Los refugiados climáticos es el nuevo reto de los Derechos Humanos. De hecho, hace unos días, coincidiendo con la llegada masiva de personas a Ceuta, un grupo de representantes del mundo universitario y del activismo por la defensa de los derechos humanos hicieron llegar a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, un manifiesto. En él se plantea la necesidad de revisar la relación del derecho internacional con las personas que se ven obligadas a iniciar procesos migratorios por razones asociadas al cambio climático.
En el documento, suscrito por nombres de la relevancia de Aurelia Álvarez, Blanca Garcés, Cristina Monge o Javier de Lucas, entre otras 36 mujeres y hombres referentes en el mundo académico y en el activismo del estado español, ha recibido la respuesta afirmativa por parte de la presidencia del Congreso ante el planteamiento de iniciar un debate. Se trata de poner sobre la mesael tratamiento, que las personas que se ven obligadas a abandonar sus lugares de origen, deben recibir de los estados en cuanto a su condición de refugiados.
Promotor de la iniciativa
Miguel Pajares, presidente de la Comissió catalana d’ajuda als refugiats, y promotor de la iniciativa que se aglutina en torno al manifiesto, es uno de los mayores conocedores de los procesos migratorios en España. En su libro, Refugiados climáticos, Pajares hace un certero análisis de como los procesos movilidad forzada se verán afectados en las próximas décadas por los efectos del cambio climático. Y lo harán teniendo como principal consecuencia el aumento, en un cincuenta por ciento, de la población migrante del mundo con respecto a la actual, al llegar al 2060.
Los Derechos Humanos como herramientas de construcción social
Justo en el año 2004, en el marco del Foro de las Culturas de Barcelona, se promulgó la declaración universal de losderechos humanos emergentes. Esta declaración, como recoge su preámbulo, es una aportación que se hace desde la sociedad civil global como manera de complementar la Declaración Universal de los derechos humanos de la ONU. Así, nace de la voluntad de unos Estados, que desde una óptica liberal y con los parámetros culturales del mundo occidental, proponen unas aspiraciones éticas, que nunca han llegado a ser más que una declaración de intenciones.
En pocos hechos como en los relativos al cambio climático se puede apreciar la debilidad que el sistema de protección de los derechos humanos experimenta hoy en día.
Desde la concepción dogmática clásica, asentada en el concepto de los Estados-nación, pocas respuestas pueden darse a procesos globales directamente impulsados por corporaciones transnacionales, en unos casos, y por la acción de unos estados en otros, que no dudan en desmarcarse de los parámetros marcados por la comunidad internacional en el marco de las propias convenciones de las Naciones Unidas.
Es en el hecho climático donde la globalización impulsada por modelos producción salvajes, entra de manera de más clara en contradicción con la condición universal del Ser Humano, así como con su necesidad de asentamiento en un territorio concreto.
De esta forma, son las sociedades fuertemente industrializadas y condicionadas por un consumo desmesurado, las que contribuyen al deterioro de los bienes naturales universales. De la misma manera, la acción de grandes trasnacionales lo hace en entornos concretos condicionando las condiciones de vida de las comunidades locales.
Ante esta situación de desigualdad y desprotección nace la necesidad de infinidad de seres humanos de abandonar los espacios dónde tradicionalmente han desarrollado sus espacios de vida. Está situación es fruto de una acción de los gobiernos a favor de los intereses económicos y en contra del derecho a la vida de las personas y del derecho universal a la conservación del patrimonio natural, lo que según la Convención de Ginebra de 1951 constituye un hecho habilitante para la solicitud del derecho de asilo; al suponer una acción política reprobable, como acertadamente se recoge en el manifiesto presentado ante el Congreso de los Diputados.
Necesidad de revisión
La necesidad de revisar la concepción dogmática de los derechos humanos emanados de la Declaración Universal de 1948. De modernizar las herramientas de protección de estos derechos y de establecer nuevos marcos de relación entre la sociedad civil global y los Estados, es un reto que ya se planteó con la declaración de los derechos humanos emergentes y que aún hoy sigue sin tener respuesta clara.
El manifiesto planteado por la iniciativa española es una invitación a la institución pública para que saque a los derechos humanos del Sancta Sanctorum de la grandilocuencia, en demasiadas ocasiones inútil, de las Declaraciones Universales promovidas por la ONU y los ponga en los barrios, en los pueblos y en la vida de todas las personas del mundo.