El cabreo de Marchena

14 de Noviembre de 2022
Actualizado el 02 de julio de 2024
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Manuel Marchena Tribunal Supremo

Manuel Marchena, presidente de la sala segunda de lo penal del Tribunal Supremo, está muy molesto por las consecuencias que a su tribunal se le vienen encima con la reforma del delito de sedición.

Al menos así lo aseguran fuentes jurídicas próximas a los magistrados componentes de la Sala. Todavía es pronto para pronunciarse jurídicamente ya que la reforma es sólo un proyecto de Ley. Pero tienen claro que será aprobada antes de que finalice el año. Y en enero de 2023 seguro que se van a tener que emplearse a fondo para resolver las peticiones de los condenados del Procès. Y todo ello en un momento en el que en el Supremo no están para tirar cohetes con más de un tribunal bajo mínimos y en precario debido a la imposibilidad de que el Consejo General del Poder Judicial designe nuevos magistrados mientras el órgano de gobierno de los jueces siga estando en funciones. Algo que va para rato.

Los miembros de la sala segunda de Lo Penal miran con lupa la proposición de ley a sabiendas de que todavía puede ser modificada en su trámite parlamentario. Pero algunos aspectos ya están claros.

En lo que se refiere a la reducción de penas de cárcel no hay problema. Es matemático y, además, los condenados que estuvieron en prisión han sido indultados por lo que, en ese sentido, ni siquiera se espera que se presente aclaración alguna por parte de sus defensas.

Pero hay dos cosas que sí debe aclarar el Supremo. Los condenados lo fueron por un delito de sedición, que ahora desaparece, y, subsidiariamente, por otro de malversación de caudales públicos. El tribunal entiende que utilizaron dinero público para cometer el delito de sedición. En concurso, tal y como se denomina en el ámbito judicial a la consecuencia que la comisión de un delito lleva a la comisión de otro,

Ahora bien. Si desaparece el delito de sedición como tal. ¿Qué pasa con el de malversación? Porque no se puede argumentar que se gastaron fondos públicos para cometer un delito que ha dejado de existir. Y ahí es donde van a intervenir los abogados defensores con contundencia.

Sobre este tema, hay división de opiniones de los penalistas. Hay quien dice que la malversación, en este caso, no se produjo mientras que otros insisten en que la jurisprudencia al respecto es muy clara. La malversación se produjo porque, en cualquier caso, no se utilizó el dinero para los fines presupuestados. Hubo desviación y eso es delito. Y, al respecto, hay jurisprudencia.

Y aquí le viene el primer dolor de cabeza a Marchena y los suyos. A ver cómo resuelven un tema que es controvertido. Los negociadores de la Generalitat en la mesa de diálogo con el Gobierno exigieron un acuerdo. Una reforma del Código Penal en materia de malversación para exonerar de este delito a los condenados por el Procès. El asunto quedó aparcado de momento y el Supremo debe pronunciarse sobre un asunto “político”. En un momento en el cual la actuación judicial es calificada de política por muchos sectores de la opinión pública. Mal asunto para los magistrados.

Peor es lo que pase, al final, con un hipotético regreso de los dos huidos; Carles Puigdemont y Marta Rovira. Esta última ha mostrado sus reservas ya que “la reforma no ofrece garantías”. En cualquier caso, y dadas sus circunstancias, su causa puede acabar siendo archivada. No habría ningún inconveniente de tipo judicial.

Otro caso diferente es el de Puigdemont. La justicia belga todavía está pendiente de decidir. Parece ser que a finales de este mes puede haber un pronunciamiento definitivo. En cualquier caso, su retorno voluntario es muy complicado porque aquí la Justicia sí le puede exigir responsabilidades. Al no haberse completado la instrucción en lo que a su situación se refiere y no haber sido juzgado, cabe la posibilidad de que se le abra una nueva investigación sumarial. Esta vez por la existencia de un delito de rebelión.

Porque, lo que no han dicho los líderes del PP cuando han puesto el grito en el cielo es que todavía existe en el Código Penal la regulación del delito de rebelión. O sea que eso de la ruptura de España, el triunfo de los independentistas y todas las demás zarandajas que han dicho Feijóo, Abascal y la derecha son tendenciosas y manipuladas. En España se puede reprimir la desobediencia porque todavía existe el delito de rebelión.

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