La autodeterminación de género, tal como ha sido incorporada en algunas legislaciones, permite modificar el sexo legal sin requisitos médicos ni administrativos adicionales. Este enfoque, aunque orientado a garantizar derechos individuales, introduce efectos estructurales relevantes en ámbitos donde el sexo es una variable crítica: salud pública, deporte competitivo y legislación sobre igualdad. Este análisis examina las tensiones jurídicas, estadísticas y materiales que surgen cuando el sexo legal se desvincula de la realidad biológica, con especial atención a las consecuencias sobre los derechos de las mujeres y el funcionamiento de las políticas públicas.
Sexo legal y sujeto político: implicaciones en la igualdad
El sujeto político del feminismo es una categoría jurídica basada en el sexo. No se define por una identidad sentida, sino por una posición estructural en una jerarquía social que ha producido desigualdad, violencia y exclusión. Las mujeres han sido históricamente discriminadas no por cómo se sienten, sino por haber nacido con cuerpos leídos socialmente como femeninos. Cuando se permite modificar el sexo legal sin ninguna evaluación objetiva, se transforma el fundamento mismo sobre el que se han construido políticas públicas como las leyes de igualdad, las acciones afirmativas o la protección frente a la violencia machista.
Sustituir la categoría “sexo” por “identidad de género” en registros administrativos y censales afecta directamente a la capacidad del Estado para producir estadísticas fiables. Sin datos desagregados por sexo, no es posible analizar la brecha salarial, la feminización de la pobreza, la violencia sexual o la distribución del poder económico y político. Esta pérdida de capacidad diagnóstica limita la posibilidad de intervenir eficazmente sobre desigualdades estructurales.
Ámbitos sensibles: salud, deporte y espacios protegidos
En el ámbito sanitario, el sexo biológico sigue siendo una variable esencial para el diagnóstico, el tratamiento y la prevención de enfermedades. Los valores hormonales, metabólicos y hematológicos varían entre hombres y mujeres. La medicina basada en la evidencia requiere datos clínicos precisos, y el reemplazo del sexo por la identidad de género en los formularios o historiales médicos puede conducir a errores diagnósticos y tratamientos inapropiados.
En el deporte, la segregación por sexo responde a criterios fisiológicos objetivos. El desarrollo físico masculino proporciona ventajas significativas en fuerza, resistencia, velocidad y composición corporal. Se han registrado casos en los que deportistas que no lograban resultados destacados como varones han conseguido títulos en categoría femenina tras modificar su sexo legal. Esta situación cuestiona la equidad en la competición y exige regulaciones que garanticen la inclusión sin desmantelar la integridad de las categorías femeninas.
En espacios protegidos como prisiones de mujeres o instalaciones segregadas, el acceso basado únicamente en la identidad de género puede generar vulneraciones. Muchas de estas mujeres han sufrido violencia por parte de varones y necesitan condiciones de seguridad y confianza. Ignorar la dimensión corporal y material en estos contextos compromete sus derechos y bienestar.
Coherencia normativa y garantía de derechos en conflicto
Toda ampliación de derechos debe ser jurídicamente compatible con los derechos ya existentes. La introducción de la autodeterminación de género sin limitaciones ni evaluación de impacto genera colisiones normativas con leyes que protegen a las mujeres como colectivo basado en el sexo. Es necesario establecer mecanismos de ponderación, criterios objetivos y delimitaciones normativas que permitan articular derechos en tensión sin que unos desplacen o anulen a otros.
El reconocimiento legal de las personas trans no implica eliminar el sexo como categoría jurídica, médica o estadística. Es posible y necesario garantizar la dignidad, la seguridad y la inclusión de las personas trans sin poner en riesgo la estructura legal que protege a las mujeres frente a desigualdades sistemáticas. Defender la relevancia del sexo no es una posición de exclusión, sino una exigencia de claridad jurídica, eficacia política y rigor técnico.