Los independentistas y el Supremo, descontentos con el TC por el debate sobre la amnistía

Los jueces del Supremo advierten que la ley de amnistía puede vulnerar el principio de exclusividad jurisdiccional

10 de Junio de 2025
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Constitucional Conde Pumpido y Montalbán (1) bloque progresista independentistas

Son sólo detalles. Pero lo cierto es que los condenados por el procés que han pedido amparo y los jueces de la sala de Lo Penal del Supremo no están de acuerdo con que el Constitucional haya empezado a debatir el recurso presentado por el Partido Popular. Los magistrados creen que, en primer lugar, debería haberse estudiado su cuestión de inconstitucionalidad para, en el supuesto de discrepancias, poder acudir al TJUE mientras que los independentistas sostienen que es urgente que se resuelva su situación. Han presentado recurso por la negativa de la corte suprema de amnistiarles el delito de la malversación. Sólo uno, Carles Puigdemont, no lo ha podido hacer porque todavía está pendiente de un último fallo de la sala y hasta que los magistrados no resuelvan no puede acudir a la corte de garantías cuyo pleno empieza a discutir, este martes, la ponencia elaborada por la vicepresidenta Inmaculada Montalbán.

Entre los miembros de la sala de Lo Penal se extiende la idea de que la rapidez con que se pretende discutir el recurso del PP obedece a motivaciones políticas. Y están convencidos de que Conde Pumpido ha querido empezar por ahí para dilatar una resolución sobre su cuestión de inconstitucionalidad y la de las otras instancias, Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, Audiencia Provincial de Madrid y varios juzgados porque hasta que no haya un pronunciamiento sobre ese asunto no se puede acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea donde la derecha tiene la esperanza de que la corte de Bruselas tome la medida cautelar de suspender la ley.

En el Constitucional responden alegando que el recurso del Partido Popular fue el primero en ser admitido a trámite y es el más completo. Los jueces del Supremo consideran que la sentencia que se va a dictar servirá de guía para sucesivas resoluciones. En su recurso, los miembros de la sala rechazan la LOA porque “establece un desigual tratamiento de los delitos cometidos y sus autores exclusivamente determinado en función de su ideología o de sus propósitos políticos”. Los magistrados son rotundos al afirmar que la norma se presenta como una “suerte de amnistía permanente revisable” que “repugna el derecho constitucional a la igualdad ante la ley”, altera las “bases de la convivencia democrática”, y ven “arbitrarias las razones” aducidas para justificar “el tratamiento claramente discriminatorio” que la ley impone.

En un momento determinado del auto en el que se dirigen al Constitucional, los jueces del Supremo advierten que la ley puede vulnerar el principio de exclusividad jurisdiccional. Si la ponencia elaborada por la vicepresidenta sale tal y como ha sido redactada, el Constitucional contesta a los jueces en este y otros sentidos. La norma no invade las funciones del poder judicial.  La ponencia advierte que “el trabajo del juez es el de juzgar y ejecutar lo juzgado con pleno sometimiento a la Constitución y al imperio de la ley. Por tanto, la independencia judicial tiene su fundamento en garantizar una única dependencia: la del juez respecto del derecho. Es el legislador el que define el alcance y las condiciones del ejercicio jurisdiccional, de modo que la exclusividad judicial coexiste con la potestad legislativa de configuración del proceso. La concesión de una amnistía, entendiendo esta institución en los términos en los que se acaba de indicar, no supone ni juzgar ni ejecutar lo juzgado”. El TC va dando pistas al TS sobre el sentido que dará a sus demandas.

Otra cosa es la insatisfacción de los independentistas que han pedido amparo, y en especial el de Oriol Junqueras. En el Constitucional han dejado claro que los siguientes pasos que darán se refieren a los recursos presentados por las comunidades autónomas. Y los trámites para resolver llevan su tiempo. En total son 15 los presentados por las administraciones territoriales, bien sean los gobiernos o las cámaras de representantes, todos del Partido Popular excepto la de Castilla-La Mancha de Emiliano García-Page. Todos coinciden en que la norma es contraria al principio de igualdad, recogido en el artículo 14 de la Constitución, y el Estado de Derecho al vulnerar la separación de poderes. También supone la "quiebra penal y dineraria" al afectar la norma a la hacienda del Estado y comunidades autónomas. Esta última alegación sí que requiere de un pronunciamiento por parte de la corte de garantías.

Además, el magistrado Enrique Arnaldo ha pedido a Conde-Pumpido que el debate que se inicia en el pleno se lleve a cabo “en profundidad” incluyendo en el mismo la posibilidad de que la corte presente una cuestión de prejudicialidad al TJUE lo que determinaría la suspensión del fallo que la mayoría progresista quiere se haga efectivo antes de que finalice el mes. Es casi seguro que la petición de la minoría conservadora no sea tomada en consideración. Aun así, las pretensiones de los independentistas catalanes de que se trabaje en sus   amparos son difíciles de llevar a cabo. Sobre todo, porque se espera, también, a la presentación del recurso de Puigdemont para agruparlos todos en un mismo fallo.

Además, en la derecha judicial se utiliza otro argumento. La posible existencia de una voluntad de “demorar la respuesta” a los recursos de amparo para mantener el apoyo político de ERC y Junts. En otras palabras, que conde-Pumpido estaría facilitando una “vía de presión” al Gobierno a la hora de negociar con unos y otros. Aun así, hay quien dice en Doménico Scarlatti, que es posible que esos amparos se revuelvan a finales de año. Y otro importante detalle del que se olvidan en la derecha judicial. el orden del día del pleno indica que la ponencia elaborada por Montalbán se lleva “para estudio inicial” por lo que no es seguro que el fallo se dicte a partir del 24 de junio como señalan los conservadores. Hay que esperar a los acontecimientos.

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