Interinos: los jueces ponen a España al borde de las sanciones de la Comisión Europea

19 de Abril de 2024
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Síndrome Fatiga

Los trabajadores interinos, que se encuentran en una reconocida situación de fraude de ley, están sufriendo en sus propias carnes la rebelión de determinados jueces contra la jurisprudencia europea y una especie de lawfare que sólo favorece al gobierno de Pedro Sánchez.

El pasado 22 de febrero, el TJUE dejó muy claro en una sentencia que, en primer lugar, la figura del «Indefinido No Fijo» no supone una sanción válida. Por tanto, ante la ausencia de sanción en el ordenamiento interno, consecuencia de no haber transpuesto la Directiva 1999/70/CE en 25 años, la «fijeza» sería una opción válida. Además, el Alto Tribunal europeo fue tajante a la hora de determinar que España no se puede amparar en preceptos constitucionales con la intención de dejar sin efecto dicha directiva.

Sin embargo, los jueces españoles se han rebelado una vez más contra el Derecho de la Unión. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, fechada el 10 de abril y firmada por la totalidad del pleno de la Sala de lo Social, para no cumplir con lo dictado con el TJUE, afirma que «el juzgador únicamente tiene la función de aplicar el derecho (y no la de crearlo) y porque los principios constitucionales de acceso al empleo público se erigen en un obstáculo insalvable». Es decir, lo contrario a lo que indica la jurisprudencia europea que, hay que volver a recordar, es prevalente sobre el nacional.

Esta situación ha provocado la reacción del Parlamento Europeo. Diario16 ha tenido acceso a la pregunta presentada en el día de ayer por el europarlamentario Jordi Solé, de Esquerra Republicana de Catalunya, a la Comisión Europea, pregunta que obliga a dar una respuesta escrita.

«La Sentencia del TJUE del 22 de febrero de 2024 rechaza el concepto del indefinido no fijo y sugiere adoptar contratos fijos, indicando que los jueces nacionales deben modificar su jurisprudencia nacional si esta contradice los objetivos de la Directiva 1999/70, siguiendo anteriores resoluciones de este Tribunal. Sin embargo, diversas sentencias entre las que se encuentra la más reciente del STSJ de Madrid 317/2024 efectúan un claro y consciente incumplimiento de este pronunciamiento, y priorizan disposiciones constitucionales españolas al derecho de la UE. La sentencia resalta que la conversión ha de ser según los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución y no las sentencias repetidas y repetitivas del TJUE. Negando a sabiendas dichos tribunales aceptar como mandatoria la fijeza según el TJUE, los jueces del Estado Español aplican la conversión en indefinido no fijo, una medida que ya ha sido considerada inadecuada conforme la cláusula 5 del Acuerdo Marco», afirma Solé en el documento enviado a la Comisión Europea.

A partir de esto, la Comisión está obligada a tomar medidas contra España, sobre todo teniendo en cuenta que hay procedimientos de investigación abiertos y preguntas de diferentes europarlamentarios europeos que aún están sin resolver desde el año. Las medidas que debe adoptar la Comisión son claras y pasan por la aplicación de durísimas sanciones por incumplimiento del Derecho de la Unión. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) coloca a España al borde de esas sanciones.

¿Hasta dónde está dispuesto a llegar el gobierno? ¿No será más sencillo obligar a los jueces a que cumplan con el principio de prevalencia de la jurisprudencia europea? Los interinos son un colectivo que sufre esta rebelión judicial, pero hay muchos más ciudadanos que son víctimas de ella y un gobierno que se autodenomina como «progresista» debería estar más a atender las necesidades reales de los ciudadanos que a proteger los intereses de las élites que es, al fin y al cabo, lo que protegen esas sentencias.

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