Jesús María Ruiz de Arriaga se licenció en Derecho en 2009 y sólo dos años después abrió su despacho que tiene la filosofía, según dice él con orgullo, es ayudar a que a la gente a que se le haga justicia, sobre todo a las personas y familias que tienen menos recursos para acceder a los servicios jurídico.
Durante muchos años, Arriaga Asociados tuvo mucha presencia social en el caso de las preferentes o las cláusulas suelo. Ahora, con el IRPH, ha tenido una preponderancia por las querellas interpuestas contra magistrados de audiencias provinciales y del Tribunal en las que acusa de presunta prevaricación por no aplicar la jurisprudencia europea.
El informe de la Dirección General de Consumo de Baleares ha sido un documento fundamental para que los afectados por el IRPH tengan esperanza de recuperar el dinero que la banca les cobró de más…
Efectivamente, sobre todo porque de ahí surgió la cuestión prejudicial que terminó en la sentencia del 13 de julio. Hay que incidir en que fue una sentencia, no un auto aclaratorio, porque deja muy claro cuál es el criterio del Tribunal de Justicia de la UE y, sobre todo, de cómo debe aplicarse el Derecho de la Unión. El Tribunal Supremo realmente cuando dicta sentencias, todas las audiencias y tribunales siguen esa jurisprudencia y además hay un sistema de incentivos en el mundo de los jueces, que por ejemplo, si a un juez de primera instancia, en apelación, le tumba una sentencia la Audiencia Provincial, tiene menos puntos que si no se le tumba y así para arriba. Entonces, ese sistema, que en principio puede ser bueno, también es un sistema de control. Y eso también es grave, porque si no existiera ese sistema, según mi opinión, se dictan las sentencias en conciencia y habría muchas muy discrepantes.
Uno de los puntos del informe de Consumo Baleares es el asunto del diferencial negativo en el IRPH. La doctrina anterior del Supremo indicaba que el IRPH era válido porque era oficial y estaba publicado en el BOE, sin embargo, la Circular del Banco de España también lo está…
Hay que partir de la base de que es complicado que un consumidor pueda encontrar en el BOE esas circulares. Además, esas circulares del Banco de España, la de 1990 y la de 1994 estaban dirigidas a los bancos no a los consumidores. Un consumidor no debería estar obligado a leer lo que está dirigido a los bancos, y mucho más cuando, en aquella época, el BOE estaba en papel.
La cuestión es que si los bancos estaban obligados a cumplir una Circular del Banco de España, ¿por qué no lo hicieron o por qué no se les impidió que vulneraran de forma sistemática lo que estaban obligados a cumplir?
Nosotros, en las demandas no estamos pidiendo la nulidad del IRPH como tal, sino la falta de información a la hora de comercializarlo. El IRPH, en sí mismo no es nulo, lo que lleva a la nulidad es el hecho de no darle la información para que una persona toma tome una decisión y entre esa falta de información que aparece ya en esta última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, es la de informarle de la conveniencia de que era una obligación informar al cliente de que debería ponerle un diferencial negativo. La última sentencia del TJUE es bastante clara y sencilla de entender. En ningún momento habla de que el que el índice no es oficial y nadie lo cuestiona, pero ellos se van por ahí. Primer punto para despistar. Otras sentencias de la Audiencia Provincial de Barcelona hablan de que no sigue la doctrina del Tribunal Supremo porque la jueza que elevó la cuestión prejudicial, no la planteó correctamente y que de esa manera no la pueden tener en cuenta. Hay que recordar que los jueces españoles son europeos y tienen que seguir al TJUE. Eso está en la Ley Orgánica del Poder Judicial, el artículo 4 bis. Están, hablando de la nulidad, diciendo que el IRPH no es nulo ignorando el hecho más importante, la necesidad de informar al cliente de que tiene que poner un diferencial negativo. ¿Quién hubiera firmado sabiendo que, teniendo que ponerle un diferencial negativo tenía que pagar más porque les pusieron un diferencial positivo? Nadie en su sano juicio.
¿Cree que está tardando mucho el Supremo en dictar doctrina tras la sentencia del TJUE?
No, no creo.
Sin embargo, muchos abogados y los afectados están temerosos de lo que se pueda sacar de la chistera el Supremo…
En la prejudicial que derivó en el auto aclaratorio del TJUE se preguntaba, directamente, si era obligatorio que el banco presentara la evolución de los dos últimos años del IRPH. El TJUE dijo que no siempre que se diera al cliente suficiente información para que pudiera saber las consecuencias de lo que contrataba. En el Supremo no se pararon en la coma y dijeron, directamente, que no hacía falta informarle de la evolución del IRPH en los últimos años respecto al Euribor. Reconoció que no hubo transparencia pero que el índice es oficial. Ahí lo hizo muy simple y todos los jueces de este país lo siguieron.
