El juicio a la expresidenta del Parlament de Catalunya, Laura Borràs, ha quedado visto para sentencia. La fiscalía se mantiene en sus conclusiones iniciales y pide para ella 6 años de cárcel mientras que para los otros dos acusados rebaja considerablemente las penas hasta el punto de que no ingresarán en prisión. Ambos llegaron a un acuerdo para incriminarla.
Los abogados de Borrás se quejan de este sistema judicial que, a pesar de las protestas, es perfectamente válido. Otra cosa bien diferente es lo que digan los jueces del tribunal. En cualquier caso, los letrados que representan a la presidenta de JxCAT, han vuelto a insistir en que es un juicio político, “una persecución”. Y la mayoría del mundo soberanista catalán opina de igual manera. Que este juicio es un “escarmiento a la líder independentista” la máxima dirigente del partido que representa, en Waterloo, Carles Puigdemont.
Lo cierto es que el argumentario que utilizan los independentistas tiene su razón. A Laura Borràs, si se la condena, será porque cuando era directora general de la Institución de las Letras Catalanas, ILC, entre los años 2013 y 2018, se adjudicaron 18 contratos a dedo por un total de 335.700 euros a un amigo suyo, Isaías Herrero, para que confeccionase y gestionase la página web de L`Institució. Para evitar tener que pasar por el concurso público, se decidió fraccionar el total del servicio en los 18 contratos mencionados y para disimular la contratación directa, se logró, a través de un amigo de Isaías Herrero, el otro acusado, la presentación de ofertas ficticias que eran rechazadas porque eran superiores a las que presentaba el informático.
Lo que en la calle se argumenta tiene su parte de razón. En las administraciones públicas, y también en el sector privado, se suele utilizar el llamado fraccionamiento de pago. Es la manera más sencilla de contratar directamente sin necesidad de tener que pasar por el sistema de concurrencia de ofertas. Este sistema de concurso público requiere plazos y costes. Es obligatoria, y sobre todo si se hace en el sector público, la publicidad. Se debe anunciar en los medios de comunicación la licitación correspondiente. Posteriormente existen amplios plazos para la presentación de ofertas. Y el proceso concluye con lo que se llama “apertura de plicas” que no es otra cosa que el acto de abrir la carpeta sellada que contiene la oferta, tanto económica, como de plazos y calidad de materiales de cada uno de los licitadores candidatos a quedarse con la adjudicación.
En el sector público se utiliza siempre para la contratación de obras civiles. Y también para suministros y servicios. Las administraciones locales y regionales son las entidades jurídicas que más utilizan el sistema. Están obligadas por ley. En el sector privado no es necesario el trámite, pero también es práctica habitual. Salvo para una excepción: la urgencia de la contratación. O, como dice la fiscal en el caso de Borràs, la necesidad de cumplir con un compromiso personal. Lo que se dice de la expresidenta del Parlament es que a Isaías Herrero le debía algún favor. Y por eso se atrevió a forzar la contratación directa para lo cual fraccionó el pago del servicio hasta el límite de lo que la ley señala, que no es necesario el sistema de licitación y se puede acudir a la adjudicación directa. Cada abono suponía el desembolso de 18.650 euros, Una cantidad insignificante que no requiere trámites mayores.
Es un sistema muy utilizado en las administraciones públicas. Y ese es el argumento que utilizan los soberanistas para exculpar a Borràs de la comisión de un delito. Y dicho argumento no solo es utilizado por Junts, sino también por la Asamblea Nacional de Catalunya, el PdeCat, y Omniun. Sólo ERC muestra ciertas reticencias. El partido de Oriol Junqueras habla de que, sea práctica habitual o no, la acción de Borrás entra dentro del capítulo de la corrupción. Pero lo dice con la boca pequeña y teniendo en cuenta la división existente en el seno del soberanismo que ha llevado a Esquerra a tener que negociar los presupuestos para este año con el PSC. Lo último que hubiesen deseado hacer.
Y no sólo el soberanismo utiliza este argumento para rechazar una posible condena a Borrás. Otros partidos de la izquierda, los Comuns, Podemos, Compromís, Mas Madrid, y un sector del PSOE hablan abiertamente de que “no es para tanto”. Que es una condena exagerada para un hecho donde están en juego 337.000 euros que no es una cantidad significativa. Se habla de la necesidad de modificar la ley en este sentido. Pero, una modificación de la legislación puede ser muy peligrosa porque acabaría por fomentar la corrupción. Algo parecido a lo que ha pasado con la rebaja del delito penal de malversación de caudales.
No opina de la misma manera la fiscal del juicio, “La señora Borràs, en conjura con Isaías Herrero, menospreció la confianza de los ciudadanos, actuó al margen de la normativa, tenía pleno conocimiento de que se fraccionaban contratos y de que se falseaban presupuestos. Ella era consciente de que lo que hacía era totalmente arbitrario y fue alertada de ello”, Así se ha expresado Teresa Duerto en su informe final.
Ahora falta por saber cuál es la decisión final del tribunal que ha juzgado este asunto. Pero la sombra de la duda va a quedar en la sala de vistas del Tribunal Superior de Justicia porque lo cierto es que este juicio huele, y mucho, a persecución política.