La Fiscalía se ha opuesto a que el Tribunal Supremo acepte la petición del juez Juan Carlos Peinado de investigar al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, por presuntos delitos de falso testimonio y malversación en el marco del caso Begoña Gómez.
Fuentes jurídicas consultadas por RTVE indican que esa es la posición fijada por el fiscal del Supremo, Fernando Prieto, en el informe elevado a la Sala de Admisión, que ahora debe decidir si sigue la línea marcada por el Ministerio Público o, por contra, acceder a la petición de Peinado.
El titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid dirigió hace dos semanas una exposición razonada al Supremo pidiendo que investigara a Bolaños al considerar que incurrió en dichos delitos por la contratación de la exasesora de Moncloa Cristina Álvarez como asistenta de Gómez.
Peinado basaba el delito de falso testimonio en las contradicciones que apreció entre las declaraciones como testigos de Bolaños y el responsable de personal de Moncloa, Raúl Díaz.
En cuanto a la malversación, razonó que Bolaños era el responsable de velar por los fondos públicos con los que se pagó a Álvarez para que asistiera a Gómez no solo en su faceta de mujer del presidente del Gobierno, sino también en sus actividades privadas.
Cabe recordar que la Audiencia de Madrid ha apuntalado los indicios contra la asesora de Gómez, Cristina Álvarez, al respaldar investigar si “se sobrepasó” en el desempeño de sus “funciones públicas” como asesora de Begoña Gómez para favorecer el plan delictivo” de la mujer del presidente del Gobierno en un supuesto tráfico de influencias.
La Sección 23 de la Audiencia Provincial confirma así la condición de investigada de Álvarez, si bien estima parcialmente uno de sus recursos y anula la declaración que prestó en diciembre de 2024 como testigo, y que acabó desembocando un mes después en su imputación.
En su auto, el tribunal menciona que “una clara y palmaria desviación de las labores de un funcionario público” respecto a la ayuda y acompañamiento institucional de la mujer del presidente del Gobierno “puede haber sido voluntariamente utilizada, desde un inicio, como un indebido soporte o desviación de recursos públicos en favor exclusivamente de intereses privados”.
Sostienen los magistrados que la investigación debe centrarse en si Álvarez se excedió en sus funciones “para favorecer el plan delictivo” de Begoña Gómez “en el delito de tráfico de influencias, mediante la desviación de medios públicos puestos indebidamente al servicio de intereses particulares o estrictamente privados”.