En Europa dicen que el tema del IRPH irá y vendrá por, precisamente, la interpretación que hace el Supremo de las sentencias del TJUE…
Todo empezó porque el Supremo hace años utilizó como argumento que una persona normal podía enterarse de todo lo que significaba el IRPH.
¿La causa de lo que se está alargando el tema del IRPH tiene relación con que, según Goldman Sachs, los bancos tendrían que devolver hasta 70.000 millones de euros?
Sí, es la principal, aunque te añadiría muchas más. Desde luego, aquí se juega mucho dinero. Bien es verdad que Goldman Sachs hablaba también de escenarios, nosotros fuimos parte del estudio. El escenario de los 70.000 millones era en el que se declarara la nulidad total y los bancos tuvieran que devolver todo y no tener que pagar intereses. Otra situación sería una cifra un poco menor si se recalculan los intereses a pagar. Desde el punto de vista jurídico es muy defendible que se declare nula y que el préstamo se quede sin intereses. Y si has pagado que te los devuelvan y nunca más pagarás.
Ya ha habido sentencias de este tipo en España…
Nosotros exigimos sentencias en ese sentido, efectivamente, y es plausible. El Tribunal Supremo, en su momento, declaró que la cláusula suelo era abusiva, pero para minimizar los daños dijeron que no era retroactivo. Eso fue una barbaridad jurídica y Europa lo tumbó. Eso sí, los bancos tuvieron la ayuda del Gobierno de España.
Su despacho ha puesto varias querellas por prevaricación porque los jueces no aplican la jurisprudencia europea. ¿Está sufriendo represalias por ello?
Las llevo sufriendo desde hace años. Te contaré algo, cuando las cosas iban mejor y poníamos publicidad en los medios, tuvimos problemas con periódicos, radios y televisiones para poner esa publicidad porque ellos podrían tener problemas si Arriaga se anunciaba en sus medios.
Han llegado incluso a amenazarle con abrirle expediente en algún colegio de abogados…
Por suerte, que yo sepa, eso no llegó a nada. Lo que hacen es el berrinche y la amenaza. Tenemos derecho a denunciar y a querellarnos como acusación particular, que es lo que estamos haciendo. Sabes que es muy difícil ganar una querella contra un magistrado de una audiencia provincial o del Tribunal Supremo. Nos ponen multas porque dicen que las querellas son manifiestamente improcedentes. Eso es ilegal porque tenían que haber respondido con argumentos, cosa que no hicieron.
Evidentemente, ni siquiera hubo vista previa…
No, no hubo y hay una denuncia que deberían haber tramitado, procedido y habernos informado.
Hay un derecho en la Constitución que es el de la tutela judicial efectiva. La situación de la Administración de Justicia con relación a los bancos, sobre todo en el tema del IRPH, está vulnerando ese derecho que es fundamental…
Efectivamente, y de una manera indecente, genérica y clara. Hay más de un millón de familias a las que se ha aplicado una cláusula de una manera que les ha hecho perder dinero a las que el TJUE ha reconocido que se comercializó mal y que los jueces españoles están ignorando la jurisprudencia europea. Esto hace que los ciudadanos no tengan derecho a la justicia porque la Justicia española no sigue el mandato jurisprudencial de Europa.
Los jueces españoles, ¿juegan con la impunidad de saber que no les va a pasar nada decidan lo que decidan?
Sí y el IRPH es un ejemplo clarísimo. El Tribunal Supremo incumple conscientemente la jurisprudencia obligatoria del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y las audiencias provinciales cuando dictan de esa manera. Unos con los argumentos, otros con otros, para negar la mayor, que es lo que dice el TJUE. Y lo hacen, no me puedo creer que lo hagan a conciencia porque saben que no lo pueden hacer, pero claro, no pasa nada porque se refuerzan. Yo creo que se sienten impunes porque debería ser imposible que tantos jueces, tantas audiencias provinciales y el Supremo en tantas ocasiones puedan ir continuamente en contra de la jurisprudencia del TJUE y además, están continuamente llevando el tema a la Unión Europea, sobre todo porque el Tribunal Supremo marca la pauta a todos los demás en una interpretación fuera de la ley.
¿Cómo valora el hecho de que la Abogacía del Estado defienda los intereses de entidades privadas frente a los derechos de los ciudadanos?
Como una anomalía. Hay cosas que pueden ser controvertidas, pero cuando se trata de temas bancarios, siempre actúan a favor de los bancos, es lo que yo tengo experiencia y no se les cae la cara de vergüenza cuando normalmente siempre no les dan la razón. Es curioso porque siempre los bancos tienen un aliado en el abogado del Estado.
¿Cree usted que hay corrupción judicial en España?
No tengo ninguna información para afirmar que la hay. Sin embargo, si nos remitimos al IRPH, me cuesta entender el comportamiento tan anómalo de muchas audiencias provinciales e, incluso, del Supremo. Tengo la convicción de que se están dictando sentencias injustas a sabiendas, pero no tengo pruebas para afirmar que los jueces estén «condicionados».