Nueva condena de Europa a España por la legislación laboral

El fallo subraya que los topes actuales de las indemnizaciones por despido no solo resultan insuficientes para reparar el daño sufrido por el trabajador, sino que impiden a los juzgados ponderar circunstancias clave como la antigüedad

27 de Junio de 2025
Actualizado a la 13:07h
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Sanchez Ref Amn

El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ha propinado a España un nuevo varapalo judicial al considerar que sus mecanismos de reparación ante los despidos injustificados resultan “insuficientes” y nada disuasorios para las empresas. En una resolución unánime, el órgano del Consejo de Europa da la razón al sindicato Comisiones Obreras, que en 2022 presentó la denuncia contra los límites indemnizatorios previstos en la Ley Orgánica del Trabajo. Se trata de la segunda ocasión en la que el CEDS reprueba la legislación española, tras un dictamen idéntico emitido en 2024 a raíz de una queja de UGT.

El fallo subraya que los topes actuales —doce días de salario por año trabajado, con un máximo de veinticuatro mensualidades— no solo resultan insuficientes para reparar el daño sufrido por el trabajador, sino que impiden a los juzgados ponderar circunstancias clave como la antigüedad o el perfil profesional de la víctima. “Estas indemnizaciones no alcanzan ni a cubrir el perjuicio real ni disuaden el despido arbitrario”, advierte el Comité, que denuncia asimismo la desigualdad en la protección de quienes encadenan contratos temporales fraudulentos y reciben compensaciones aún menores.

Otro reproche esencial se centra en la imposibilidad práctica de ordenar la readmisión del empleado despedido. Pese a que el Estatuto contempla esta medida como excepcional, la rigidez legal y la falta de criterios para valorar caso a caso han convertido la reincorporación en una quimera jurídica. El CEDS recuerda que la readmisión es un instrumento clave para garantizar la reinserción laboral y frenar despidos abusivos, y exige que los tribunales dispongan de margen para determinar su viabilidad según las circunstancias de cada expediente.

La reacción sindical fue inmediata. Comisiones Obreras celebró la sentencia y su secretario general, Unai Sordo, reclamó la derogación de los topes indemnizatorios y la habilitación expresa de la readmisión judicial: “Solo así los jueces podrán garantizar justicia real y, con ella, el respeto a la Carta Social Europea”. Del otro lado del debate, la patronal CEOE estudia sus posibles líneas de defensa, avisando de que una elevación de las indemnizaciones podría encarecer la contratación y disparar los litigios laborales.

El Ministerio de Trabajo, todavía sin pronunciarse de forma oficial, se enfrenta ahora al imperativo de reformar el Estatuto de los Trabajadores para adaptarlo a los estándares europeos. En un mercado marcado por la temporalidad —con más del 25 % de los contratos de corta duración—, la sentencia de Estrasburgo supone un reto mayúsculo: adecuar la normativa para equilibrar la protección de los empleados sin estrangular la competitividad empresarial. Mientras el reloj avanza, miles de trabajadores aguardan con esperanza la concreción de cambios que refuercen sus derechos y recuperen la confianza en la justicia laboral española.

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