Salomé Pradas revelará a la jueza sus conversaciones con Mazón la tarde de la riada

La instructora imputa a la exconsellera de Interior pero exculpa, de momento, al presidente de la Generalitat Valenciana

11 de Marzo de 2025
Actualizado a las 12:01h
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Carlos Mazón y Salomé Pradas en una imagen de archivo.
Carlos Mazón y Salomé Pradas en una imagen de archivo.

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana en Valencia ha citado a declarar como investigados a la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y al ex secretario autonómico de ese departamento Emilio Argüeso y lo rechaza respecto al president de la Generalitat, Carlos Mazón, sin perjuicio de que él lo pida voluntariamente, según el auto al que ha tenido acceso Diario16+.

La decisión de la magistrada tiene un aspecto positivo –sentar en el banquillo a las personas que estuvieron al mando en aquellas horas trágicas del 29 de octubre, cuando un tsunami de agua arrolló la comarca de l’Horta Sud dejando un rastro de destrucción a su paso, además de 224 fallecidos y tres desaparecidos– y otro negativo: es un error no abrir causa contra Mazón, el máximo responsable del Consell. Es evidente que la jueza no ha querido arriesgarse a solicitar la citación del jefe del Gobierno valenciano, ya que para ello tendría que remitir el expediente al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, al tratarse de un político aforado que goza de inmunidad parlamentaria. Esta traba ha llevado a Nuria Ruiz, titular del juzgado de Catarroja, a ser prudente.

Podría parecer que Carlos Mazón ha logrado salvar una pelota de partido, hablando en términos tenísticos, pero no debería cantar victoria el honorable. En función de lo que digan los dos imputados, la gestión del dirigente popular podría quedar en evidencia o entredicho y entonces la magistrada, esta vez sí, podría requerir su imputación. La ley procesal es clara al respecto: si en el transcurso de la investigación aparecen nuevos datos o un testigo o imputado aporta nuevas revelaciones, el titular del juzgado puede llamar a nuevos investigados. Por tanto, queda mucho partido por jugar, aunque la decisión de la instructora se interpreta en medios judiciales como un frenazo a la investigación. Hasta ahora, Ruiz se había revelado como una jueza incansable y valiente a la que no le ha temblado el pulso a la hora de llegar hasta el fondo de la verdad de lo que ocurrió aquella tarde. Pero nadie puede entender que una consellera se siente en el banquillo y no su jefe, el máximo responsable de las medidas que se adoptaron desde el Cecopi. 

Además, ha trascendido que entre Pradas y Mazón se cruzaron llamadas telefónicas a la largo de la tarde. ¿Qué se dijeron, hubo instrucciones precisas del presidente de la Generalitat, ordenó él a su subalterna que no enviara la alerta roja a la población, una decisión que podría haber salvado decenas de vidas? Es absurdo pensar que el dirigente popular, por muy encerrado que estuviese en el restaurante El Ventorro, donde pasó largas horas en compañía de una conocida periodista mientras los valencianos se ahogaban, delegara totalmente en la consellera de Interior. Y aunque así hubiese sido, eso tampoco le eximiría de responsabilidad. No hace falta ser un analista avezado en asuntos judiciales para entender que la estrategia de defensa de Pradas va a tener una línea preferente: ella cumplía órdenes de la superioridad, o sea de Carlos Mazón. De otra manera, estaría dispuesta a “comerse el marrón” de un delito de negligencia con resultado de 227 muertes.

Cabría la remota posibilidad de que Pradas haya dado la batalla por perdida, asumiendo que solo ella es la culpable del desastre en la gestión por no haber apretado el botón rojo de la alerta. Pero esta posición no sería la normal ni la más inteligente. Si Carlos Mazón le dijo que aguantara durante horas sin decretar el aviso por dana a la población se terminará sabiendo, sencillamente porque cambiaría mucho su situación judicial, ya que, de demostrarse la responsabilidad compartida, las posibles penas se reducirían considerablemente. Por tanto, sus abogados ya le habrán aconsejado que lo cuente todo, que ponga su teléfono móvil a disposición de la jueza, que relate punto por punto qué se dijeron ella y el president y que diga toda la verdad que no está diciendo el máximo dirigente del PP en la Comunitat Valenciana.

Nuevas revelaciones

Además, la magistrada ha rechazado la admisión de querellas respecto a otros responsables de la Administración autonómica y de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), según acuerda en dos autos notificados este lunes a las partes personadas en el procedimiento, que se sigue por presuntos delitos de homicidio y lesiones por imprudencia, según informa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

En la primera de las resoluciones, la instructora eleva a 225 el número de víctimas mortales (hasta ahora eran 224), junto a tres personas desaparecidas, que incluirá estas diligencias previas, tras incorporar a las mismas a una mujer que padecía leucemia, requería transfusiones periódicas de sangre y asistencia respiratoria con oxígeno y, después de quedar sin esa asistencia, falleció en el Hospital La Fe el 12 de noviembre del pasado año.

La jueza reitera en este auto que el aviso a la población por el sistema Es-Alert a las 20.11 horas del 29 de octubre resultó “tardío y erróneo” y recuerda asimismo que la dana “no fue un fenómeno meteorológico imprevisto”, ya que su avance y desarrollo fue anunciado por la Aemet, “hasta el punto de que la Universitat de València acordó la suspensión completa de sus actividades”.

A juicio de la magistrada, esas previsiones “debieron llevar a una convocatoria en la mañana” de ese día del Centro de Coordinación Operativa Integrada (Cecopi), “al objeto cuanto menos de avisar a la población”.

El auto desgrana la información oficial y detallada sobre la alerta meteorológica que ofreció durante toda la jornada la televisión autonómica À Punt, incluidas diversas conexiones en directo desde localidades afectadas como Chiva o Utiel, donde se daba cuenta minutos después de las 15.00 horas del desbordamiento del barranco del Gallo (que toma, caudal abajo, el nombre del Poyo) o del río Magro, respectivamente.

De este modo, para la jueza, la convocatoria del Cecopi, a las 17 horas de ese día, “se llevó a cabo con una gran demora, a lo que ha de sumarse que la toma de decisiones por la Administración autonómica destinada a alertar a la población se produjo con un retraso todavía mayor”.

El Cecopi –prosigue– “es un órgano de coordinación” en materia de emergencias con otras administraciones, pero “ello es completamente independiente de las decisiones que se pueden tomar en el ámbito de protección civil por quien ostenta no solo la competencia exclusiva, sino la posibilidad de llevar a cabo la comunicación a la población de las medidas de protección”.

La jueza entiende que los anuncios sobre la “gravedad de la situación” se produjeron “en diversos ámbitos y con una antelación suficiente”, a través de Aemet, las llamadas al teléfono de emergencias de la Generalitat 112, los medios de comunicación o la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ).

“El problema residiría no en la ausencia de información, la había sobrada, y por innumerables medios, en tiempo real (…), sino en el hecho de que ante dicha información, o bien se ignorara la misma, no se comprendiera su alcance (…) o no se tomaran las decisiones pertinentes por quien tenía el poder de decisión”, afirma.

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