El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha declarado a Guatemala responsable por no implementar acuerdos de reasentamiento y otras medidas de reparación alcanzados con miembros del Pueblo Maya K'iche', Maya Ixil y Maya Kaqchikel por su continuo desplazamiento forzado.
Los 269 miembros de dichos Pueblos que fueron desplazados forzosamente de sus comunidades durante las operaciones de tierra arrasada del conflicto armado interno de la década de 1980, acudieron al Comité en 2021 en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos alegando violación a sus derechos.
A pesar de que las víctimas habían acordado con Guatemala en 2011 una serie de medidas de reparación en el marco del Programa Nacional de Resarcimiento, dichas medidas, que incluían el reasentamiento y la construcción de viviendas alternativas, nunca se implementaron.
"El desplazamiento forzado es de naturaleza continua hasta que las víctimas se beneficien de un retorno seguro y digno a su lugar de residencia habitual o sean reasentadas voluntariamente en otro lugar", explica Hélène Tigroudja, miembro del Comité.
Desarraigo y despojo de la identidad
Las víctimas fueron desarraigadas violentamente de sus territorios tradicionales y obligadas a buscar refugio en la capital, en violación de su derecho contenido en el artículo 12 del Pacto. En un entorno cultural ajeno al propio también se vieron obligados a ocultar y, en última instancia, cambiar sus identidades, lo que conlleva también violación del artículo 27 del mismo.
"El desarraigo de las víctimas de sus territorios tradicionales tuvo un impacto profundamente devastador y duradero, ya que fueron despojadas irremediablemente de su identidad cultural", dice Tigroudja.
"Tuvieron que abandonar sus prácticas culturales, dejar de usar sus vestimentas tradicionales y dejar de hablar su idioma, lo que también constituye una pérdida irreparable para sus hijos y nietos", agrega.
Trauma intergeneracional
El Comité también ha considerado que el Estado no sólo violó los derechos de las personas que fueron desplazadas forzosamente, sino también de los niños de tercera generación nacidos estando sus comunidades aún desplazadas, a quienes se les transmitió el trauma de los hechos violentos y del desplazamiento.
En su decisión, el Comité ha detacado que la violencia de las operaciones de tierra arrasada y el desplazamiento forzado asociado provocaron que las víctimas tuvieran que dejar atrás los cuerpos de sus familiares. Por ende, no pudieron enterrar a sus familiares, ejecutados o desaparecidos, siguiendo sus rituales funerarios, en violación de su derecho a no ser sometidos a tortura ni a tratos inhumanos, protegido por el artículo 7 del Pacto.
"En la cultura maya, no realizar los ritos funerarios se considera una transgresión moral profunda que puede conducir a enfermedades espirituales que pueden manifestarse en enfermedades físicas y afectar a todo el linaje", agrega Tigroudja.
"Llevar a cabo dichas ceremonias y rituales es parte integral del respeto a la integridad física, moral y espiritual de los miembros de las comunidades, así como de las comunidades en su conjunto", dice.
Guatemala debe reparar
El Comité ha solicitado a Guatemala que busque y entregue a las víctimas los restos de sus familiares desaparecidos para que puedan realizar los rituales funerarios de acuerdo con sus culturas.
También ha pedido que construya las viviendas acordadas, que proporcione a las víctimas el tratamiento médico necesario, becas para estudiar y que realice un acto público de reconocimiento de responsabilidad en el que pida perdón por las violaciones denunciadas. También ha exigido a las autoridades que traduzcan la decisión a los idiomas maya k'iche', maya ixil y maya kaqchikel.