El Supremo declara ilegal la devolución de menores no acompañados a Marruecos en 2021

22 de Enero de 2024
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Menores no compañados Ceuta

El Tribunal Supremo de España ha determinado que la devolución de menores no acompañados desde Ceuta a Marruecos en agosto de 2021 fue una acción ilegal. Esta decisión surge tras un análisis crítico de las prácticas adoptadas por las autoridades españolas, que, según el Tribunal, incumplieron tanto la Ley de Extranjería nacional como el Convenio Europeo de Derechos Humanos, este último prohíbe específicamente las expulsiones colectivas de extranjeros.

El fallo del Tribunal resalta que el proceso de retorno de estos menores, que se encontraban en España de forma ilegal, no puede fundamentarse exclusivamente en el Acuerdo de 2007 entre España y Marruecos. En su lugar, debe adherirse a la legislación española vigente, prestando especial atención a las garantías procedimentales que protegen a los menores.

Los jueces del Tribunal han desestimado los argumentos presentados por la Delegación de Gobierno en Ceuta y el Gobierno de la ciudad autónoma. Estos argumentos sostenían que las devoluciones se realizaron en respuesta a una "invasión" y que se alineaban con el acuerdo de 2007 con Marruecos. Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado esta defensa, alineándose con la opinión del Ministerio Fiscal de que se violaron los derechos de integridad física y moral de los menores involucrados.

La decisión del Supremo respalda la sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que a su vez confirmó el fallo de un juzgado de Ceuta. Este juzgado había aceptado los argumentos de la Coordinadora de Barrios para el Seguimiento de Jóvenes y Menores, que actuó en nombre de ocho menores marroquíes, concluyendo que España había actuado ilegalmente al no seguir los procedimientos adecuados establecidos por la Ley y el Reglamento de Extranjería.

El Tribunal Supremo, a lo largo de un detallado documento de 19 páginas, reconoce la complejidad de la situación vivida en Ceuta durante mayo de 2021, cuando aproximadamente 12.000 personas, incluyendo unos 1.500 menores no acompañados, ingresaron de forma masiva e ilegal. A pesar de entender el desafío que esto representó para el Estado y para la comunidad autónoma, el Tribunal enfatizó que dichas circunstancias no justifican la omisión de procedimientos legales establecidos.

Además, el Tribunal critica la respuesta insuficiente de Marruecos y subraya que la aquiescencia de Marruecos no exonera a las autoridades españolas de cumplir con la legalidad española. En definitiva, el Supremo recalca la necesidad de adherirse a la Constitución y las leyes para mantener la integridad de España como un Estado de Derecho.

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