Por primera vez en este mandato, el bloque progresista del Tribunal Constitucional se ha dividido. El pleno está discutiendo el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP contra la “ley trans” y hay dos magistradas, María Luisa Balaguer e Inmaculada Montalbán, que muestran sus reservas a la ponencia elaborada por Juan Carlos Campo en la cual, salvo algún matiz, avala el texto aprobado por el parlamento. La ley, apoyada por los colectivos LGTBI desde un principio, contó con la oposición de colectivos feministas. Hasta tal punto fue el enfrentamiento que dejó muy tocada a la ministra de Igualdad de la época, Irene Montero. Esos grupos feministas consideran que la regulación va en contra del principio de igualdad de género.
Así las cosas, al Constitucional le toca examinar la ley. En el ultimo pleno ya se hicieron evidentes las diferencias en el sector progresista por lo que, de no llegarse a un acuerdo, la ponencia del exministro Campo, no prosperará. Habrá que designar a un nuevo ponente y ver hasta donde es capaz de llegar un nuevo proyecto de sentencia. Ahora mismo se intenta recomponer la mayoría progresista añadiendo nuevos matices al texto. Fuentes próximas al presidente, Cándido Conde- Pumpido, que es el que está mediando, señalan que esos nuevos matices no afectarían necesariamente al núcleo de la ley.
La ponencia solo declara inconstitucionales dos apartados en los cuales se contemplan sanciones consideradas excesivas en supuestos de discriminación por razón de identidad sexual. Por lo demás, el ponente empieza razonando que dicha ley “solo contempla la rectificación de la mención registral del sexo de una persona cuando ésta manifieste su disconformidad con el sexo que le fue asignado al nacer. La equiparación en el ejercicio de derechos entre las mujeres que hayan ejercido ese derecho y aquellas que se identifiquen con el sexo que les fue asignado al nacer viene exigido por el reconocimiento del derecho a no ser discriminado por razón de la condición trans de la persona y no puede analizarse, con carácter general, como una discriminación contra las mujeres, en tanto estamos, en todo caso, ante mujeres, por mucho que unas sean mujeres trans y otras no”. Y ese es el objeto de la discrepancia de las dos magistradas que no es otra cosa que la que manifestaron los grupos feministas que se opusieron al texto y que acabaron por generar una crisis en el gobierno progresista.
Y no sólo eso. El 8-M se celebró dividido. Por una parte, la manifestación del feminismo más clásico, la del Movimiento Feminista, centró sus reivindicaciones en la prostitución y en contra de la ley objeto del debate en la corte de garantías. Por su parte, la comisión del 8-M, en la que estuvieron presentes las ministras, aboga por regular la prostitución y defiende un feminismo "diverso, inclusivo y seguro", que no renuncia a que "los derechos trans sean parte de la agenda feminista". La crisis está servida y ha llegado al Tribunal Constitucional.
El punto más polémico de la ley para la Igualdad Real y Efectiva de las Personas Trans y para la Garantía de los Derechos de las Personas LGTBI no es objeto de discrepancias por parte del feminismo, pero sí de la derecha. El Partido Popular se opone al artículo 19 el cual autoriza a los menores entre 12 y 16 años a solicitar modificaciones genitales cuando ellos mismos lo pidan y "siempre que, por su edad y madurez, puedan consentir de manera informada". El otro artículo que rechazan los populares es el 43, que permite a menores de 15 y 16 añossolicitar cambios en su sexo en el registro civil con el acompañamiento de sus representantes legales, y que los mayores de 16 pueden hacerlo de forma autónoma.
Tanto Balaguer como Montalbán no se oponen a la regulación recurrida por el Partido Popular. Lo que ocurre es que se posicionan con las feministas que rechazan la ley con un argumento: que el articulado en su totalidad va en contra del principio de igualdad de género. Las claves de la normativa se centran en la autodeterminación de género como único requisito para cambiar de sexo en el Registro Civil a partir de los 16 años, la eliminación de la hormonación obligatoria y las evaluaciones psicológicas y médicas como requisitos para el cambio de sexo. El ya citado cambio de sexo para los menores de entre 14 y 16 años, acompañados de sus padres o tutores legales, y la prohibición de las terapias de conversión destinadas a modificar la orientación, la identidad sexual o la expresión de género. Asimismo, la ley señala que los hombres que cambien su sexo no eludirán las condenas porviolencia machistaylas lesbianas, bisexuales y personas trans tendrán garantizado el acceso a técnicas de reproducción asistida. Por último, hay que destacar que, en materia de educación, se garantizan "contenidos relativos al tratamiento de la diversidad sexoafectiva y familiar de las personas LGTBI".
En principio, las diferencias surgidas con las magistradas progresistas no parecen insalvables. El problema es que han trascendido públicamente y la derecha mediática se ha encargado de agrandarlas con un objetivo: que esas discrepancias vuelvan a aflorar en el debate de la ley de amnistía. Se equivocan. La ponente del primer recurso sobre esta norma que se va a discutir en el próximo mes es Inmaculada Montalbán y la magistrada tiene bastante claras las ideas al respecto. Sus discrepancias respecto a la ley trans son menores, y así lo reconoce. Mientras que sobre la constitucionalidad de la amnistía a los líderes del proceso independentista de Catalunya lo tiene bastante claro y más en lo que respecta a la doctrina del Tribunal Supremo en materia de malversación.
Conde-Pumpido está convencido de que, en el próximo pleno, los progresistas se pondrán de acuerdo en la sentencia de la “ley trans”. Lo único que ha pasado es que el debate en el seno de la cámara de garantías se ha prolongado más de lo previsto. Pero, al final, la constitucionalidad de la norma saldrá adelante.