Tal y como publicamos en Diario16, el pasado 21 de julio el eurodiputado Jordi Cañas, de Ciudadanos, planteó una pregunta a la Comisión Europea en referencia al Real Decreto aprobado por el Gobierno de Pedro Sánchez para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el llamado «Icetazo».
Cañas incidía en varios aspectos de ese Real Decreto, como el hecho de que esté abierto un expediente de infracción a España por la situación de los interinos y que, y esto es importante, si la recepción de una parte de los «fondos europeos está supeditada a la reducción de la tasa de temporalidad por debajo del 8 % y qué porcentaje de los fondos depende de las reformas para acabar con el abuso de la temporalidad», afirmaba la pregunta a la Comisión.
La respuesta indicaba que la Comisión está analizando actualmente la última enmienda y vigila de cerca el futuro proceso legislativo para evaluar la conformidad del texto resultante con la Directiva 1999/70/CE del Consejo y la jurisprudencia pertinente del Tribunal de Justicia de la UE.
Esa evaluación por parte de la Comisión de cómo quede el redactado final del Real Decreto de los Interinos determinará finalmente las medidas que adoptará la Unión Europea respecto al expediente de infracción abierto contra España respecto a la compatibilidad de la legislación española con el Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada.
Respecto a los fondos europeos, la Comisión es contundente en su respuesta: «El anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España incluye medidas para reducir la tasa de empleo temporal en las administraciones públicas. El desembolso de los tramos se basa en el cumplimiento satisfactorio de un grupo de hitos y objetivos establecidos en la Decisión de Ejecución del Consejo, como las reformas mencionadas anteriormente, que también incluyen la finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo, con un mínimo de 300.000 puestos, a finales de 2024. El desembolso de los tramos se efectuará de conformidad con el Reglamento por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia».
Por tanto, una parte de los fondos europeos de recuperación están condicionados a que España cumpla con lo estipulado en la sentencia del TJUE de 19 de marzo. Sin embargo, el Decreto del Gobierno vulneraba claramente la jurisprudencia europea y, en consecuencia, salvo que la tramitación parlamentaria modifique mucho el contenido del «Icetazo», una parte de los fondos europeos no llegará porque están condicionados al cumplimiento de las leyes europeas.