Varias decenas de interinos, amparados por la sección sindical de la Confederación General del Trabajo (CGT) en la Diputación General de Aragón y la Asociación PTTAZ del Ayuntamiento de Zaragoza interpusieron el pasado 15 de febrero una denuncia en el buzón externo de la Directiva 2019/1937 de ASPERTIC-Viadenuncia.
A partir de ese momento, como las denuncias iniciales señalaban al Ayuntamiento de Zaragoza, se constató que ni éste ni tampoco ninguna de las entidades públicas de la Comunidad Autónoma de Aragón habían puesto en marcha dicho canal, cuando es algo obligatorio desde el 17 de diciembre de 2021. Todas las instituciones públicas deben tener su canal interno gestionado independientemente.
ASPERTIC, autoridad competente
ASPERTIC, como autoridad competente en términos de la Directiva Whistleblowers tal y como fue reconocida por la Audiencia Provincial de Barcelona desde febrero de 2022, notificó a dicho Ayuntamiento de la capital aragonesa por la falta de canal. También se informó al Ministerio de Hacienda y al Ministerio de Igualdad sobre la no existencia de otros canales independientes que era obligatorio tener ya en funcionamiento.
Ante el silencio institucional, y entendiendo la infracción continuada del Derecho de la Unión por parte de las instituciones públicas de dicha comunidad, como medida de protección a los denunciantes y al resto de los posibles afectados que están protegidos por el Derecho de la Unión, el canal resolvió, de acuerdo con los denunciantes, interponer una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), para que este órgano, como Jurisdicción competente europea, decidiera.
El fondo de la demanda
La demanda, a la que Diario16 ha tenido acceso, pide la suspensión de todas las oposiciones convocadas y las que haya previsión de convocatoria, hasta la clarificación jurídica de la más de veinte cuestiones prejudiciales actualmente en marcha.
Además, las recientes sentencias del TJUE obligan a que se tenga en cuenta la «antigüedad» de un trabajo de similares características en otra comunidad, institución u otros países de la Unión, cosa que ninguna de las oposiciones examinadas tiene previsto. Esto es importante porque los interinos «caídos» o «echados» pueden presentarse con sus méritos y antigüedad, con garantías, a otras oposiciones no previstas de regularización.
La demanda ha sido admitida a trámite y se han incoado los autos 413/2022 de la Sección 2 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA quien, como Alto Tribunal de la Unión Europea, deberá validar y ejecutar la petición de ASPERTIC y los denunciantes.
Hay que recordar que los canales de denuncias no son solo una protección para luchar contra la corrupción, sino que son principalmente la herramienta legal para que se aplique el Derecho de la Unión en todos sus términos.
Una vía novedosa
La acción jurídica, calificada por fuentes jurídicas como absolutamente novedosa porque no necesita fundamentarse en la ya famosa Directiva 1999/70/CE del acuerdo marco, ha sido liderada por el abogado Josep Jover y su equipo de especialistas en Derecho de la Unión.
Según ha declarado el letrado, «Era preciso sentarse y analizar la legislación europea actual, con las interpretaciones actuales; empezar desde 0. Que no se haya hecho nada nuevo en nueve años, dice muy poco en favor de los abogados, jueces, interinos y administraciones, al afrontar el problema».
Por otro lado, según señala un comunicado de los demandantes, «todo el personal temporal en abuso de temporalidad de Aragón, que incluye tanto a las instituciones autonómicas como locales o provinciales que quieran incorporarse a este procedimiento pueden ponerse en contacto con la sección sindical de CGT en la Diputación General de Aragón escribiendo al correo electrónico, [email protected] o para recibir información para procedimientos a nivel nacional en el correo [email protected]».