IRPH: Los jueces de la Audiencia Provincial de Barcelona acumulan querellas por prevaricación

23 de Noviembre de 2023
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IRPH Audiencia Barcelona

Ya es demasiado habitual que la Audiencia Provincial de Barcelona dicte sentencias favorables a los intereses de la banca en lo relacionado con el IRPH. Alguna excepción hay, tal y como publicamos en Diario16, pero, por desgracia, lo habitual es que los magistrados se declaren en rebeldía respecto a la jurisprudencia emanada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y no la apliquen, como es su obligación.

Esta situación está derivando en la interposición de querellas en las que se acusa a los jueces de prevaricación por no aplicar lo dictado por el Alto Tribunal europeo.

Ha vuelto a ser el despacho Arriaga Asociados quien ha interpuesto una nueva querella contra magistrados de dicha Audiencia Provincial, que se suma a la presentada el pasado 14 de noviembre contra los jueces de la Sección 13.

Según ha comunicado el bufete, la Sección 14 ha dictado una nueva sentencia que contradice la jurisprudencia del TJUE en un caso de IRPH y ha desestimado la demanda de un afectado que reclamaba la nulidad de la cláusula IRPH y la devolución de entre 30.000 y 40.000 euros pagados de más en su hipoteca.

El despacho va más allá y «expresa su preocupación ante la posibilidad de que las Secciones 11, 13 y 14 hayan llegado a un acuerdo para infringir el mandato legal del artículo 4 Bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta convergencia en acciones contrarias a los intereses de los clientes, a favor de los bancos, genera seria inquietud y alarma pública entre los consumidores, ya que los jueces, en contravención de las directrices europeas del TJUE, se niegan a examinar casos individuales, dando la impresión de considerarse por encima de las decisiones judiciales europeas».

Los magistrados denunciados, según señala Arriaga Asociados, han ignorado deliberada y dolosamente la sentencia del 13 de Julio de 2023 del TJUE al juzgar un caso sobre el IRPH. De haber aplicado dicho mandato, el fallo habría sido diferente, dando la razón a los clientes y permitiéndoles recuperar el dinero que la entidad cobró de más.

Los juzgados españoles parecen olvidar que la jurisprudencia del TJUE es obligatoria para todos los jueces y tribunales de España, y la sentencia del 13 de Julio de 2013 establece la obligación de informar a los clientes sobre la Circular 8/1990 del Banco de España y evaluar la aplicación de un diferencial negativo para el IRPH.

La decisión de los magistrados de ignorar la sentencia del TJUE, «expresando su desacuerdo y violándola deliberadamente, podría constituir un delito de prevaricación», señalan desde el despacho de abogados.

La Audiencia Provincial está obligada a dictar sentencias conforme a la ley y la jurisprudencia del TJUE. La negativa a hacerlo, según el artículo 4 Bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, constituiría un delito de prevaricación. Sin embargo, la Audiencia de Barcelona y sus magistrados parecen considerarse por encima de la ley, según su resolución.

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