Pasaron muchas cosas el pasado jueves y se están haciendo todo tipo de interpretaciones de lo más variopintas. Personalmente la que más me llamó la atención es la de un tertuliano, al parecer del “sector conservador”, que echó la culpa al gobierno central de lo sucedido con Puigdemont “por no controlar las fronteras”. Se ve que el periolistillo en cuestión desconoce que este país es firmante del tratado de Schengen. No hay vigilancia fronteriza salvo la marítima que linda con Marruecos.
Por los pasos de Francia y Portugal se puede circular con entera libertad. Eso, por una parte. Y, por otra, hay que matizar las opiniones sobre la hipótesis de que el expresident de la Generalitat puede quedar en libertad si se presenta ante una comisaría o el juzgado a pesar de existir una orden de busca y captura contra él.
Es cierto que un ciudadano puede acogerse al “habeas corpus”. Que el político catalán puede pedir amparo al Tribunal Constitucional porque el delito del que se le acusa entra dentro de los amnistiables según la ley orgánica 1/2024 aprobada por el legislativo. Es cierto que la teniente fiscal del Supremo informaría en contra del ingreso en prisión. Todo eso está muy bien. Pero lo que se olvidan es que el juez, el que sea, puede dictar prisión provisional por la existencia de un riesgo de fuga. De hecho, no existe riesgo de fuga sino una fuga de manual. Y así se determina en los artículos 502 a 519 de la ley de Enjuiciamiento Criminal que contempla esa medida cautelar para garantizar que el inculpado comparezca ante los tribunales cuando sea requerido.
Entonces, Carles Puigdemont debería ingresar en la cárcel. Por supuesto es prisión provisional a la espera de que se resuelvan los recursos presentados por sus abogados contra la negativa de los jueces a aplicarle la amnistía en lo que se refiere al delito de malversación. La resolución de esos recursos tardará unos meses tal y como funciona la maquinaria del Supremo. Y hasta que eso no suceda no se podrá recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional donde es muy probable que la corte de garantías falle a favor del expresident que quedaría en libertad tal y como se viene comentando. Pero mientras eso ocurre pueden pasar unos meses, incluso un año, que no le quitan a Puigdemont de dormir en “Can Brians”.
Pero no sólo está el caso de Carles Puigdemont. La complicidad para facilitar una huida es considerada obstrucción a la justicia y también se contempla en los artículos citados de la Lecrim. Y ello viene a cuento porque el secretario general de Junts, Jordi Turull, ha sido citado por los mossos quienes, en función de sus declaraciones, deberán elaborar un atestado y enviarlo al juez. Y como tenga la mala suerte de que el asunto recaiga en manos del “número 1”, Joaquín Aguirre, es capaz de decretar su ingreso en prisión porque también aquí existe el supuesto de riesgo de fuga y este magistrado no es proclive a aplicar la amnistía. Además, hay que recordar que Aguirre está “de guardia”, que ha decretado agosto hábil a todos los efectos.
Porque recordemos que la amnistía sólo perdona las acciones cometidas hasta su aprobación. Y las actuaciones siguientes ya no entran. Y menos las obstrucciones a la justicia. Eso debe de quedar claro. Además, hay que advertir que los miembros de la judicatura, jueces, fiscales y letrados de la administración de justicia son humanos. Y se encuentran de vacaciones. Pablo Llarena tuvo que incorporarse a su despacho cuando tuvo conocimiento de lo que estaba ocurriendo. Y lo mismo sucedió con la teniente fiscal, Ángeles Sánchez Conde. Es cierto que es su obligación, que así lo exige su trabajo, pero maldita la gracia que les hace el tener que interrumpir su descanso por culpa de las charlotadas de los dirigentes de Junts Per Catalunya. Y eso puede pesar mucho a la hora de tomar resoluciones.
También es posible que el juez Llarena, vista la actitud de Puigdemont de jugar al ratón y al gato, opte por volver a emitir una orden internacional de detención posibilidad que había descartado por los obstáculos que habían puesto las autoridades judiciales belgas y alemanas en su día. Pero ahora es diferente. Ahora estamos hablando de un grave delito, la obstrucción a la justicia, que puede ser perfectamente asumido por los jueces de Bélgica.
Los dirigentes soberanistas de la derecha catalana deberían tener algo de cuidado con sus actuaciones porque si son constitutivas de delito ya no pueden justificar por lo que hicieron durante el procès. Ya no tiene que ver una cosa con otra por mucho que se empeñen. No pueden hablar de persecución del Estado español porque desde que tuvieron lugar los hechos del 1 de octubre de 2017 hasta ahora han pasado muchas cosas. Se indultó a los dirigentes procesados. Se ha promulgado una amnistía que, aunque se está aplicando con cierta lentitud debido a la cerrazón del colectivo de jueces afín a la derecha judicial, acabará por borrar penalmente todas esas actuaciones, incluso algunas que se convirtieron en episodios violentos. Es muy probable que Catalunya alcance niveles de autogobierno semejantes a los que el TC les negó al declarar inconstitucional parcialmente el Estatut el 28 de junio de 2010. Y el clima social es radicalmente diferente. Los sondeos de opinión revelan que la independencia pierde fuerza.
En tales circunstancias se hará muy difícil criticar las decisiones judiciales. No se podrá hablar de persecución, aunque siempre nos quedarán los Aguirre, García Castellón, Marchena, Llarena y compañía que esta vez no sólo se cargarán de razones jurídicas sino también de argumentos asumibles por la sociedad. Será mejor no tensar la cuerda porque esta vez se puede romper y acabar por dar un bofetón en plena cara a esos soberanistas que juegan al límite de la legalidad.