Admitidos los recursos de inconstitucionalidad de la ley de amnistía presentados por las CCAA

El presidente Cándido Conde Pumpido era reacio a admitir a trámite la personación de los entes administrativos territoriales, pero, al final, tras conocer el dictamen de los letrados, no van a tener más remedio que estudiarlos uno a uno

02 de Diciembre de 2024
Actualizado a la 13:24h
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El Tribunal Constitucional
Sede del Tribunal Constitucional.

El pleno del Tribunal Constitucional aprobará, esta semana, la admisión a trámite del recurso presentado por las cortes de Aragón contra la ley de amnistía tras el informe elaborado por un grupo de letrados que señala que las comunidades autónomas están legitimadas para recurrir dicha ley. Han presentado demandas Castilla-La Mancha, Cantabria, Madrid, Galicia, Murcia, Andalucía, Valencia, Castilla y León, La Rioja, Extremadura y Baleares. A todas estas hay que añadir la presentada por el Partido Popular y las cuestiones de inconstitucionalidad solicitadas por el Tribunal Superior de Catalunya, tres, y una del Tribunal Supremo. En un principio, el presidente Cándido Conde Pumpido era reacio a admitir a trámite la personación de los entes administrativos territoriales, pero, al final, tras conocer el dictamen de los letrados, no van a tener más remedio que estudiar uno a uno la docena de procedimientos. El primero de ellos será el de las cortes de Aragón, pero luego vendrán más Y este trámite colapsará la resolución definitiva de la medida de gracia. Se contaba con una reducción que no será posible. El debate de las sentencias alargará el periodo de tramitación por lo menos hasta 2026.

El Tribunal Constitucional desestimó, en principio, los recursos presentados por las comunidades autónomas contra la ley de amnistía por estimar que no estaban habilitados para pedir el pronunciamiento de la corte de garantías sobre este asunto. La resolución fue impugnada por las administraciones autonómicas. Entonces el presidente, Conde-Pumpido, decidió pedir un dictamen a los letrados de la institución que han dado la razón a los recurrentes. Por lo tanto, el Constitucional deberá estudiar y resolver los recursos uno a uno. En total, si contamos las cuatro cuestiones de constitucionalidad presentadas por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y el Tribunal Supremo, y el recurso del Partido Popular, los magistrados deberán dictar 17 sentencias. Y eso no entraba en los planes de Conde Pumpido quien calculó cuatro fallos sobre las cuestiones judiciales y uno del Partido Popular.

Ahora el trámite se convierte en un largo camino. No se puede dictar una sentencia para todos los recursos de las comunidades autónomas ya que cada una de ellas hace un planteamiento diferente lo que obliga a que los ponentes resuelvan también de una manera distinta. El primero de ellos se va a resolver esta misma semana. Es el recurso presentado por las cortes de Aragón. La ponente es Laura Díez cuyo letrado se ha mostrado favorable a la personación del ente territorial. La tesis de Díez, de signo progresista, es una incógnita que sólo se conocerá en el pleno. Lo más probable es que rechace los planteamientos de los parlamentarios autonómicos que, en síntesis, consideran que la norma es inconstitucional porque diferencia a los españoles entre ciudadanos de primera y segunda. Además, vulnera el principio de exclusividad e independencia del poder judicial, así como el de igualdad de todos los españoles.

Lo que vaya a manifestar Laura Diez tendrá mucha relevancia para las sucesivas sentencias. Hay que tener en cuenta que la magistrada ha desempeñado distintos puestos dentro de las administraciones públicas españolas, en la Generalitat catalana y en la administración general del Estado. En la primera de ellas, fue asesora del Govern para la reforma del Estatuto de Catalunya entre los años 2002 y 2004. Posteriormente, fue nombrada por el Parlament adjunta el defensor del pueblo del Principado, cargo que desempeñó hasta 2010. En 2022, la cámara autonómica la designó miembro del consejo de Garantías Estatutarias ocupando la vicepresidencia del organismo entre 2022 y 2023.Durante el primer gobierno de Pedro Sánchez fue directora del gabinete del secretario del Estado de relaciones con las cortes​. En 2020 se la nombró directora general de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica.

Esta condición ha supuesto para Díez su impugnación por parte de la derecha política y judicial que la consideran incompatible para ejercer de juez del TC debido a “su adscripción ideológica”. Lo que no mencionan sus detractores es que toda sentencia judicial requiere de unos fundamentos y mientras Laura Díez no los exprese por escrito es muy difícil rebatirlos. Lo que pasa es que la derecha  la considera próxima a las tesis independentistas por haber participado en la administración autonómica precisamente teniendo en cuenta que en aquella etapa el inquilino de la plaza de Sant Jaume era Josep Montilla, del PSC, nada sospechoso de soberanismo. Y, además, todas las resoluciones dictadas por Diez fueron en la línea de defender el Estatuto de Autonomía a pesar de haber sido mutilado por la instancia en la que precisamente se encuentra situada en estos momentos. Además, los fundamentos de Laura Díez pueden ser diferentes a los que utilizarán sus otros compañeros en las ponencias de los recursos que deben estudiar.

Lo realmente problemático es que el Constitucional ha aligerado su carga de trabajo precisamente para centrarse en esta ley con gran repercusión política. De lo que digan los magistrados dependerá el sentido que adopten los jueces del TJUE ya que tendrán en cuenta la doctrina de sus colegas españoles a la hora de dictaminar si la normativa se adecua a las exigencias europeas. Hay que recordar que la UE no se opone a una amnistía por mucho que esta sea para independentistas catalanes. Lo que debe solucionar la corte de Bruselas es si hubo malversación y, si se sentencia en este sentido, si ello afectó a fondos comunitarios.

El grave problema de todo esto es que el TC tiene que resolver una por una las demandas de las comunidades autónomas y no vale “la plantilla”, es decir, el mismo fundamento para todas. Ello supone que, a pesar de que la corte de garantías ha logrado aligerar su carga de trabajo hasta el punto de tener que centrarse casi exclusivamente en la constitucionalidad de la ley de amnistía, diecisiete resoluciones no se estudian y se elaboran en un corto espacio de tiempo. Y eso es lo que quiso evitar Conde Pumpido cuando propuso rechazar la personación de las comunidades autónomas.

Ahora ya no hay más remedio que seguir adelante a pesar de la pérdida de tiempo que va a suponer el trámite. No hay más remedio si se quiere ajustarse a la legalidad vigente. No nos engañemos, la resolución de la constitucionalidad de la amnistía va para largo. Ya se puede “atar bien los machos” el “molt honorable” Carles Puigdemont, el más afectado por el retraso porque mientras no se pronuncie la corte de garantías, no puede volver a este país a riesgo de ser detenido y encarcelado.

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