La Audiencia Provincial de Madrid ha suspendido su decisión sobre el futuro judicial de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Los magistrados vienen a decirle al juez Peinado, instructor de la causa, que no le ha remitido toda la documentación, ya que falta un recurso de apelación importante interpuesto por los abogados de la primera dama pidiendo el archivo de la causa y que el tribunal considera crucial para la investigación. Pero además, los jueces de la Audiencia informan al Juzgado de Peinado que este error “deberá aclararse por la letrada de la Administración de Justicia adscrita al Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid”.
El último olvido del juez Peinado no ha gustado al más alto órgano jurisdiccional madrileño, tal como se desprende del tono de la providencia emitida por los integrantes del tribunal. De esas cuatro líneas de providencia se desprende cierto malestar de sus señorías por la forma en que se está instruyendo el sumario. Es obvio que alguien ha cometido un error al no aportar ese papel, lo cual retrasará aún más la instrucción. Y esta dilación, imputable solo al juzgado de Peinado, podría terminar dañando el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva de Begoña Gómez y los demás investigados por la organización, con dinero privado, de un máster en la Universidad Complutense de Madrid.
Los magistrados de la Audiencia están preocupados por un sumario que se le ha ido de las manos al instructor y empiezan a caer en la cuenta de la gravedad de lo que se está debatiendo aquí. Ahora bien, sus señorías, en su providencia, señalan directamente a “la letrada de la Administración de Justicia adscrita al Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid”. Según la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, los letrados de la Administración de Justicia son funcionarios públicos que constituyen un Cuerpo Superior Jurídico, único, de carácter nacional, al servicio de la Administración de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia, y que ejercen sus funciones con el carácter de autoridad, ostentando la dirección de la Oficina judicial.
Estos funcionarios son responsables de la función de documentación que les es propia, así como de la formación de los autos y expedientes, dejando constancia de las resoluciones que dicten los jueces y magistrados, o ellos mismos cuando así lo autorice la ley. Los letrados de la Administración de Justicia ejercerán competencias de organización, gestión, inspección y dirección del personal en aspectos técnicos procesales, asegurando en todo caso la coordinación con los órganos de gobierno del Poder Judicial y con las comunidades autónomas con competencias transferidas. Además, facilitarán a las partes interesadas y a cuantos manifiesten y justifiquen un interés legítimo y directo, la información que soliciten sobre el estado de las actuaciones judiciales no declaradas secretas ni reservadas.
Mucho nos tememos que este enésimo error no se lo va a comer Peinado, tal como suele decirse coloquialmente, sino que se atribuirá a la letrada de la Administración. Y quizá no sea justo, ya que el caso Begoña Gómez está tan politizado que al final pueden llegar a ser los funcionarios quienes paguen el pato de una instrucción que prestigiosos juristas de este país ya han calificado como “prospectiva”, ya que el instructor podría estar dejándose llevar por una idea preconcebida sobre la imputada, en este caso la esposa del presidente, a la que está sometiendo a todo tipo de exámenes sobre múltiples asuntos, cuando en realidad la Audiencia Provincial ya le ha dicho al juez, en anteriores autos, que debe acotarse al objeto de la investigación, que no es otro que el famoso máster de la Complutense. En un auto de 1 de julio, el mismo juez dejó claro que investiga “todos los actos, conductas y comportamientos que se han llevado a cabo por la investigada desde que su esposo es el presidente del Gobierno de España que se contienen en la denuncia inicial”. La defensa de Begoña Gómez recurrió la resolución por prospectiva y pidió el archivo de toda la causa. Por lo visto ese recurso es el que se ha traspapelado ahora, provocando el enojo de la Audiencia Provincial. Curioso cuando menos.
El tribunal pidió el pasado 9 de septiembre al Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, que dirige Juan Carlos Peinado y que investiga a Begoña Gómez por presunto tráfico de influencias y corrupción en los negocios, el testimonio de toda la causa. Resulta difícil entender que durante todo este tiempo, el juez Peinado no haya tenido tiempo de reunir todos los folios de que consta este sumario. Resulta difícil entender que se hayan quedado papeles por el camino. En cualquier caso, este error solo beneficia al propio magistrado instructor, que tendrá un tiempo adicional precioso para seguir con su causa prospectiva, es decir, para salir a pescar lo que pueda contra Begoña Gómez.
“El tribunal que debe decidir sobre los recursos está integrado por María del Rosario Esteban Meilán, Jesús Gómez-Angulo y Enrique Jesús Bergés de Ramón”, informa la Tribuna de Ávila. “Este último, veterano instructor de los juzgados de Plaza de Castilla que lleva unos cuatro años en el órgano superior, es el ponente del auto, como también lo fue el pasado mayo, cuando la Audiencia de Madrid avaló el inicio de las pesquisas, aunque instó a acotar la investigación”.