Tal y como publicamos en Diario16+, la magistrada Eva Cerón, titular del Juzgado de Primera Instancia 8 de Donostia, ha asestado un golpe casi definitivo al sistema hipotecario español al declarar nula de pleno derecho una hipoteca referenciada al IRPH suscrita con Kutxabank. Las consecuencias de esta decisión judicial son tremebundas y muy beneficiosas para los afectados por el índice.
La sentencia aplica sin paliativos la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y concluye que la cláusula que fijaba el tipo de interés carecía de la transparencia exigida por el derecho comunitario, y por ello anula no solo el índice, sino la totalidad del contrato. El banco, que ya ha recurrido la sentencia, debería devolver al cliente todas las cantidades pagadas con el interés legal del dinero, y el consumidor recupera su vivienda libre de cargas.
El fallo revela además que Kutxabank trató de escudarse en una interpretación parcial de una resolución previa del TJUE, la misma del Tribunal Supremo español: argumentó que basta con que los valores del IRPH se publiquen en el Boletín Oficial del Estado para garantizar la transparencia.
La magistrada reprochó al banco haber omitido la parte esencial del fallo europeo, que subraya que la mera publicación oficial solo es válida si la entidad facilita al cliente las indicaciones necesarias para acceder a ella. Al no incluir en el contrato ninguna referencia fiable ni instrucciones para consultar el BOE, la cláusula se revela como incomprensible para el consumidor medio.
La contundencia de esta resolución europea coloca al Tribunal Supremo español en una encrucijada. Durante años, el Alto Tribunal defendió la validez del IRPH mediante interpretaciones que muchos juristas calificaron de forzadas. Ahora, el TJUE ha corregido esa postura y, de manera insólita, ha entrado en el análisis del caso concreto, señalando con nitidez las deficiencias de la transparencia. Ante esta nueva realidad, persistir en avalar el IRPH situaría al Supremo en clara disconformidad con el derecho comunitario.
El impacto práctico de la sentencia de Donostia es enorme. Al anularse el préstamo en su conjunto, el consumidor no solo se libra de futuros pagos de interés, sino que recupera todo lo abonado desde el inicio: en un crédito de 2006 con 190.000 euros pendientes, el cliente podría pasar de deber esa cantidad a recibir más de 200.000 euros. Kutxabank ya ha anunciado recurso, pero la avalancha de reclamaciones se perfila imparable: miles de hipotecas IRPH esperan aún un pronunciamiento definitivo en los tribunales.
Más allá de la cifra, la sentencia de la magistrada Cerón envía un mensaje claro a la banca y al mismo Supremo: no basta con publicar un índice en el BOE; es obligatorio explicarlo y asegurarse de que el cliente lo entiende. Al fortalecer el derecho a la transparencia, la jueza ha cambiado el equilibrio de fuerzas en el mercado hipotecario y abre la puerta a una reparación masiva de los consumidores afectados por cláusulas opacas y abusivas. En el futuro inmediato, la protección del cliente y la fidelidad al Derecho de la Unión Europea deberán imponerse en cada sala, porque la era de la letra pequeña incomprensible ha tocado a su fin.