El Juzgado de Instrucción número 20 de Madrid ha rectificado una decisión que había generado una profunda inquietud en el ámbito del periodismo y del derecho a la información: ha levantado la imputación a cuatro periodistas y los ha citado como testigos. La medida, en consonancia con la doctrina de la Audiencia Provincial, devuelve el caso a su cauce natural: el de la protección de las libertades fundamentales en el ejercicio de la profesión periodística.
Los profesionales, pertenecientes a medios como El País, El Mundo y 20 Minutos, habían sido imputados por informar sobre un informe de la UCO relativo a la investigación por revelación de secretos contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Esa imputación generó una respuesta inmediata por parte del sector profesional y jurídico, que denunció el riesgo de criminalizar el cumplimiento de un deber constitucional.
Informar no es delinquir
El objeto de las informaciones no era otro que dar cuenta de un documento de gran relevancia institucional y jurídica, en el que la Guardia Civil detallaba las comunicaciones entre la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, y el fiscal general, en el marco de un procedimiento de enorme impacto público. El informe señalaba la participación de García Ortiz en los hechos que derivaron en una supuesta filtración sobre Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso.
En este contexto, los periodistas actuaron conforme a los principios esenciales del oficio: informar con rigor sobre hechos contrastados, de interés general y en plena observancia del derecho a la información veraz recogido en la Constitución. La pretensión de imputar penalmente a quienes publican informaciones relevantes, sin prueba alguna de participación en la filtración misma, ponía en entredicho no solo su profesionalidad, sino el mismo fundamento del periodismo libre.
La rectificación judicial, impulsada inicialmente por un recurso de apelación de una de las afectadas y secundada por la Audiencia Provincial, representa una corrección saludable del sistema de garantías, que devuelve el foco a donde debe estar: en quienes filtran información reservada, no en quienes la reciben y la publican cumpliendo con su función social.
Un precedente que alerta sobre los límites
A pesar de este cambio, otros tres periodistas continúan imputados por informaciones relacionadas con el mismo caso, lo que mantiene viva la preocupación en las redacciones y en las asociaciones profesionales. En respuesta, 55 informadores especializados en tribunales e Interior firmaron un manifiesto en el que reivindicaban su derecho —y deber— de informar sobre procedimientos de gran trascendencia institucional.
El precedente vivido en este caso deja una advertencia clara: el derecho a informar debe ser protegido con firmeza frente a intentos, voluntarios o no, de convertirlo en sospechoso. El periodismo no puede ni debe ser el eslabón débil de un sistema democrático. Cualquier intento de convertir al informador en acusado pone en riesgo no solo su libertad, sino la del conjunto de la ciudadanía, privada así de conocer aquello que le concierne.
Con esta rectificación, el Estado de derecho reequilibra sus resortes. Pero queda aún el deber de garantizar que el ejercicio del periodismo no pueda ser perseguido por informar, investigar o preguntar. La transparencia institucional y la libertad de prensa no son privilegios: son pilares esenciales de una democracia sólida.