La Comisión Europea ha puesto en entredicho la reciente Ley de Amnistía española durante la vista celebrada hoy ante la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En su intervención, el abogado del Ejecutivo comunitario, Carlos Urraca Caviedes, aseguró que la norma no responde a un “objetivo de interés general”, sino que se concibió como parte de un “acuerdo político para lograr la investidura” de Pedro Sánchez.
Según el representante comunitario, la tramitación de la amnistía por vía de urgencia ha profundizado las divisiones en la clase política, en las instituciones y en la sociedad española, contraviniendo las advertencias de órganos consultivos como la Comisión de Venecia, que recomendó tomarse el tiempo necesario para un “diálogo significativo” con vistas a la tan invocada “reconciliación”.
El asunto llega al TJUE a través de una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal de Cuentas en el proceso que investiga la responsabilidad contable del expresident catalán Carles Puigdemont y otros implicados por el uso de fondos públicos en la financiación del referéndum del 1‑O de 2017 —declarado inconstitucional— y su acción exterior en defensa del procés.
Para el letrado de la Comisión, la ley de amnistía constituye una “autoamnistía” del poder político: sus beneficiarios fueron, de hecho, decisivos para la aprobación de la norma. Urraca Caviedes subrayó que, desde su concepción hasta su votación, la ley tuvo un componente esencialmente partidista y personalista, sin que medie un propósito social o jurídico de carácter público.
En este contexto, el principio de proporcionalidad exige que cualquier amnistía persiga un “objetivo legítimo” y que la medida sea un “medio adecuado” para alcanzarlo. Corresponderá al Tribunal de Cuentas comprobar si las excepciones que la ley introduce a los principios de seguridad jurídica e igualdad ante la ley respetan esos requisitos.
La Comisión Europea defendió también la competencia del TJUE para pronunciarse sobre la materia: incluso cuando los Estados miembros regulan ámbitos reservados, deben hacerlo “en pleno cumplimiento” de las obligaciones que impone el Derecho de la UE.
Por último, el abogado comunitario criticó el plazo máximo de dos meses que la ley concede a los tribunales nacionales para resolver sobre la aplicación de la amnistía. Ese término, dijo, “impide al Tribunal de Cuentas examinar adecuadamente el fondo del asunto”, ejerce una “presión indebida” y compromete la tutela judicial efectiva y la aplicación plena del Derecho de la Unión.
La Gran Sala del TJUE tendrá ahora que dirimir si España vulneró el Estado de Derecho al diseñar y aprobar una ley cuya finalidad principal fue blindar políticamente a quienes la impulsaron. El fallo, que podría tardar varios meses, marcará un hito en el difícil equilibrio entre soberanía nacional y exigencias comunitarias en materia de justicia.