UGT exige una corrección inmediata en la Ley de Paridad tras un grave error que compromete los derechos de conciliación laboral

La eliminación de la presunción de nulidad en ciertos despidos pone en peligro la protección de trabajadoras y trabajadores que ejercen su derecho a la conciliación familiar, advierte el sindicato

23 de Agosto de 2024
Actualizado a las 11:22h
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UGT exige una corrección inmediata en la Ley de Paridad tras un grave error que compromete los derechos de conciliación laboral

La ugt madeidUnión General de Trabajadoras y Trabajadores (UGT) ha lanzado una severa advertencia al Gobierno sobre un error grave en la recientemente aprobada Ley Orgánica 3/2024 de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, conocida popularmente como la Ley de Paridad. Este fallo, que ha pasado desapercibido para muchos, tiene el potencial de afectar negativamente a miles de personas trabajadoras que soliciten o disfruten de permisos laborales relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral, un derecho clave en la sociedad actual.

Esta ley, diseñada con la intención de avanzar en la igualdad de género y fomentar una mayor representación de las mujeres en posiciones de responsabilidad, ha introducido cambios en el Estatuto de los Trabajadores que, según UGT, son profundamente preocupantes. La modificación en cuestión afecta a los artículos 53 y 55 del Estatuto de los Trabajadores, eliminando la presunción de nulidad de despidos en casos que implican el ejercicio de derechos de conciliación, un aspecto esencial para la protección de las personas trabajadoras.

El núcleo del problema: un error en la redacción legislativa

El error detectado se encuentra en la Disposición Final Novena de la Ley Orgánica 3/2024, que modifica los artículos 53.4.b) y 55.5.b) del Estatuto de los Trabajadores. Aunque la inclusión de las víctimas de violencias sexuales en la protección frente a despidos es un paso positivo y necesario, la eliminación de la presunción de nulidad en casos relacionados con permisos de conciliación laboral representa un retroceso significativo.

Con la entrada en vigor de esta modificación el 22 de agosto de 2024, se ha eliminado la protección reforzada que garantizaba la nulidad del despido para las personas trabajadoras que soliciten o disfruten del permiso contemplado en el artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores. Este permiso, que abarca situaciones tan críticas como el cuidado de familiares graves o intervenciones médicas que requieren reposo, ya no contará con la presunción automática de nulidad en caso de despido, obligando a las personas afectadas a demostrar en los tribunales la existencia de discriminación o vulneración de derechos fundamentales.

La importancia de la "nulidad expresa" en la protección laboral

La "nulidad expresa" es un mecanismo de protección legal crucial, ya que impone a la empresa la carga de la prueba en casos de despido, obligándola a demostrar que la decisión de despido se basa en causas objetivas y no en una vulneración de derechos fundamentales. Con la eliminación de esta presunción, se abre la puerta a una mayor inseguridad jurídica para las personas trabajadoras que ejercen su derecho a la conciliación.

Aunque la ley aún permite la defensa de estos despidos en los tribunales bajo la presunción de discriminación, la ausencia de la nulidad expresa debilita la posición de los trabajadores afectados. Ahora, estos trabajadores deberán proporcionar indicios de discriminación para obtener la inversión de la carga de la prueba, lo que complica su situación y podría disuadir a muchos de luchar por sus derechos en un entorno judicial.

UGT demanda una rectificación inmediata

Ante este panorama, UGT ha exigido al Gobierno una rectificación inmediata de la Ley Orgánica 3/2024. El sindicato insiste en que este error no puede ser ignorado y debe ser corregido de manera urgente para restablecer la protección completa de los derechos de conciliación laboral. UGT ha dejado claro que, aunque este fallo legislativo no anula por completo la protección contra despidos discriminatorios, sí debilita una herramienta fundamental que ha sido clave en la defensa de los derechos laborales en España.

El sindicato también ha instado a las personas trabajadoras a mantenerse vigilantes y a no renunciar a sus derechos, recordándoles que, aunque la ley actual no incluya explícitamente la nulidad del despido por motivos de conciliación, sigue existiendo una presunción de discriminación que puede ser defendida en los tribunales. UGT se compromete a ofrecer todo el apoyo necesario para quienes se enfrenten a estas situaciones y asegura que seguirá presionando al Gobierno para que se corrija este grave error.

El impacto en la igualdad de género y la conciliación laboral

Este error legislativo no solo afecta a los derechos individuales de las personas trabajadoras, sino que también representa un obstáculo en el camino hacia la igualdad de género en el ámbito laboral. La conciliación de la vida familiar y laboral ha sido históricamente un desafío mayor para las mujeres, y cualquier debilitamiento en la protección de estos derechos podría desincentivar aún más su participación en el mercado laboral o en posiciones de mayor responsabilidad.

La Ley de Paridad fue concebida para abordar la desigualdad de género, pero este fallo pone en riesgo uno de los pilares fundamentales para alcanzar ese objetivo: la capacidad de las personas trabajadoras, y en particular de las mujeres, de equilibrar su vida profesional con sus responsabilidades familiares sin temor a represalias laborales.

Conclusión: la necesidad de una acción rápida y decidida

UGT ha dado la voz de alarma sobre un error que podría tener consecuencias significativas para los derechos laborales en España. La urgencia de corregir este fallo no puede ser subestimada, ya que afecta directamente a los trabajadores más vulnerables y amenaza con socavar los avances logrados en la igualdad de género y la conciliación de la vida laboral y familiar. El sindicato seguirá luchando por la corrección de esta ley y por la defensa inquebrantable de los derechos de todas las personas trabajadoras en España.

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