El Gobierno impide a TV3 retransmitir frente al Supremo, a pesar de tener permiso del Ayuntamiento de Madrid

06 de Febrero de 2019
Actualizado el 02 de julio de 2024
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TV3
Conocíamos desde hace días el hecho de que a TV3 se le estaban poniendo trabas para poder retransmitir desde Madrid de cara al juicio que comenzará el próximo 12 de febrero. Por un lado, les cancelaron la reserva en un hotel que tenían ya reservado para poder hacer grabaciones y conexiones desde la capital de España. Pero además, a pesar de haber solicitado el permiso pertinente al Ayuntamiento de Madrid para poder grabar desde las inmediaciones del Supremo, concretamente para montar una base de 25 metros cuadrados, el gobierno de España ha bloqueado la posibilidad argumentando cuestiones de “seguridad”.Así, se ha determinado que ningún medio de comunicación podrá situarse en la plaza contigua al Tribunal Supremo (donde siempre se ha podido grabar hasta ahora), situada a pocos metros del Palacio de Justicia, para informar de lo que vaya aconteciendo cada día. La policía explica que la presencia de medios de comunicación es incompatible con las exigencias de seguridad que requiere un lugar donde se preven manifestaciones y concentraciones durante las jornadas en que vaya a celebrarse el juicio.Se ha señalado también, desde el Supremo, que no se permitirá la presencia de observadores internacionales, al considerar que “siendo televisado el juicio” no hará falta que nadie se traslade, puesto que podrán seguirlo desde cualquier lugar. Sin embargo, no se ha admitido la comparecencia por vía telemática de Carles Puigdemont, al considerar imprescindible que comparezca en persona.Desde medios como El Español explican que “la alerta es alta especialmente después de que el pasado 8 de enero ocho simpatizantes de Arran fueran detenidos cuando intentaban lanzar botes de pintura en la fachada del alto tribunal”. Y añade el diario que “el Juzgado de Instrucción número 11 de Madrid, al que le correspondió el asunto, ni siquiera pudo ponerles una prohibición de aproximarse al Supremo, dado que esa medida cautelar no está prevista en el Código Penal para el delito de desórdenes públicos”.
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