el tiempo sin poder recuperar lo que le quitaron.

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