La jueza de Catarroja está dando serios quebraderos de cabeza a Carlos Mazón y, por extensión, al Partido Popular. Su reciente auto, en el que reprochaba al Consell que no se hubiese activado la alerta roja durante la dana de Valencia y en el que recordaba que los daños fueron inevitables, pero las 227 muertes no, ya fue un serio toque de atención. Pero solo era el primero de una serie de resoluciones que prometen convertirse en una pesadilla para Mazón. En las últimas horas, la magistrada que investiga posibles delitos de homicidio y lesiones por imprudencia grave en relación con la riada ha inadmitido una querella formulada por un grupo ultraderechista contra la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, al considerar que “la competencia en materia de protección civil es autonómica” y “la inactividad se produjo en dicho ámbito”.
La asociación Hazte Oír solicitaba, en un escrito tramitado inicialmente en el Juzgado de Instrucción 10 de Valencia y que fue remitido después por inhibición a Instrucción 3 de Catarroja, que Bernabé fuera investigada por no haber instado al Ministerio del Interior la declaración de emergencia de interés nacional, informa Efe. Un duro golpe para el mundo neofranquista y sus mentiras.
Con su denuncia, los ultras trataban, una vez más, de consumar uno de sus trucos marrulleros: colocar una querella o denuncia en un juzgado que consideran propicio y proclive a la admisión de sus denuncias. No ha colado en esta ocasión. El escrito de Hazte Oír ha terminado finalmente donde tenía que terminar, en el despacho de la jueza de la dana, que es la que instruye el caso, y finalmente en la papelera, como no podía ser de otra manera dado el escaso nivel jurídico y probatorio que presentaba. Aprenda, juez Peinado.
Estamos, sin duda, ante una instructora independiente, con sentido común y valiente, cualidades que no abundan en el estamento judicial. Nuria Ruiz Tobarra es una profesional metódica, rigurosa, meticulosa y decidida. Desde el principio ha entendido que la tragedia de la riada, caso de tenerlo, tiene un primer responsable: el Gobierno de la Comunidad Autónoma, sobre el que recaía la responsabilidad de activar el sistema de alerta telemática a la población. A partir de ahí, todos los bulos propalados desde el 29 de octubre por el Consell quedan desmontados. Y la gran mentira del PP valenciano, consistente en el delirio de que Pedro Sánchez es el gran culpable del desastre (infame versión con la que ha colaborado Feijóo), al desnudo.
Ruiz Tobarra es la responsable del juzgado de primera instancia e instrucción de Catarroja desde el año 2007. Catarroja es una de las poblaciones más castigadas por la gota fría y en su partido judicial se registraron 75 víctimas mortales, la cifra más alta de todas. La magistrada entiende que la omisión que alegan los querellantes no constituye una base para atribuir a la delegada del Gobierno los homicidios y lesiones cometidos por imprudencia grave.
“Asociar a la delegada del Gobierno la responsabilidad en los fallecimientos y lesiones imprudentes del día 29 de octubre, cuando la competencia en materia de protección civil es autonómica y la inactividad se produjo en dicho ámbito, carece de cualquier asidero legal”, precisa. Además, señala que para alertar a la población “no era preciso instar” esa declaración, pues “se podía realizar perfectamente desde el ámbito autonómico que estaba asumiendo las competencias en materia de emergencias”.
Por tanto, insiste, no era “preciso trasladar dicha actuación, que se adoptaran medidas de autoprotección, a la Administración central a través del Ministerio del Interior”. La jueza señala que la cercanía de la Comunidad a los ciudadanos, al lugar donde se estaba produciendo la emergencia, “constituye un elemento esencial en el ámbito de la protección civil”, ya que permite “conocer la gravedad” de esa emergencia y acordar lo procedente con la máxima celeridad, como la comunicación a la población de medidas de autoprotección.
Por otro lado, la instructora ha dictado este lunes un segundo auto en el que decreta el sobreseimiento libre de una denuncia por daños materiales provocados por la dana, de la que se había inhibido en su favor el Juzgado de Instrucción 15 de València, al tiempo que hace expresa reserva de acciones ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La resolución judicial recuerda que el objeto de la investigación que se sigue en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja es “los fallecimientos y las lesiones, asociados a una actuación negligente”, fallecimientos que “sí se podían evitar”, a diferencia de lo ocurrido con los daños materiales.
La causa abierta por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja incluye ya más de 160 de los 224 fallecimientos registrados oficialmente, después de la aceptación de las inhibiciones cursadas por diferentes juzgados de València, Picassent, Alzira o Torrent.
Desde el pasado mes de diciembre, cuando empezó a practicar diligencias de investigación, la jueza ha tomado declaración a, al menos, 60 testigos, familiares de los fallecidos, y realizado un número aún mayor de ofrecimientos de acciones a los perjudicados, según el TSJCV. Muchos de esos testigos, que están en tratamiento psicológico a causa de lo ocurrido, están examinándose ya por el Instituto de Medicina Legal de Valencia para evaluar sus daños y secuelas psicológicas.
De las declaraciones testificales practicadas hasta ahora la juez concluye indiciariamente, y así lo ha expuesto en diversos autos, que hubo una “palmaria ausencia de avisos a la población, que no pudo tomar ninguna medida para protegerse” y que el aviso emitido a las 20.11 horas por SMS a los ciudadanos resultó “notablemente tardío” y “errado en su contenido”.
En las diligencias judiciales se han personado hasta el momento una decena de acusaciones particulares, en representación de familiares de los fallecidos, y tres acusaciones populares (Vox, Podemos y FTAP-CGT) tras el pago de sendas fianzas de 6.000 euros.